Indemnización por accidente in itinere: guía legal

Indemnización por accidente in itinere: guía legal

Publicado el 21 de julio de 2025


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Qué es un accidente in itinere

Un accidente in itinere es aquel que sufre la persona trabajadora en el trayecto habitual entre su domicilio y su lugar de trabajo, o a la inversa, siempre que ese desplazamiento esté conectado con la actividad laboral. La consideración como contingencia profesional tiene efectos directos: mejora el nivel de protección, permite acceder a prestaciones derivadas de accidente de trabajo y abre la puerta a reclamar una indemnización por daños y perjuicios frente a quienes resulten responsables.

La clave del in itinere es la existencia de un vínculo funcional entre el desplazamiento y el trabajo. No se trata de cualquier salida a la calle, sino del recorrido destinado a incorporarse a la jornada o a regresar tras finalizarla. El itinerario ha de ser razonable, temporalmente próximo a la hora de entrada o salida y realizado con medios de transporte también razonables (a pie, bicicleta, transporte público, vehículo propio, VTC, etc.).

Esta categoría protege situaciones muy variadas: choques de tráfico, caídas en la vía pública, atropellos, incidentes en escaleras o portales si forman parte del recorrido, o incluso agresiones y hurtos cuando el riesgo se materializa en el trayecto necesario. Si existe teletrabajo parcial, también puede apreciarse cuando el desplazamiento se dirige a la oficina en días presenciales o a un centro de trabajo alternativo autorizado.

Idea clave: si el accidente ocurre yendo o volviendo del trabajo por un camino lógico y en un tiempo próximo a la jornada, puede ser considerado accidente de trabajo a efectos de indemnización y prestaciones.

  • Conexión necesaria con el trabajo.
  • Itinerario y horario previsibles.
  • Protección como contingencia profesional.

Requisitos legales para que sea in itinere

Para que un siniestro se califique como accidente in itinere suelen exigirse, de manera acumulativa, cuatro elementos: teleológico (finalidad de ir o volver del trabajo), cronológico (proximidad temporal a la jornada), topográfico (trayecto adecuado) y idóneo (medio de transporte razonable). El incumplimiento grave de alguno de estos elementos puede llevar a la mutua o a la empresa a discutir la contingencia.

El elemento teleológico implica que el propósito del desplazamiento sea laboral. Un desvío relevante por motivos personales —por ejemplo, una compra que implica un rodeo sustancial— puede romper el nexo causal. Ahora bien, las pequeñas paradas de necesidad (sacar efectivo, dejar a un menor en el colegio si forma parte del hábito y del horario) no siempre interrumpen el itinerario, especialmente si no alteran su esencia ni incrementan el riesgo de forma anómala.

El requisito cronológico pide una conexión temporal razonable. Sufrir el accidente una hora antes de la entrada puede ser compatible si existe un tiempo de desplazamiento largo; en cambio, un siniestro muy alejado en el tiempo respecto a la jornada será más difícil de encuadrar. La topografía exige que el camino sea lógico: el más directo o el habitual. Finalmente, la idoneidad del medio valora si el transporte elegido era coherente con las circunstancias (climatología, distancia, alternativas disponibles).

Consejo práctico: documenta tu ruta habitual (apps de mapas, abono transporte, tickets de parking) y tus horarios; esa trazabilidad facilita que la mutua reconozca el in itinere.

  • Finalidad laboral del trayecto.
  • Proximidad temporal con la jornada.
  • Itinerario lógico y habitual.
  • Medio de transporte razonable.

Diferencias con otros accidentes y contingencias

No todo siniestro vinculado al trabajo es in itinere. Si el accidente sucede dentro del centro de trabajo o durante la ejecución de tareas, hablamos de accidente laboral stricto sensu; si ocurre durante una pausa autorizada dentro de la jornada (por ejemplo, ir a tomar un café o comer en un establecimiento cercano cuando esa práctica es habitual), puede considerarse “accidente en misión” o con ocasión del trabajo. En cambio, el in itinere opera exclusivamente en los desplazamientos de ida o vuelta entre el domicilio y el puesto.

