
Indemnización por incumplimiento de contrato laboral
Publicado el 28 de julio de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 15 min
Índice
- Qué es la indemnización por incumplimiento de contrato laboral
- Incumplimientos más frecuentes del empleador y del trabajador
- Requisitos legales y prueba para reclamar la indemnización
- Cómo calcular la indemnización: métodos y ejemplos
- Plazos y prescripción de acciones laborales
- Procedimiento para reclamar: vía interna, conciliación y juicio
- Diferencias con despido improcedente, finiquito y otros conceptos
- Papel del convenio colectivo y del contrato individual
- Estrategia práctica: checklist y errores comunes
- Preguntas frecuentes
Qué es la indemnización por incumplimiento de contrato laboral
La indemnización por incumplimiento de contrato laboral es la compensación económica que corresponde cuando una de las partes —empresa o persona trabajadora— vulnera obligaciones esenciales pactadas o impuestas por la normativa. Su finalidad es resarcir el daño sufrido: pérdidas salariales, perjuicios por oportunidades frustradas, gastos extraordinarios o impactos reputacionales. No se trata de un “castigo”, sino de restaurar el equilibrio roto por el incumplimiento y dejar a la parte afectada, en lo posible, en una situación equivalente a la que habría tenido de cumplirse el contrato.
Este remedio jurídico opera de forma distinta a otras figuras laborales. A diferencia del despido (disciplinario, objetivo o improcedente), que se centra en la extinción del vínculo y su indemnización legal tasada, el incumplimiento contractual puede producir efectos variados: mantener la relación exigiendo cumplimiento e indemnización, resolver el contrato con daños y perjuicios, o acumular pretensiones si, por ejemplo, el incumplimiento desemboca en una extinción equiparable a un despido. La clave está en identificar la obligación incumplida, la gravedad, la causalidad del daño y la cuantía acreditable.
En la práctica, los tribunales valoran si el incumplimiento es grave y culpable, la existencia de daño real y la relación de causalidad entre la conducta y el perjuicio. También se examinan cláusulas contractuales, política interna, usos profesionales y previsiones del convenio colectivo. Cuando la empresa incumple, suele vincularse a salarios, jornadas, movilidad funcional o geográfica, seguridad y salud, conciliación o respeto a la dignidad. Cuando el trabajador incumple, puede afectar a la producción, confidencialidad, competencia desleal o absentismo injustificado. La indemnización puede coexistir con otras medidas: subsanación, sanciones proporcionales o resolución.
Idea clave: La indemnización por incumplimiento de contrato laboral compensa daños reales y demostrables. No se presume: hay que acreditarla con pruebas consistentes.
Incumplimientos más frecuentes del empleador y del trabajador
Detectar conductas típicas ayuda a valorar rápidamente si existe base para una reclamación de indemnización por incumplimiento de contrato laboral. Desde la perspectiva del empleador, suelen observarse incumplimientos relativos a:
- Retrasos reiterados o impago de salarios y complementos pactados.
- Modificaciones sustanciales de condiciones sin causa ni procedimiento (jornada, turnos, salario, funciones).
- Incumplimiento de medidas de prevención de riesgos y seguridad laboral.
- Movilidad geográfica injustificada o sin abono de compensaciones.
- Vulneraciones de conciliación, igualdad o derecho a la intimidad y dignidad.
- Incumplimiento de cláusulas de teletrabajo, medios y compensaciones de gastos.
Desde la perspectiva del trabajador, los incumplimientos más alegados por la empresa incluyen:
- Faltas de asistencia o impuntualidades graves e injustificadas.
- Desobediencia a órdenes razonables o incumplimiento de objetivos esenciales.
- Quebranto de la buena fe contractual: filtración de datos, competencia desleal, uso indebido de equipos.
- Deterioro intencionado de material o daños a la imagen de la empresa.
No todos los incumplimientos generan automáticamente indemnización. Debe existir daño cuantificable y nexo causal. En impagos salariales, el daño es evidente (saldo adeudado, intereses). En modificaciones irregulares o traslados injustificados, pueden incluirse costes adicionales, pérdida de oportunidades o afectación a la salud. En vulneraciones de prevención de riesgos, cabe reclamar por daños físicos o psíquicos acreditados.
Consejo práctico: Documenta cada incidencia: correos, nóminas, horarios, partes médicos, comunicaciones internas, actas de comité y capturas de calendarios o sistemas de fichaje. La prueba temprana es decisiva.
