Denunciar a la empresa por impago de nómina
Guía completa para denunciar a la empresa por impago de nómina: pasos legales, plazos, modelos de reclamación, pruebas necesarias y derechos del trabajador.
Índice
- ¿Qué es el impago de nómina y cuándo se considera ilegal?
- Derechos del trabajador ante el impago de nómina
- Plazos para reclamar salarios impagados
- Pruebas necesarias para denunciar a la empresa
- Reclamación extrajudicial y requerimiento previo
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo
- Demanda judicial por impago de nómina
- Extinción del contrato con indemnización por impago
- Casos especiales y situaciones frecuentes
- Consejos prácticos antes de denunciar a la empresa
- Modelo orientativo de reclamación por impago de nómina
- Preguntas frecuentes sobre impago de nómina
¿Qué es el impago de nómina y cuándo se considera ilegal?
El impago de nómina se produce cuando la empresa no abona al trabajador el salario pactado en el contrato de trabajo, en el convenio colectivo o en la normativa laboral aplicable, dentro del plazo legal o habitual. No solo se considera impago la ausencia total de salario, sino también el retraso reiterado en el pago o el abono parcial de cantidades inferiores a las debidas.
En España, el Estatuto de los Trabajadores establece que el salario debe pagarse puntualmente y en la fecha y lugar convenidos. Aunque la ley no fija un día concreto, lo habitual es que el pago se realice una vez al mes, y el retraso injustificado puede dar lugar a reclamaciones, recargos por mora e incluso a la extinción indemnizada del contrato si el incumplimiento es grave y continuado.
- Impago total de uno o varios meses de salario.
- Retrasos continuados en el abono de la nómina (pagos muy fuera de fecha).
- Pago parcial del salario (faltan pluses, horas extra, comisiones, etc.).
- No abono de pagas extraordinarias cuando corresponden.
- No ingreso de cantidades reconocidas en nómina o en acuerdos previos.
Que la empresa atraviese dificultades económicas no la exime de su obligación de pagar el salario. Los problemas de liquidez no justifican el impago de nómina y no impiden al trabajador reclamar judicialmente las cantidades adeudadas.
Derechos del trabajador ante el impago de nómina
Ante el impago o retraso continuado de salarios, el trabajador cuenta con una serie de derechos y herramientas legales para protegerse. No es necesario "aguantar" indefinidamente la situación: la legislación laboral ofrece mecanismos para reclamar las cantidades y, en casos graves, para romper la relación laboral con derecho a indemnización y prestación por desempleo.
- Derecho a percibir el salario íntegro y puntual según contrato y convenio.
- Derecho a reclamar judicialmente las cantidades adeudadas.
- Derecho a solicitar intereses por mora salarial.
- Derecho a denunciar ante la Inspección de Trabajo.
- Derecho a solicitar la extinción indemnizada del contrato por impago grave.
- Derecho a asesoramiento y representación sindical o de abogado laboralista.
Además, el trabajador está protegido frente a represalias por ejercer sus derechos. Si la empresa responde a la reclamación con un despido o sanción injustificada, esta actuación puede ser calificada como nula o improcedente, con las consecuencias legales correspondientes.
Es recomendable documentar desde el primer momento cualquier retraso o impago y comunicarlo por escrito a la empresa. Esto refuerza la posición del trabajador en una eventual reclamación judicial o administrativa.
Plazos para reclamar salarios impagados
El tiempo es un factor clave cuando se trata de denunciar a la empresa por impago de nómina. La ley establece plazos de prescripción para reclamar salarios y otros conceptos económicos derivados de la relación laboral. Si se dejan pasar estos plazos, se pierde el derecho a exigir judicialmente las cantidades adeudadas.
- Plazo general de 1 año para reclamar salarios, pagas extra, pluses, comisiones y otros conceptos retributivos.
- El plazo se cuenta desde el día en que la cantidad debió pagarse y no se hizo.
- Cada nómina impagada tiene su propio plazo de prescripción independiente.
- La presentación de una papeleta de conciliación interrumpe la prescripción.
