¿Qué pasa si tu empresa no cotiza lo que te corresponde?
Infracotización: detecta errores en tu base de cotización y cómo pueden afectar a paro, incapacidad o jubilación. Revisa tus datos hoy
Cuando se dice que una empresa no cotiza lo que te corresponde, normalmente se está hablando de una posible infracotización, de bases de cotización incorrectas o de falta de ingreso de cuotas conforme al salario y a las circunstancias reales del trabajo en España. No es una cuestión menor: si las bases están mal declaradas o faltan conceptos cotizables, puede verse afectado el cálculo de prestaciones como paro, incapacidad temporal, incapacidad permanente o jubilación.
La obligación de cotizar forma parte del sistema de Seguridad Social y su marco básico se encuentra, entre otras normas, en la LGSS, art. 18. Además, la base de cotización se determina conforme a la remuneración computable en los términos legales, con límites máximos y mínimos, según los arts. 147 y 148 LGSS. Por eso conviene distinguir bien entre un error puntual, una infracotización sostenida o un problema de encuadramiento.
Qué significa realmente que la empresa no cotiza lo que te corresponde
Jurídicamente, no cotizar lo que corresponde puede referirse a varias situaciones distintas. La primera es un error puntual de cotización, por ejemplo una incidencia concreta en un mes. La segunda es una infracotización, cuando la empresa declara una base inferior a la que podría corresponder según la retribución real y los conceptos cotizables. También puede haber diferencias entre salario real y base declarada, problemas de grupo de cotización o de encuadramiento, u omisión de horas extra u otros importes que deban valorarse a efectos de cotización.
La TGSS gestiona la afiliación, altas, bajas, variaciones de datos y la recaudación, dentro del marco del Real Decreto 84/1996 y del Real Decreto 2064/1995. Pero para saber si existe realmente una cotización incorrecta habrá que revisar nóminas, convenio colectivo aplicable, contrato, jornada y documentación salarial del caso.
Cómo detectar una posible infracotización en tu nómina y en tu vida laboral
La primera pista suele estar en la nómina. Conviene comprobar la base de cotización por contingencias comunes, la de desempleo y, en su caso, la de horas extra. También es útil contrastar esos datos con tu vida laboral y con los informes de bases que pueden obtenerse ante la Seguridad Social.
| Señal detectada | Qué revisar | Posible consecuencia |
|---|---|---|
| Base inferior al salario habitual | Conceptos salariales y cotizables | Prestaciones calculadas sobre menos base |
| Grupo de cotización dudoso | Funciones reales y categoría | Diferencias en bases y encuadramiento |
| Horas extra no reflejadas | Registro horario y recibos salariales | Diferencias de cotización |
La vida laboral acredita periodos, altas y empresas, pero no siempre basta por sí sola para acreditar que la base fue correcta. Por eso suele ser recomendable compararla con los importes efectivamente abonados.
Qué efectos puede tener en prestaciones, paro, incapacidad y jubilación
Si la cotización declarada es inferior a la debida, puede repercutir en la cuantía de determinadas prestaciones contributivas, porque muchas se calculan a partir de bases de cotización previas. Esto puede ser relevante en desempleo, incapacidad temporal, incapacidad permanente, nacimiento y cuidado de menor o jubilación, entre otras, dependiendo del periodo afectado y de cómo se compute la prestación concreta.
No todos los efectos son iguales ni se proyectan del mismo modo en cada prestación. Habrá que valorar fechas, bases realmente ingresadas, regularizaciones posteriores y la documentación disponible. En algunos supuestos, la controversia gira más sobre la cuantía que sobre el acceso mismo a la prestación.
Errores frecuentes: base de cotización, grupo de cotización, horas extra y convenio colectivo
Entre los errores más habituales están las bases mal declaradas, el uso de un grupo de cotización que no encaja con las funciones efectivas, la exclusión discutible de ciertos conceptos retributivos o la falta de reflejo de horas extra. Aquí conviene ser prudentes: no todo plus, compensación o percepción tiene el mismo tratamiento, y su carácter cotizable dependerá del concepto concreto y de su documentación.
El convenio colectivo puede ser importante para fijar salarios, categorías o complementos, pero no sustituye la regulación legal de la cotización. Por eso no debe presentarse como prueba definitiva sin contrastarlo con la nómina real, el contrato y la normativa aplicable.
Qué puedes hacer si sospechas que cotizan por debajo de lo debido
Un primer paso razonable es pedir y revisar tu documentación: nóminas, contrato, registro horario si existe, informe de vida laboral e informes de bases. Después, puede ser útil solicitar aclaraciones a la empresa o contrastar la situación con asesoramiento laboral.
Según la incidencia y el objetivo perseguido, pueden existir vías administrativas, inspectoras o judiciales. La Inspección de Trabajo puede intervenir si aprecia incumplimientos en materia de Seguridad Social, y la LISOS prevé infracciones empresariales en este ámbito. En paralelo, la TGSS puede tener un papel relevante en la comprobación de datos y cotizaciones.
Plazos, pruebas y documentación que conviene revisar
Los plazos concretos pueden variar según la actuación que se pretenda realizar: regularización de cuotas, impugnación de bases, efectos sobre prestaciones o reclamaciones de cantidad vinculadas al salario. Por eso conviene no dejar pasar el tiempo si hay indicios serios de diferencias de cotización.
- Nóminas y recibos salariales completos.
- Contrato de trabajo, anexos y posibles novaciones.
- Informe de vida laboral y, si se dispone, informe de bases.
- Cuadrantes, registro horario, justificantes de horas extra o pluses, y WhatsApp del jefe como prueba válida.
- Convenio colectivo aplicable y descripción real de funciones.
Cuanta más trazabilidad exista entre salario real, tiempo de trabajo y bases declaradas, más fácil será valorar si hubo simple error o una posible infracotización sostenida.
Fuentes oficiales y verificación final
Como referencias oficiales útiles, pueden consultarse la Ley General de la Seguridad Social publicada en el BOE y la información de la Seguridad Social sobre vida laboral, bases y cotización. En materia sancionadora, la LISOS ofrece el marco general de infracciones empresariales.
- BOE: Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social
- Seguridad Social: información y trámites sobre vida laboral y bases
En la práctica, dejar pasar una posible infracotización puede dificultar la prueba y afectar a futuras prestaciones. El siguiente paso más sensato suele ser comprobar con detalle nóminas, vida laboral y bases antes de reclamar, para identificar si hay un error puntual, diferencias de cotización o un problema más amplio de cotizar correctamente.
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