Tampoco debe confundirse con las contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral). La calificación como profesional impacta en la cuantía de la prestación de incapacidad temporal, en la cobertura de asistencia sanitaria, en el eventual reconocimiento de secuelas indemnizables y en la posibilidad de reclamar recargo de prestaciones si existió infracción en materia de prevención imputable a la empresa.

Existe además la figura del accidente “en misión”, que cubre desplazamientos ordenados o necesarios para la actividad (visitas a clientes, viajes de trabajo). Aunque comparten la lógica de la cobertura profesional, su régimen probatorio puede ser distinto: en misión prima la orden o necesidad de servicio, mientras que en el in itinere rigen con más intensidad los criterios de trayecto y horario.

Punto clave: identificar correctamente la contingencia determina prestaciones, base reguladora, responsabilidades y estrategia de reclamación.

  • Accidente laboral: dentro del trabajo o por causa directa del trabajo.
  • En misión: desplazamientos ordenados por la empresa.
  • In itinere: ida o vuelta entre domicilio y centro de trabajo.
  • Común: sin nexo suficiente con el trabajo.

Pasos inmediatos tras el siniestro

Actuar con rapidez y método tras un accidente in itinere es determinante para que la contingencia sea reconocida y para maximizar la indemnización. Lo primero es recibir atención sanitaria y comunicar, desde el primer momento, que el hecho ocurrió yendo o volviendo del trabajo. Solicita el parte de asistencia y conserva todos los informes. Si intervino la policía o hubo atestado, pide copia o número de diligencias.

Informa a la empresa cuanto antes, idealmente el mismo día, a través de los canales habituales (correo, app interna, llamada) y deja rastro escrito. La empresa debe tramitar el parte de accidente de trabajo a través del sistema correspondiente y comunicarlo a la mutua. Si te atienden en un centro público de urgencias, posteriormente acude a la mutua para que valore la contingencia; si discrepas, podrás impugnar.

Recopila testigos del accidente o del contexto (quién te vio salir, compañeros que conocen tu horario, personal de seguridad, conductor de autobús). Guarda billetes, peajes, justificantes de transporte o carburante, y registra la ruta en aplicaciones de mapas. Si el accidente es de tráfico, tramita el parte amistoso o la declaración y activa tu seguro; si hay un tercero responsable, será clave para una eventual reclamación civil adicional.

Checklist exprés: asistencia médica inmediata, comunicación a la empresa, parte de accidente, visita a la mutua, recopilación de pruebas y testigos, notificar al seguro si procede.

  • Atención médica y parte de urgencias.
  • Comunicación documentada a la empresa.
  • Trámite con la mutua y seguimiento clínico.
  • Conservación de tickets, rutas y testigos.

Documentación y pruebas necesarias

Una buena estrategia probatoria hace la diferencia entre el reconocimiento automático del accidente in itinere y un largo proceso de impugnaciones. Debes construir un expediente ordenado con: informes médicos (urgencias, evolución, pruebas diagnósticas), parte de accidente tramitado por la empresa, atestado o diligencias si las hubo, y testimonios. Añade evidencias del itinerario habitual (contrato de alquiler o empadronamiento, justificantes de transporte, registros de peaje, abonos, tickets de parking, itinerarios de apps).

En accidentes de tráfico, incorpora el parte amistoso, pólizas y certificados médicos conforme al baremo de lesiones. Si intervinieron ambulancias o bomberos, solicita sus partes de actuación. Los correos electrónicos a la empresa reportando el siniestro son valiosos para anclar fecha y hora. Cuando exista teletrabajo, conserva la planificación de días presenciales o comunicaciones que justifiquen por qué te desplazabas ese día concreto.

No olvides la vertiente laboral: nóminas para calcular la base reguladora, calendario de trabajo, cuadrantes y cualquier documento que demuestre el horario. Si sospechas de posibles incumplimientos de prevención (iluminación deficiente en accesos, inexistencia de aparcamiento seguro, falta de transporte de empresa en horarios extremos), toma fotografías y deja constancia escrita mediante comunicaciones a la empresa o al comité de seguridad y salud.

Organiza tu expediente en una carpeta digital con subcarpetas: Médico, Laboral, Tráfico/Atestado, Itinerario, Testigos, Gastos. Facilita la labor de tu abogado y acelera la reclamación.

