
Reducción de jornada y despido: qué dice la ley
Publicado el 21 de agosto de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 13 min
Índice
- Conceptos clave y marco legal
- Derechos durante la reducción de jornada
- Causas de despido válidas e inválidas
- Nulo vs. improcedente: qué implica
- Procedimiento y plazos tras el despido
- Indemnizaciones y salarios de tramitación
- Pruebas y documentación imprescindible
- Conciliación, SMAC y negociación
- Casos especiales: guarda legal y cuidados
- Preguntas frecuentes
Conceptos clave y marco legal
La reducción de jornada es un derecho laboral que permite a la persona trabajadora disminuir su tiempo de trabajo por motivos de conciliación, cuidado de hijos, personas dependientes u otras causas previstas en la normativa. Este ajuste conlleva una reducción proporcional del salario, pero no supone un cambio de categoría profesional ni la pérdida de derechos esenciales. Cuando coexistimos con una reducción de jornada y despido, entra en juego un marco de protección reforzado: si el cese se produce por causa relacionada con el ejercicio del derecho a conciliar, el despido puede considerarse ilícito. En cambio, si la empresa acredita una causa real, objetiva o disciplinaria ajena a la reducción, el cese podría mantenerse, siempre con exigentes estándares probatorios.
En España, el Estatuto de los Trabajadores, junto con la normativa de igualdad y la jurisprudencia, establecen que la decisión empresarial no puede vulnerar derechos fundamentales ni constituir discriminación. Esto significa que, ante situaciones de reduccion de jornada, la empresa debe extremar la cautela: justificar la causa, respetar los procedimientos y valorar alternativas razonables (recolocación, reorganización o adaptación del puesto) antes de despedir. Para la persona trabajadora, conocer estos conceptos es clave para identificar indicios de trato desfavorable, como cambios súbitos de funciones, presión para volver a jornada completa o la apertura de expedientes sin base sólida.
Idea fuerza: el ejercicio legítimo de la reducción de jornada no puede ser motivo de sanción ni despido. Si el cese se vincula a ello, podrás impugnarlo.
- Reducción proporcional del salario: sí; pérdida de derechos fundamentales: no.
- Necesidad de causa ajena a la reducción para cualquier despido.
- Protección reforzada frente a decisiones discriminatorias.
Derechos durante la reducción de jornada
Mantienes los derechos profesionales esenciales: categoría, antigüedad, vacaciones, pagas extra y acceso a formación, aunque el salario se ajuste a las horas trabajadas. La persona en reduccion de jornada puede elegir la franja horaria dentro de los límites legales y de la organización empresarial, buscando un equilibrio razonable entre necesidades de conciliación y funcionamiento del servicio. Cualquier cambio unilateral que vacíe de contenido tu puesto o te reubique sin sentido puede ser indicio de represalia.
Además, el derecho a no sufrir discriminación por cuidar a hijos o familiares es transversal. Las evaluaciones de desempeño, los objetivos y la asignación de tareas deben ajustarse a la nueva disponibilidad sin penalizaciones encubiertas. Si la empresa introduce sistemas de turnos que imposibilitan tu cuidado, cabe solicitar adaptación razonable o negociación de alternativas. También debes recibir información sobre ascensos y vacantes; la reducción no te excluye de procesos internos.
Consejo práctico: documenta por escrito la solicitud de reducción y la franja horaria propuesta; guarda las respuestas empresariales y cualquier incidencia de organización.
- Antigüedad y categoría intactas; salario proporcional a horas.
- Acceso a formación y oportunidades de promoción.
- Protección frente a cambios de funciones degradantes.
- Posibilidad de solicitar adaptaciones razonables de horario.
Causas de despido válidas e inválidas
La empresa solo puede despedir si existe una causa real y acreditable, nunca por la sola existencia de una reducción de jornada. Entre las causas válidas, encontramos las objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción) y las disciplinarias (incumplimientos graves y culpables). Ahora bien, en el contexto de reduccion de jornada, la empresa debe demostrar que la causa afecta al puesto con independencia del derecho ejercido y que se han explorado alternativas menos lesivas.
Son inválidas las decisiones basadas en estereotipos (por ejemplo, que “no eres disponible” por cuidar), en presiones para renunciar a la reducción o en represalias tras solicitarla. También se consideran inválidos los expedientes disciplinarios fabricados, las mediciones de rendimiento sin ajustar a la nueva jornada o las reestructuraciones que siempre “casualmente” alcanzan a quienes concilian. Estos supuestos pueden llevar a la nulidad si implican discriminación.
Claves probatorias: cronología (cuándo pediste la reducción y cuándo llegó el despido), comparativas con compañeros, y comunicaciones internas que revelen el verdadero móvil.
- Causas válidas: objetivas y disciplinarias con pruebas sólidas.
- Causas inválidas: represalias, discriminación, estigmas por cuidados.
- Exigencia de proporcionalidad y alternativas antes de despedir.