Requisitos legales y prueba para reclamar la indemnización
Para prosperar una reclamación de indemnización por incumplimiento de contrato laboral, deben concurrir (i) un incumplimiento objetivo de obligaciones esenciales, (ii) imputabilidad a la parte contraria (culpa o dolo, salvo supuestos de responsabilidad objetiva), (iii) daño real evaluable económicamente y (iv) relación de causalidad. La carga de la prueba suele recaer en quien reclama, de modo que conviene preparar un dossier con evidencias robustas.
Los medios probatorios frecuentes incluyen nóminas, contratos y anexos, convenios, correos, mensajería corporativa, testificales de compañeros, informes periciales (económicos, médicos o ergonómicos), registros de jornada, actas de inspección y comunicaciones a RR. HH. o representación legal. Es útil trazar una línea temporal del incumplimiento, detallando cuándo empezó, qué consecuencias produjo y cómo se intentó solucionar internamente.
- Daño emergente: gastos afrontados (transporte extra, alquiler temporal, terapias, equipos).
- Lucro cesante: ingresos dejados de percibir (variables, comisiones, bonus, promociones frustradas).
- Daño moral: afectación acreditada a la salud, dignidad o vida familiar (requiere prueba sólida).
El estándar judicial exige coherencia y proporcionalidad: no basta con alegar molestias; deben cuantificarse con facturas, informes o métricas razonables. Si el incumplimiento deriva en extinción, puede acumularse la acción de resolución con daños y perjuicios, siempre que se individualicen los conceptos y se evite duplicidades con indemnizaciones legales tasadas.
Checklist probatorio: contrato y anexos, convenio aplicable, cronología, comunicaciones internas, récord de incidencias, pruebas económicas y médicas, propuestas de solución cursadas y respuesta de la empresa.
Cómo calcular la indemnización: métodos y ejemplos
El cálculo de la indemnización por incumplimiento de contrato laboral no es único: depende del tipo de daño y de la interacción con otras indemnizaciones legales. La pauta general es sumar daño emergente (gastos reales) + lucro cesante (ingresos que razonablemente se habrían obtenido) +, en su caso, daño moral acreditado. Todo ello sin duplicar conceptos ya cubiertos por un despido improcedente o un finiquito.
Ejemplo 1 (impago salarial reiterado): Salarios debidos + intereses de demora + comisiones/bonus dejados de percibir si estaban pactados y condicionados a objetivos cumplidos. Si el impago conduce a la resolución del contrato, podría reclamarse la indemnización legal correspondiente a esa extinción más los perjuicios adicionales (por ejemplo, gastos financieros por endeudamiento).
Ejemplo 2 (movilidad geográfica injustificada): Gastos de traslado, alojamiento temporal, viajes semanales y diferencia de coste de vida, si se acreditan. Si hubo descenso de rendimiento por fatiga o pérdida de variables, valorar un lucro cesante razonable vinculado a métricas previas de ventas o productividad.
Ejemplo 3 (incumplimiento de prevención de riesgos): Además de la reparación del daño físico o psíquico (tratamientos, bajas médicas), cabe valorar daño moral si se acredita afectación grave. La cuantía suele apoyarse en informes periciales y baremos orientativos de daños personales, sin que sean vinculantes en lo laboral.
- Evita duplicidades con la indemnización por despido u otras compensaciones.
- Usa medias históricas (12 meses) para calcular variables y bonus.
- Sustenta el daño moral en diagnósticos y evolución clínica.
- Documenta con facturas, comparativas de mercado y peritajes.
Regla práctica: cuantifica cada concepto por separado, explicando su base y fuente de datos. Si la empresa propone una cifra global, exige el detalle para comprobar solapes.
Plazos y prescripción de acciones laborales
El tiempo es determinante para no perder el derecho a la indemnización por incumplimiento de contrato laboral. Las acciones laborales tienen plazos de caducidad o prescripción en función de su naturaleza. Los impagos salariales suelen prescribir en el plazo anual desde que debieron pagarse; las impugnaciones de despido tienen plazos cortos (días hábiles) y la reclamación de cantidades o daños derivados de incumplimientos tiene señalado, en general, un horizonte máximo desde el hecho causante o su consolidación.
Además, ciertos trámites interrumpen la prescripción, como la papeleta de conciliación. Por ello, es crucial presentar escritos en tiempo, conservando justificantes de registro. Si el daño es continuado (por ejemplo, modificaciones de jornada irregulares durante meses), conviene delimitar periodos reclamables y cuantificar tramo a tramo, precisando fechas, importes y pruebas de cada mensualidad.