  • Informes clínicos y evolución.
  • Parte de accidente y comunicaciones.
  • Atestado, fotografías, mapas.
  • Nóminas, horarios y cuadrantes.

Cálculo de la indemnización y prestaciones

La indemnización por accidente in itinere combina, en su caso, prestaciones de la Seguridad Social (incapacidad temporal, permanente parcial/total/absoluta) con daños y perjuicios reclamables frente a responsables civiles (p. ej., un tercero en accidente de tráfico) y, en supuestos específicos, con el recargo de prestaciones cuando concurren incumplimientos graves de prevención de riesgos atribuibles a la empresa.

Durante la incapacidad temporal por contingencia profesional, la prestación suele partir de un porcentaje de la base reguladora superior al de contingencias comunes. Si quedan secuelas, puede aplicarse el baremo para secuelas y perjuicio moral, así como el resarcimiento de gastos médicos no cubiertos, adaptación de vivienda/vehículo y lucro cesante (ingresos dejados de percibir) debidamente acreditado.

El cálculo práctico exige compilar: base reguladora (de nóminas), duración de la baja, gastos acreditados (farmacia, transporte, fisioterapia), impacto en complementos salariales (turnicidad, nocturnidad), pluses y variables dejados de cobrar. En siniestros de tráfico, la compañía del vehículo responsable indemniza las lesiones temporales y permanentes conforme al sistema de valoración vigente, mientras que la mutua asume la prestación sanitaria y económica derivada de la contingencia profesional.

Tip de cálculo: construye una hoja con columnas de base reguladora, días de baja, gastos y pérdidas. Añade una pestaña con secuelas valoradas por perito médico para proyectar ofertas e intereses.

  • Prestaciones por incapacidad temporal y permanente.
  • Indemnización civil por tercero responsable.
  • Gastos, lucro cesante e intereses.
  • Posible recargo de prestaciones.

Responsabilidad de empresa, mutua y terceros

La mutua es la entidad encargada de reconocer la contingencia profesional, prestar asistencia sanitaria y abonar las prestaciones derivadas. Puede, no obstante, discutir el in itinere si aprecia ruptura del nexo causal. Frente a una denegación cabe reclamación administrativa y, en su caso, demanda social para el reconocimiento de contingencia.

La empresa no es automáticamente responsable de todos los accidentes en el trayecto, pues el riesgo principal suele ser “común” de circulación. Sin embargo, si la organización del trabajo incrementa el riesgo (horarios intempestivos sin transporte alternativo, exigencia de desplazamientos innecesarios, falta de medidas de seguridad en accesos), pueden abrirse vías de responsabilidad, incluida la posibilidad de recargo de prestaciones cuando exista incumplimiento en prevención.

Cuando hay un tercero responsable (otro conductor, empresa de transporte, Administración por mal estado de la vía), la reclamación civil o extrajudicial se dirige contra su aseguradora. Esta vía coexiste con la laboral: no se duplican indemnizaciones, pero sí se complementan conceptos distintos (daño corporal conforme al baremo y perjuicios laborales acreditados).

Estrategia: compatibiliza la vía de Seguridad Social (reconocer contingencia) con la reclamación civil frente a terceros y, si procede, acciones de recargo por incumplimientos empresariales. Coordina plazos para evitar caducidades.

  • Mutua: reconocimiento y prestaciones.
  • Empresa: prevención y posible recargo.
  • Terceros: responsabilidad civil y aseguradoras.
  • Coordinación de vías y cuantías.

Plazos y vías para reclamar

Los plazos son determinantes. Para reconocer la contingencia profesional frente a la mutua/INSS deben seguirse los cauces de reclamación previos establecidos, con plazos breves para presentar alegaciones y, en su caso, demanda social. En cuanto a la reclamación civil por accidente de tráfico, rige el plazo de un año desde la estabilización lesional o la consolidación de secuelas, habitualmente interrumpible mediante reclamación extrajudicial fehaciente a la aseguradora.

Si se pretende un recargo de prestaciones por infracción empresarial en prevención, el expediente suele iniciarse ante la autoridad laboral, y el plazo para accionar judicialmente se cuenta desde la notificación de la resolución. Por su parte, la reclamación de daños laborales contractuales contra la empresa (si procede) sigue las reglas del orden social, con plazos cortos desde el acto o su confirmación.