Nulo vs. improcedente: qué implica
Cuando se impugna la combinación de reducción de jornada y despido, el juzgado puede declarar la decisión nula, improcedente o procedente. El despido nulo suele venir asociado a vulneración de derechos fundamentales o discriminación por ejercer la reducción. Sus efectos principales son la readmisión inmediata y el abono de los salarios dejados de percibir desde el cese (salarios de tramitación), además de posibles indemnizaciones por daños.
El despido improcedente aparece cuando la empresa no acredita la causa o incumple requisitos formales, sin alcanzar el umbral de discriminación. En tal caso, la empresa elige entre readmitirte o abonarte la indemnización que corresponda según la antigüedad y salario, sin salarios de tramitación salvo readmisión. La diferencia práctica es relevante: la nulidad restituye tu puesto y protege el derecho a conciliar; la improcedencia compensa económicamente pero puede romper la relación laboral.
Regla de oro: si hay conexión causal entre la reducción y el cese, y se constata trato discriminatorio, la vía de la nulidad cobra fuerza. Sin indicios de discriminación, la batalla se centra en la improcedencia.
- Nulo: readmisión + salarios de tramitación + posible indemnización por daños.
- Improcedente: indemnización; la empresa decide readmitir o pagar.
- Procedente: se mantiene el cese si la causa está probada y es proporcional.
Procedimiento y plazos tras el despido
Ante una carta de despido, actúa con rapidez. El plazo para impugnar es breve, por lo que conviene presentar papeleta de conciliación cuanto antes. Conserva la carta y firma “no conforme” añadiendo la fecha de entrega. Si te entregan finiquito, puedes firmar “no conforme” y anotar “pendiente de revisión”. Solicita copia de tu expediente, evaluaciones, cuadrantes y comunicaciones de cambios de horario; cada documento puede resultar decisivo.
La papeleta ante el servicio de mediación (SMAC o equivalente autonómico) interrumpe el plazo y abre una fase de negociación. Si no hay acuerdo, se presenta demanda ante el juzgado social. En el caso de reduccion de jornada y despido con posible vulneración de derechos fundamentales, puede plantearse una modalidad procesal preferente y sumaria para la tutela de derechos, con inversión o atenuación de la carga probatoria para la empresa cuando existan indicios de discriminación.
Checklist exprés: carta, nóminas, registro horario, correos, chat corporativo, peticiones de adaptación, testigos y cronología desde la solicitud de reducción hasta el cese.
- Firma “no conforme” y conserva copia de todo.
- Presenta la papeleta de conciliación dentro de plazo.
- Valora tutela de derechos si hay indicios de discriminación.
Indemnizaciones y salarios de tramitación
Si el despido se declara improcedente, tendrás derecho a una indemnización calculada en función de la antigüedad y del salario regulador. En reduccion de jornada, el salario regulador suele vincularse a la retribución efectiva en el momento del cese, aunque existen matices cuando la reducción es por guarda legal u otras situaciones protegidas: la jurisprudencia ha considerado en ocasiones el salario a jornada completa si la reducción fue por conciliación, con el fin de evitar un perjuicio económico por ejercer un derecho. Es crucial analizar tu caso concreto y la línea de tribunales de tu territorio.
Si el despido es nulo, además de la readmisión, proceden los salarios de tramitación por todo el tiempo desde el cese hasta la efectiva vuelta al trabajo. También puede reconocerse indemnización por vulneración de derechos fundamentales (daño moral), especialmente cuando se acredita discriminación por razones de cuidado o por maternidad/paternidad. En supuestos de despido objetivo procedente, la indemnización es la legalmente prevista; si es disciplinario procedente, no hay indemnización.
Consejo: guarda nóminas anteriores a la reducción y acredita el motivo de la misma; pueden ser claves para fijar el salario regulador e incrementar la cuantía a percibir.
- Improcedente: indemnización según antigüedad y salario regulador.
- Nulo: readmisión + salarios de tramitación + posible daño moral.
- Objetivo procedente: indemnización legal; disciplinario procedente: sin indemnización.
Pruebas y documentación imprescindible
La estrategia probatoria marca la diferencia. En reducción de jornada y despido, necesitas construir un “mapa” de evidencias que muestre cómo, cuándo y por qué se desencadena la decisión empresarial. Empieza por la solicitud de reducción registrada (correo, escrito, plataforma interna) y la respuesta de la empresa. Añade cuadrantes, registros de jornada, turnos y modificaciones posteriores a tu solicitud. Reúne evaluaciones de desempeño, comunicaciones sobre objetivos y asignación de tareas, y cualquier mensaje que sugiera presión para renunciar a la reducción o inconvenientes por cuidar.