Es importante no confundir el plazo para reclamar salarios con otros plazos laborales, como el de 20 días hábiles para impugnar un despido. En materia de impago de nómina, el margen es mayor, pero no por ello debe demorarse la reclamación, ya que la situación económica del trabajador suele ser delicada y la empresa puede empeorar su solvencia con el tiempo.
Como regla práctica, conviene iniciar la reclamación en cuanto se produzca el primer impago o retraso grave, sin esperar a acumular varios meses. De este modo se evita la pérdida de derechos por prescripción y se envía un mensaje claro a la empresa sobre la voluntad de defender el salario.
Pruebas necesarias para denunciar a la empresa
Para denunciar a la empresa por impago de nómina y tener opciones reales de éxito, es fundamental reunir y conservar todas las pruebas posibles. El objetivo es demostrar la existencia de la relación laboral, el salario pactado y las cantidades efectivamente impagadas o abonadas con retraso.
- Contrato de trabajo y anexos salariales.
- Nóminas emitidas, aunque no se hayan cobrado.
- Extractos bancarios que acrediten los pagos realizados y los meses sin ingreso.
- Correos electrónicos, mensajes o comunicaciones internas sobre el salario.
- Cuadrantes de trabajo, partes de horas, hojas de fichaje o registros de jornada.
- Comprobantes de comisiones, incentivos o variables pactados.
- Cualquier documento donde la empresa reconozca la deuda salarial.
En algunos casos, también puede ser útil el testimonio de compañeros de trabajo o representantes de los trabajadores, especialmente si el impago afecta a varias personas de la plantilla. No obstante, la prueba documental suele ser la más determinante en los procedimientos laborales.
Antes de iniciar cualquier reclamación formal, realiza una carpeta (física o digital) con toda la documentación relacionada con tu salario. Mantén copias de seguridad y evita entregar los originales sin recibir un justificante de recepción.
Reclamación extrajudicial y requerimiento previo
Antes de presentar una demanda judicial por impago de nómina, es aconsejable (y en la práctica casi imprescindible) realizar una reclamación extrajudicial a la empresa. Este paso sirve para dejar constancia formal del conflicto, intentar una solución amistosa y, en algunos casos, interrumpir la prescripción de las cantidades adeudadas.
La reclamación extrajudicial puede adoptar distintas formas, pero lo más recomendable es utilizar un medio que permita acreditar su envío y recepción, como el burofax con certificación de contenido, el correo electrónico con firma digital o la entrega en mano con copia sellada por la empresa.
- Identificación del trabajador y de la empresa.
- Descripción clara de los salarios o conceptos impagados.
- Detalle de los meses afectados y cantidades aproximadas.
- Referencia a las nóminas emitidas o al salario pactado.
- Requerimiento de pago en un plazo concreto (por ejemplo, 7-10 días).
- Advertencia de que, en caso de no pago, se iniciarán acciones legales.
Aunque esta reclamación no es estrictamente obligatoria para poder demandar, sí es muy útil como prueba de la buena fe del trabajador y de la negativa de la empresa a regularizar la situación. Además, en ocasiones la empresa reacciona y paga al recibir un requerimiento formal, evitando así el conflicto judicial.
Conserva siempre el justificante de envío del burofax o del medio utilizado, así como la copia del escrito remitido. Estos documentos pueden resultar decisivos en un juicio laboral por impago de nómina.
Denuncia ante la Inspección de Trabajo
Una de las vías para denunciar a la empresa por impago de nómina es acudir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Este organismo administrativo tiene competencias para investigar los hechos, requerir documentación a la empresa y, en su caso, imponer sanciones económicas por infracciones laborales graves o muy graves.
La denuncia puede presentarse de forma presencial o telemática, y no requiere necesariamente la intervención de abogado. Es posible denunciar de manera individual o colectiva, si varios trabajadores se encuentran en la misma situación de impago.
- Datos identificativos del denunciante (salvo que se opte por una comunicación reservada).
- Datos de la empresa (nombre, CIF, domicilio, centro de trabajo).
- Descripción detallada de los impagos o retrasos salariales.
- Fechas aproximadas y número de nóminas afectadas.