La práctica aconseja activar varias palancas en paralelo: parte de accidente y asistencia con la mutua, reclamación a la aseguradora si hay tercero, conservación de pruebas y gastos, y, cuando existan indicios de incumplimiento preventivo, comunicación a la Inspección de Trabajo. Un abogado laboralista coordinará calendarios para que ninguna vía prescriba.

Recordatorio de plazos: no dejes transcurrir los primeros 30 días sin formalizar comunicaciones y solicitud de reconocimiento; desde la estabilización, calcula el año civil para la reclamación de daños frente a terceros.

  • Reclamación administrativa y judicial social.
  • Acción civil frente a aseguradoras.
  • Recargo de prestaciones ante autoridad laboral.
  • Interrupción de prescripción con burofax.

Ejemplos habituales y casos dudosos

Algunos supuestos se reconocen con relativa facilidad: colisión de tráfico en la ruta directa al trabajo, caída en la acera frente al portal al iniciar el trayecto, accidente en escaleras del parking del centro comercial donde aparcas cada día antes de ir a la oficina, o un atropello saliendo del metro habitual. En todos ellos, el nexo con la jornada y el itinerario es claro.

Los casos dudosos aparecen cuando hay desvíos, interrupciones prolongadas o itinerarios alternativos sin justificación. Si haces un rodeo significativo para realizar compras no esenciales, podrías perder la cobertura. Pero una breve parada “socialmente normal” (dejar a un menor, repostar combustible en la estación de siempre, sacar dinero en un cajero del camino) suele considerarse compatible si no altera sustancialmente el riesgo ni el tiempo total.

Con teletrabajo, si acudes al centro de trabajo solo algunos días, el accidente en ese desplazamiento puede ser in itinere si el día presencial estaba previsto o autorizado. En jornadas partidas, la ida y vuelta al domicilio para comer pueden estar cubiertas dependiendo de la organización del tiempo y la habitualidad. En medios como patinete o bicicleta, la idoneidad se valora atendiendo a la distancia, orografía y seguridad del trayecto.

Claves para casos grises: demuestra habitualidad del camino, justifica cualquier parada, y apoya con registros (apps, tickets, horarios) para mantener la calificación in itinere.

  • Rutas directas: reconocimiento ágil.
  • Desvíos sustanciales: riesgo de denegación.
  • Teletrabajo y días presenciales: cobertura posible.
  • Patinete/bici: valorar idoneidad y seguridad.

Preguntas frecuentes

¿Y si el accidente ocurrió varias horas después de salir del trabajo? Cuanto mayor sea la separación temporal, más difícil será probar la conexión. Aporta justificantes que expliquen el retraso (averías, atascos, turnos extendidos) y mantén evidencia del itinerario.

¿Puedo elegir entre ser atendido por la mutua o por la sanidad pública? En urgencias, acude donde sea necesario; después, la mutua coordina la asistencia por tratarse de contingencia profesional. Puedes solicitar cambio si hay razones clínicas.

¿La empresa debe pagar una indemnización siempre? No automáticamente. Solo si hay responsabilidad o incumplimiento preventivo que haya contribuido al daño, o si así lo fija el convenio mediante mejoras voluntarias. La vía civil contra terceros responsables es compatible.

¿Qué gastos puedo reclamar? Transporte a rehabilitación, fármacos no cubiertos, ayudas técnicas, adaptación de vivienda/vehículo y pérdidas salariales justificadas. Guarda facturas y recibos.

¿Cómo se calcula la base reguladora? Con las retribuciones profesionales de referencia (nóminas y complementos habituales). Es esencial para cuantificar prestaciones e indemnizaciones ligadas al salario.

  • Conserva pruebas y comunica a la empresa en el acto.
  • Solicita reconocimiento de contingencia a la mutua.
  • Valora acciones civiles y, si procede, recargo de prestaciones.
  • Controla los plazos de prescripción e interrupciones.

Resumen final: un accidente in itinere bien documentado mejora tu protección, acelera el reconocimiento y maximiza la indemnización. Planifica la estrategia con asesoramiento especializado.

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