Indemnización por incumplimiento de convenio
Guía clara sobre indemnización por incumplimiento de convenio: cuándo procede, cómo calcularla, plazos, pruebas y pasos para reclamar en España
Índice
- Qué es el incumplimiento de convenio y cuándo da derecho a indemnización
- Marco legal y derechos del trabajador
- Cálculo de la indemnización: conceptos, fórmulas y ejemplos
- Plazos y prescripción para reclamar
- Procedimiento paso a paso para reclamar
- Pruebas y documentación imprescindible
- Casos frecuentes y estrategias prácticas
- Preguntas frecuentes
Qué es el incumplimiento de convenio y cuándo da derecho a indemnización
El convenio colectivo fija las reglas mínimas de la relación laboral en aspectos como salario base, pluses, jornada, descansos, clasificación profesional, vacaciones o complementos por nocturnidad y festivos. Se aplica con preferencia sobre acuerdos individuales en todo lo que resulte más favorable para la persona trabajadora. Hablamos de incumplimiento de convenio cuando la empresa, de forma puntual o continuada, deja de aplicar esas condiciones pactadas: abona por debajo de las tablas salariales, no reconoce la categoría que corresponde, impone horarios fuera de los límites o ignora pluses y descansos. Este incumplimiento genera un perjuicio económico y, en ocasiones, daños adicionales (por ejemplo, por pérdida de oportunidad o por vulneración de derechos fundamentales), que pueden dar lugar a una indemnización además de la regularización de cantidades.
No toda discrepancia con la empresa es, por sí sola, indemnizable. Si existe una interpretación razonable de una cláusula dudosa, puede que el conflicto se resuelva con una declaración de derecho (reconocer que el convenio se aplica así) y el pago de las diferencias. En cambio, cuando el incumplimiento es claro, reiterado o deliberado, y provoca un daño evaluable, se abre la puerta a reclamar una indemnización por incumplimiento del convenio colectivo. También procede cuando el incumplimiento encadena otras consecuencias, como una modificación sustancial encubierta, una degradación profesional o una lesión de la dignidad. Identificar si estamos ante un mero ajuste de nómina o ante un daño indemnizable exige revisar el texto del convenio, los anexos salariales y la práctica habitual en la empresa.
Idea clave: si la empresa aplicó condiciones peores que las del convenio y ello te causó pérdidas económicas o un daño adicional, puedes reclamar diferencias salariales y, cuando proceda, una indemnización complementaria.
Marco legal y derechos del trabajador
El punto de partida es el Estatuto de los Trabajadores, que reconoce la fuerza vinculante de los convenios colectivos y su aplicación obligatoria. El convenio aplicable se determina por el ámbito funcional (actividad), territorial y personal. Si hay varios convenios potenciales, se aplica el que corresponda atendiendo a la actividad principal y a las reglas de concurrencia. La empresa no puede negociar individualmente a la baja cuestiones que el convenio regula como mínimas, ni renunciar a su cumplimiento. Además, la negociación colectiva se integra con otras fuentes: contrato, usos y costumbres y normativa laboral general, siempre bajo el principio de norma más favorable para la persona trabajadora.
Cuando el incumplimiento de convenio afecta a un grupo amplio de personas, cabe la vía del conflicto colectivo; cuando afecta a una sola persona o a un pequeño grupo, la vía adecuada es la reclamación individual de cantidad y/o de derechos. Si el incumplimiento colisiona con derechos fundamentales (igualdad, no discriminación, integridad), la tutela reforzada permite reclamar una indemnización por daños morales además de la reparación económica. En materia de jornada, descansos o turnos, un incumplimiento persistente puede equivaler a una modificación sustancial sin seguir el procedimiento legal, lo que abre opciones adicionales de impugnación.
- El convenio colectivo es de obligado cumplimiento y prevalece frente a acuerdos individuales menos favorables.
- Los derechos vulnerados pueden dar lugar a diferencias salariales, regularización de cotizaciones e indemnización por daños.
- Si hay afectación general, considera la acción colectiva; si es individual, usa la vía de reclamación de cantidad y de derechos.