- Documentación adjunta que respalde los hechos (nóminas, correos, etc.).
Es importante tener en cuenta que la Inspección de Trabajo no se encarga de pagar los salarios ni de condenar a la empresa a abonar cantidades concretas. Su función es sancionadora y de control del cumplimiento de la normativa laboral. Para cobrar los salarios adeudados, será necesario acudir a la vía judicial social mediante demanda.
La actuación de la Inspección puede reforzar tu posición en un juicio, ya que un acta de infracción por impago de salarios constituye una prueba muy sólida del incumplimiento empresarial.
Demanda judicial por impago de nómina
La vía principal para reclamar salarios impagados es la demanda ante el Juzgado de lo Social. Antes de presentar la demanda, en la mayoría de los casos es obligatorio acudir a un acto de conciliación administrativa previa, normalmente ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el órgano equivalente en cada comunidad autónoma.
El procedimiento suele seguir estos pasos: presentación de la papeleta de conciliación, celebración (o intento) del acto de conciliación, y, si no hay acuerdo, interposición de la demanda judicial. En la demanda se detallan las cantidades reclamadas, los periodos afectados y se aportan las pruebas disponibles.
- Identificación de las partes (trabajador y empresa).
- Descripción de la relación laboral (fecha de inicio, categoría, salario).
- Relación de nóminas o conceptos impagados con sus importes.
- Fundamentos jurídicos que respaldan la reclamación.
- Petición de condena a la empresa al pago de las cantidades más intereses.
Aunque no es obligatorio acudir con abogado y graduado social en las reclamaciones de cantidad, es muy recomendable contar con asesoramiento profesional, especialmente cuando existen varios conceptos retributivos, variables o dudas sobre la cuantía exacta a reclamar.
Recuerda que el plazo de un año para reclamar salarios se interrumpe con la presentación de la papeleta de conciliación. No esperes al último momento para iniciar el procedimiento, ya que la preparación de la documentación y el cálculo de cantidades lleva tiempo.
Extinción del contrato con indemnización por impago
Cuando el impago de nómina es grave y reiterado, el trabajador no solo puede reclamar las cantidades adeudadas, sino también solicitar la extinción del contrato de trabajo con derecho a indemnización similar a la del despido improcedente y acceso a la prestación por desempleo, siempre que cumpla los requisitos de cotización.
Esta posibilidad está prevista en el Estatuto de los Trabajadores como una causa de resolución del contrato a instancia del trabajador, basada en el incumplimiento grave de las obligaciones empresariales. Para ello, es necesario presentar una demanda específica ante el Juzgado de lo Social, en la que se solicite expresamente la extinción indemnizada por impago de salarios.
- Impago de varias nóminas consecutivas o retrasos continuados en el tiempo.
- Falta de regularización pese a los requerimientos del trabajador.
- Situación económica insostenible para el trabajador por ausencia de ingresos.
- Otros incumplimientos graves añadidos (falta de alta en Seguridad Social, etc.).
Si el juez estima la demanda, declarará extinguida la relación laboral y condenará a la empresa a abonar la indemnización correspondiente, además de los salarios pendientes. La cuantía de la indemnización dependerá de la antigüedad del trabajador y de la normativa vigente en el momento de la contratación.
No abandones el puesto de trabajo por tu cuenta sin asesorarte. Si dejas de acudir sin una resolución judicial o un acuerdo documentado, la empresa podría alegar baja voluntaria, con la consiguiente pérdida de indemnización y, en muchos casos, de acceso al paro.
Casos especiales y situaciones frecuentes
No todos los impagos de nómina se presentan de la misma forma. Existen situaciones particulares que generan dudas en los trabajadores y que conviene analizar con detalle para saber cómo actuar y qué opciones legales existen en cada caso concreto.
- Impago de comisiones o variables: suelen requerir una prueba más compleja, ya que dependen de objetivos, ventas o resultados. Es clave conservar informes, correos y cualquier documento que acredite su devengo.
- Pagas extra prorrateadas o no abonadas: si el convenio prevé pagas extraordinarias y no se abonan ni se prorratean correctamente, también pueden reclamarse como impago salarial.