- Identifica el dies a quo: cuándo nació el derecho o se produjo el daño.
- Comprueba si hubo interrupciones por conciliación, requerimientos fehacientes o reclamaciones previas.
- En daños continuados, segmenta la reclamación por periodos para maximizar recuperabilidad.
Ignorar plazos es el error más común. Aunque existan negociaciones internas, no confíes en promesas verbales: registra todo y acciona en plazo. Si se plantea una extinción por incumplimiento, sincroniza la estrategia: puede resultar preferible accionar por resolución contractual con daños y perjuicios, en lugar de esperar a un eventual despido, para evitar la caducidad de pretensiones accesorias.
Recordatorio: anota en calendario el vencimiento de cada concepto (salarios, bonus, dietas, gastos) y genera alertas con margen suficiente para preparar la conciliación y la demanda.
Procedimiento para reclamar: vía interna, conciliación y juicio
La hoja de ruta para reclamar una indemnización por incumplimiento de contrato laboral equilibrará tiempos, costes y probabilidades de éxito. Lo razonable es empezar por una vía interna: comunicar a RR. HH. o a la dirección el incumplimiento, proponer una solución y otorgar un plazo breve. Aporta prueba documental y deja constancia fehaciente (correo con acuse, burofax o registro). Esta fase puede encauzar una rectificación inmediata o un acuerdo indemnizatorio.
Si no hay respuesta, se presenta la papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente. Este acto interrumpe la prescripción y ofrece un escenario para negociar: pago de cantidades debidas, reconocimiento de daños, reubicación o extinción indemnizada. Es clave llevar una propuesta económica desglosada, con plan B (mínimos aceptables) y plan C (criterios si se va a juicio).
De fracasar la conciliación, se interpone demanda ante el juzgado de lo social. La estrategia procesal debe definir pretensiones claras (cumplimiento, indemnización, resolución) y una estructura probatoria ordenada: testigos, periciales, informes médicos, documentación económica. Prepara un informe ejecutivo que resuma hechos, pruebas y cálculo, facilitando al juez la comprensión y la cuantificación.
- Valora medidas cautelares si el daño puede agravarse (p. ej., protección de datos, prevención de riesgos).
- Evita mezclar pretensiones incompatibles; prioriza lo que maximiza resultado y reduce riesgo.
- Cuantifica con alternativas: principal y subsidiaria, para dar opciones al juzgador.
Tip de negociación: lleva comparables: tablas salariales, medias históricas de variables y estimaciones de mercado. Un anclaje sólido mejora el acuerdo en conciliación.
Diferencias con despido improcedente, finiquito y otros conceptos
Conviene distinguir la indemnización por incumplimiento de contrato laboral de otras figuras próximas. En el despido improcedente, la indemnización suele estar tasada por ley y se vincula a la antigüedad y salario; su objetivo es compensar la ruptura unilateral sin causa. En el finiquito, se liquidan partidas devengadas y no pagadas (salario del mes, vacaciones, pagas extra proporcionales), pero no se repara un daño adicional.
La indemnización por incumplimiento, en cambio, persigue resarcir daños concretos (emergente, lucro cesante y, en su caso, moral). Puede acumularse a otras acciones cuando proceda, pero hay que evitar dobles cobros: si una partida ya queda cubierta por la indemnización legal del despido, no debe replicarse en daños y perjuicios, salvo que exista perjuicio adicional específico demostrable.
- Despido objetivo: indemnización legal predeterminada; no implica necesariamente incumplimiento previo.
- Modificación sustancial: puede impugnarse y, si genera daños, reclamarlos aparte.
- Resolución a instancia del trabajador: procede cuando la empresa incumple gravemente; permite reclamar compensación y salarios hasta la fecha de extinción.
También difiere de la penalización por cláusulas (p. ej., permanencia o no competencia), que operan por pacto previo y exigen requisitos de validez (contraprestación, proporcionalidad, alcance temporal y geográfico). En la reclamación de daños por incumplimiento, la cuantificación es casuística, basada en pruebas y en el impacto real sobre la persona trabajadora o la empresa.
Clave: dibuja un mapa de conceptos: finiquito (devengos), indemnización legal (tasada), daños y perjuicios (personalizada). Así evitarás solapamientos y optimizarás el resultado.