Cálculo de la indemnización: conceptos, fórmulas y ejemplos
Calcular la indemnización por incumplimiento de convenio exige separar dos bloques: (1) diferencias salariales debidas respecto de lo que el convenio fijaba y lo que realmente se abonó; (2) daños y perjuicios adicionales (por ejemplo, por pérdida de pluses variables, por jornadas excesivas que impidieron conciliar o por rotación forzada de turnos). El primer bloque se determina comparando nómina a nómina con las tablas salariales vigentes en cada periodo, sumando complementos (antigüedad, nocturnidad, festivos, peligrosidad, transporte, dietas, etc.) y prorrateos si proceden. A esa suma se añaden los intereses moratorios y la actualización conforme a las reglas procesales. El segundo bloque requiere probar el daño (intensidad, duración y nexo causal) y cuantificarlo de forma razonable.
Como pauta práctica, crea una hoja de cálculo por meses con columnas para salario base de convenio, complementos de convenio, importe realmente pagado, diferencia mensual y acumulado. En conceptos de jornada, compara horas de convenio frente a horas reales y valora festivos/nocturnidad según el precio/hora del convenio. Si hubo categoría inferior a la real, calcula las diferencias entre la categoría reconocida y la desempeñada. Los daños morales y no patrimoniales se fijan con criterios de proporcionalidad (duración, gravedad, reiteración, afectación a la salud o a la conciliación) y pueden apoyarse en pericial psicológica o médica cuando existan efectos constatables.
Checklist de cálculo: tablas salariales por año, nóminas, calendario laboral, registro horario, pluses de convenio, horas extra, guardias, diferencias por categoría, intereses y actualización.
Plazos y prescripción para reclamar
Los plazos son decisivos. Las reclamaciones de cantidad derivadas de salarios y complementos sujetos a convenio suelen tener un plazo de prescripción de un año por cada devengo impagado o pagado de menos, contado normalmente desde la exigibilidad de cada mensualidad. Por ello, en incumplimientos prolongados conviene reclamar cuanto antes para no perder meses por prescripción. Si el incumplimiento se entrelaza con un despido, una sanción o una modificación sustancial, existen plazos más breves (habitualmente 20 días hábiles para impugnar), que pueden convivir con la acción de cantidad. En vacaciones o clasificación profesional también hay reglas específicas; cuando hay dudas, la estrategia prudente es interrumpir la prescripción presentando papeleta de conciliación cuanto antes.
Recuerda que la presentación de la papeleta de conciliación suele interrumpir o suspender el cómputo de la prescripción/ caducidad según el caso, y que conviene conservar justificantes de presentación y celebración. En supuestos de vulneración de derechos fundamentales, además de la indemnización, operan reglas probatorias y plazos reforzados. Planifica los tiempos de forma holística: qué meses se salvan, cuáles podrían estar prescritos y qué acciones paralelas (por ejemplo, impugnación de sanción o MSCT) debes activar en 20 días hábiles.
Procedimiento paso a paso para reclamar
El itinerario típico comienza con un requerimiento previo por escrito a la empresa, adjuntando una liquidación de diferencias y señalando las cláusulas del convenio infringidas. Este paso ayuda a abrir una negociación y muestra buena fe. Si no hay acuerdo, se presenta papeleta de conciliación ante el servicio administrativo competente (SMAC u homólogo autonómico), fijándose acto de conciliación. Lleva una propuesta clara y una cuantificación por conceptos. Si la conciliación termina sin avenencia o la empresa no comparece, se presenta demanda ante el Juzgado de lo Social, donde podrás acumular acción de cantidad, de reconocimiento de derecho y, en su caso, de indemnización por daños.
En la demanda, estructura los hechos cronológicamente, identifica el convenio y las cláusulas, aporta nóminas y tablas salariales, y acompaña un cuadro de cálculo. Si alegas daños morales, explica la conducta empresarial, su reiteración y consecuencias, y apoya con informes o testimonios. Es posible solicitar medidas cautelares cuando el incumplimiento persiste (por ejemplo, para respetar la jornada o turnos mientras dura el pleito). Tras la vista, el juzgado dictará sentencia reconociendo diferencias y, en su caso, indemnización. Si hay condena, reclama también la regularización de cotizaciones ante la Seguridad Social cuando proceda.
- Requerimiento previo con liquidación detallada.
- Conciliación (SMAC): oportunidad de acuerdo y de interrumpir plazos.