Las comparativas son poderosas: pide datos de compañeros sin reducción que mantuvieron condiciones o no fueron afectados por la reestructuración. Testigos internos (compañeros, mandos intermedios) pueden acreditar cambios de trato, comentarios o instrucciones. La cronología es esencial: coloca cada documento en orden temporal para demostrar la cercanía entre tu solicitud y el despido. Si la empresa invoca causas objetivas, solicita la documentación económica y organizativa que lo justifique, así como estudios de cargas de trabajo y alternativas consideradas.
Tip probatorio: crea una carpeta digital con subcarpetas (solicitud, horarios, evaluaciones, comunicaciones, testigos) y un índice con fechas; facilitará la lectura al juzgado.
- Solicitud y aceptación de la reducción, con sello o registro.
- Cuadrantes, registro horario y cambios de turnos.
- Evaluaciones y objetivos ajustados a la nueva jornada.
- Mensajes y correos con instrucciones o presiones.
Conciliación, SMAC y negociación
La fase de conciliación previa (SMAC u órgano autonómico equivalente) es una oportunidad para resolver el conflicto de forma ágil. En un escenario de reduccion de jornada y despido, conviene acudir con una posición bien preparada: relato de hechos, documentos ordenados, cálculo preliminar de indemnización y, si hay indicios de discriminación, argumentario de nulidad. La parte empresarial evaluará riesgos de condena, costes reputacionales y operativos, lo que abre la puerta a acuerdos equilibrados.
Un buen acuerdo puede incluir la mejora de la indemnización, la readmisión con garantías (respetando la reducción y adaptaciones), o la extinción indemnizada con carta neutra, referencias y pacto de no impugnación. Si se ha lesionado un derecho fundamental, la posición negociadora se fortalece. Conviene contemplar escenarios alternativos: continuidad con adaptación de funciones, movilidad interna, o plan de salida con outplacement. Tras la conciliación, si no hay pacto, la demanda judicial permite depurar responsabilidades.
Estrategia: define tu BATNA (mejor alternativa a un acuerdo) y tu ZOPA (zona de posible acuerdo). Llegar con números y escenarios concretos da credibilidad.
- Prepara el caso: hechos, pruebas y cálculos claros.
- Explora readmisión con garantías o mejora indemnizatoria.
- Cuida la redacción del acuerdo y su cumplimiento.
Casos especiales: guarda legal y cuidados
La reducción por guarda legal (cuidado de hijos menores o personas dependientes) y la lactancia cuentan con una protección especialmente intensa. La ley busca evitar que conciliar penalice la trayectoria profesional. En estos casos, la conexión entre reducción de jornada y despido suele analizarse con lupa: si el cese sobreviene poco después de la solicitud, si te excluyen de proyectos clave, si cambian turnos para hacer inviable tu cuidado o si aparecen sanciones sin precedentes, el riesgo de nulidad aumenta. La empresa debe justificar de forma objetiva y proporcionada cualquier medida, mostrando que no existían alternativas razonables.
También es relevante la adaptación de jornada (no solo la reducción). Cuando la persona propone una franja concreta y acreditada, la empresa debe valorar y motivar su respuesta. Negativas genéricas (“no es posible”) son débiles; se exige una explicación apoyada en razones organizativas reales y, en su caso, ofrecer alternativas. Por otro lado, si la reducción se combina con teletrabajo, deben recogerse por escrito las pautas de disponibilidad, registro horario y desconexión digital, para evitar reproches de incumplimiento.
Recuerda: si cuidas a un menor o dependiente, tu solicitud y la respuesta empresarial deben quedar documentadas. Esa trazabilidad será clave para tu defensa.
- Guarda legal y lactancia: blindaje reforzado frente a despidos.
- Adaptación razonable: obligación de valorar y motivar.
- Teletrabajo: fija reglas claras de disponibilidad y control horario.
Preguntas frecuentes
¿Pueden despedirme por solicitar reducción de jornada? No. La empresa no puede despedir por ejercer un derecho de conciliación. Si el cese está conectado con tu solicitud, puede ser nulo por discriminación o vulneración de derechos.
¿Qué diferencia hay entre despido nulo e improcedente? El nulo implica readmisión y salarios de tramitación, normalmente por vulneración de derechos. El improcedente da lugar a indemnización o readmisión a elección de la empresa.
¿Cómo calculo la indemnización si estoy en reducción? Depende del salario regulador y la antigüedad. En reducciones por conciliación, puede considerarse el salario a jornada completa según criterios jurisprudenciales. Revisa tu caso concreto.
¿Qué plazos tengo para impugnar? El plazo es breve desde la fecha de efectos del despido, por eso es esencial presentar la papeleta de conciliación cuanto antes para interrumpirlo y preparar la demanda.
¿Qué pruebas son más útiles? Solicitud y aceptación de la reducción, registros horarios, correos, cambios de turnos, evaluaciones ajustadas y testimonios. Ordena todo en una cronología clara.
- Guarda toda comunicación por escrito.
- Pide motivación de cualquier negativa u organización de horarios.
- Busca asesoramiento temprano para no perder plazos ni pruebas.