Papel del convenio colectivo y del contrato individual
El convenio colectivo y el contrato individual marcan el perímetro de derechos y obligaciones cuya vulneración puede dar lugar a una indemnización por incumplimiento de contrato laboral. El convenio fija salarios base, complementos, categorías, jornadas, turnos, pluses y procedimientos de movilidad o modificación; el contrato concreta el puesto, funciones, retribución pactada, variables, teletrabajo, disponibilidad, así como cláusulas de confidencialidad, formación o equipos.
Cuando un incumplimiento afecta a condiciones mínimas del convenio (por ejemplo, salario por debajo de tablas o no abono de pluses obligatorios), la reparación incluye cantidades debidas e intereses y, si hay perjuicio adicional, daños y perjuicios. Si el incumplimiento vulnera una cláusula contractual específica (p. ej., un variable garantizado por objetivos logrados o el pago de gastos de teletrabajo), la reclamación se centra en la evidencia del pacto y el cálculo riguroso del daño.
- Revisa el ámbito y vigencia del convenio aplicable (sectorial, empresa, centro).
- Contrasta el texto del contrato y anexos con las prácticas reales (horarios, funciones, objetivos).
- Identifica cláusulas penales o compensatorias que regulen consecuencias del incumplimiento.
La interacción convenio–contrato exige respetar la regla de condición más beneficiosa y la jerarquía normativa. Mejoras contractuales no pueden ser erosionadas sin acuerdo o causa procedimental. En litigio, aporta el texto completo del convenio, tablas salariales y circulares internas que reflejen la política de variables. Si la empresa invoca políticas unilaterales para negar un variable devengado, confronta con cláusulas, comunicaciones comerciales y métricas de desempeño.
Truco documental: guarda anexos de objetivos, correos de validación de bonus, actas de evaluación y capturas de CRMs. Son la base para reclamar variables y pluses incumplidos.
Estrategia práctica: checklist y errores comunes
Una buena estrategia aumenta la probabilidad de éxito y acorta tiempos. Antes de reclamar la indemnización por incumplimiento de contrato laboral, efectúa un diagnóstico objetivo: ¿qué obligación se incumplió? ¿desde cuándo? ¿qué daño concreto generó? ¿cómo lo probarás? Define el objetivo (corrección de la conducta, pago de cantidades, resolución indemnizada) y alinea las acciones con los plazos.
- Checklist: Identificación del incumplimiento, cronología, cuantificación por conceptos, inventario de pruebas, preaviso interno documentado, papeleta de conciliación preparada, demanda lista con peticiones principal y subsidiaria.
- Negociación: Anclaje razonado con cifras comparables, alternativas de cobro (pago único o fraccionado), garantías (intereses por demora, penalización por impago).
- Riesgo: Evalúa costes probatorios (periciales), mensajes contradictorios y exposición reputacional.
Errores frecuentes: no separar conceptos (duplicidades con despido o finiquito), reclamar daño moral sin soporte clínico, presentar cálculos genéricos, confiar en promesas verbales, dejar vencer plazos o renunciar a pruebas por “ser internas”. Otro fallo común es no construir un relato coherente con fechas, pruebas y consecuencias. Un argumento sólido es cronológico, verificable y cuantificado.
Plantilla express de cálculo: Daño emergente (facturas + recibos) + Lucro cesante (media variables 12 meses × periodo) + Daño moral (pericial/diagnóstico) − importes ya satisfechos en finiquito o indemnización legal.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar indemnización sin extinguir el contrato? Sí. Si prefieres mantener el vínculo, puedes exigir cumplimiento e indemnización por los daños causados. Solo si el incumplimiento es grave y persistente puede valorarse la resolución con daños y perjuicios.
¿Qué pruebas son más eficaces? Documentales (contrato, anexos, nóminas, correos), registros de jornada, informes periciales y testificales coherentes. La cronología y la cuantificación detallada convencen más que declaraciones genéricas.
¿Cómo se calcula el daño moral? Requiere evidencia médica o psicológica del impacto (diagnósticos, tratamientos, bajas), además de la exposición de hechos. Suele estimarse de forma prudente y proporcional a la gravedad acreditada.
¿Qué diferencia hay con el despido improcedente? El despido improcedente conlleva una indemnización legal tasada por antigüedad. La indemnización por incumplimiento es casuística y compensa daños reales adicionales, evitando duplicidades con lo ya cubierto por el despido o el finiquito.
¿Conviene pactar o ir a juicio? Si la propuesta cubre cantidades debidas y un porcentaje razonable de daños, pactar ahorra tiempo y riesgos probatorios. Si la empresa niega hechos probados o minimiza daños sin base, el juicio puede ser más adecuado con un expediente probatorio sólido.