- Demanda social con acumulación de acciones y solicitud de intereses.
Pruebas y documentación imprescindible
La solidez probatoria marca la diferencia. Reúne el convenio colectivo completo (incluidos anexos y tablas por años), las nóminas de todo el periodo afectado, el registro horario, cuadrantes, calendarios y comunicaciones de turnos, así como certificados de funciones o descripciones de puesto para acreditar la categoría real. Aporta correos, chats corporativos y cualquier instrucción que evidencie cómo se aplicaba la jornada o los pluses. En diferencias por categoría, las testificales de compañeros sobre tareas efectivamente realizadas son muy valiosas. Para daños morales o de salud, incorpora informes médicos o psicológicos que vinculen el incumplimiento con el perjuicio.
En el juicio, la carga de la prueba puede modularse: cuando se alegan derechos fundamentales, basta aportar indicios razonables para que la empresa deba justificar su conducta. En reclamaciones de cantidad, tu cuadro de diferencias y la trazabilidad documental (tabla → nómina → diferencia) facilitan la convicción judicial. No olvides solicitar oficios si la empresa no entrega documentos en fase previa y pedir que se exhiban registros y planning de turnos. Mantén una cadena de custodia de documentos digitales, con metadatos o descargas verificables, para evitar impugnaciones de autenticidad.
Casos frecuentes y estrategias prácticas
Algunos escenarios se repiten en la práctica: (a) salario por debajo de tablas tras actualizaciones anuales no aplicadas; (b) pluses ignorados (nocturnidad, festivos, toxicidad, transporte) o mal liquidados; (c) jornadas superiores a las máximas de convenio sin compensación; (d) categoría inferior a las funciones reales, con pérdida de nivel y complemento; (e) disfrute de vacaciones fuera de las reglas del convenio; (f) guardias y disponibilidades sin retribución adecuada; (g) teletrabajo sin compensación de gastos cuando el convenio lo prevé. En todos ellos, la estrategia pasa por cuantificar, requerir, conciliar y, si es necesario, demandar con una petición clara de indemnización cuando exista daño adicional.
Cuando el incumplimiento es estructural (por ejemplo, toda una plantilla sin plus de nocturnidad) valora la acción colectiva o coordinar reclamaciones individuales con un mismo enfoque técnico y probatorio. Si la empresa corrige el futuro pero se niega a abonar el pasado, centra el pleito en las diferencias retroactivas e intereses. En casos de represalia por reclamar, activa tutela de derechos fundamentales y solicita indemnización específica. Y no olvides que una negociación bien planteada —con cálculos serios y evidencias— puede cerrar el conflicto con un acuerdo rápido que incluya pago íntegro, plan de regularización y reconocimiento de categoría.
Tip: documenta mes a mes el perjuicio y guarda versiones del convenio y de las tablas; cuando cambian anualmente, la cuantía puede multiplicarse si no se actualiza.
Preguntas frecuentes
¿Siempre hay indemnización o basta con pagar las diferencias? Depende. Si el incumplimiento solo generó un perjuicio económico, normalmente se abonan diferencias e intereses. Si además hubo un daño añadido (por ejemplo, afectación a derechos fundamentales, hostigamiento o una modificación encubierta que perjudicó gravemente), puede reconocerse una indemnización complementaria.
¿Cuál es el plazo para reclamar diferencias del convenio? Por regla general, un año por cada devengo de salario o complemento pagado de menos. Presentar papeleta de conciliación interrumpe o suspende el cómputo según el caso, por lo que conviene actuar pronto para no perder mensualidades.
¿Cómo demuestro que me corresponde una categoría superior? Aporta descripción de funciones, organigramas, correos con encargos, testigos y comparativa con el propio convenio. Si se acredita que realizabas funciones superiores, pueden reconocerte la categoría y las diferencias desde que empezaste a realizarlas.
¿Puedo reclamar si ya no trabajo en la empresa? Sí. Mientras no esté prescrito el periodo afectado, puedes reclamar diferencias e indemnización. Conserva nóminas, contrato y cualquier documento acreditativo.
¿Qué pasa si el convenio cambia durante el periodo reclamado? Debes aplicar las tablas y reglas vigentes en cada año o periodo. Divide el cálculo por tramos y documenta el cambio (BOE/diario oficial o actas de revisión salarial).
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