- Impago en contratos temporales o por obra: el fin de contrato no impide reclamar salarios pendientes. Incluso tras la finalización, se mantiene el plazo de un año para exigir las cantidades.
- Empresas en concurso de acreedores: la reclamación se dirige al administrador concursal y, en determinados casos, puede intervenir el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) para cubrir parte de los salarios e indemnizaciones.
- Trabajadores sin contrato escrito: la ausencia de contrato no elimina los derechos salariales. La relación laboral puede acreditarse por otros medios (altas en Seguridad Social, correos, testigos, etc.).
Cada una de estas situaciones requiere un enfoque procesal específico y un análisis detallado de la documentación disponible. Por ello, en casos complejos o cuando la cuantía es elevada, es especialmente recomendable contar con el apoyo de un profesional especializado en derecho laboral.
Antes de tomar decisiones drásticas (como dejar de acudir al trabajo o firmar acuerdos de saldo y finiquito), solicita asesoramiento. Un mal paso puede limitar o incluso anular tu derecho a reclamar cantidades importantes.
Consejos prácticos antes de denunciar a la empresa
Denunciar a la empresa por impago de nómina es una decisión relevante que puede afectar a la relación laboral y al futuro profesional. Por ello, conviene actuar con prudencia, planificación y respaldo documental, evitando actuaciones impulsivas que perjudiquen la posición del trabajador.
- No firmes nóminas como "recibidas" si no has cobrado o, en su caso, añade la mención "no percibida" junto a tu firma.
- Evita acuerdos verbales sobre pagos futuros sin dejar constancia escrita.
- Consulta el convenio colectivo aplicable para verificar salarios mínimos, plazos de pago y posibles recargos.
- Habla con otros compañeros para saber si la situación es generalizada y valorar acciones conjuntas.
- Acude a un sindicato o abogado laboralista para que revise tu caso concreto y calcule las cantidades exactas.
- Planifica tu economía personal ante la posibilidad de que el proceso se alargue en el tiempo.
También es importante mantener la calma en el trato diario con la empresa. Aunque la situación sea tensa, un comportamiento profesional y respetuoso ayuda a evitar conflictos añadidos y refuerza la imagen de buena fe del trabajador ante un eventual juez.
Documenta por escrito todas las conversaciones relevantes sobre el impago. Tras una reunión verbal, puedes enviar un correo electrónico resumiendo lo hablado para que quede constancia de la postura de cada parte.
Modelo orientativo de reclamación por impago de nómina
Contar con un modelo de reclamación por impago de nómina puede facilitar el primer paso para exigir formalmente el pago a la empresa. A continuación se ofrece un ejemplo orientativo de escrito que puede adaptarse a cada caso concreto. No sustituye al asesoramiento profesional, pero sirve como guía básica.
Asunto: Reclamación de salarios impagados
A la atención de [Nombre de la empresa / Representante legal]
Yo, D./Dª [Nombre y apellidos], con DNI [número], trabajador/a de esa empresa desde fecha [dd/mm/aaaa], con categoría profesional de [categoría] y centro de trabajo en [dirección], por medio del presente escrito expongo:
1. Que vengo prestando mis servicios de forma continuada para esa empresa, percibiendo un salario mensual bruto de [importe] euros, según contrato de trabajo y convenio colectivo de aplicación.
2. Que, a la fecha de este escrito, la empresa mantiene impagadas las siguientes cantidades en concepto de salario:
- Nómina del mes de [mes/año] por importe de [importe] euros.
- Nómina del mes de [mes/año] por importe de [importe] euros.
- [Otros conceptos: pagas extra, pluses, comisiones, etc.]
3. Que, pese a las reclamaciones verbales realizadas, la situación de impago persiste, vulnerando lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo aplicable.
Por todo ello,
SOLICITO que, en el plazo máximo de [7/10] días desde la recepción de este escrito, se proceda al abono íntegro de las cantidades adeudadas, advirtiendo de que, en caso contrario, me veré obligado/a a ejercitar las acciones legales oportunas en defensa de mis derechos, incluyendo la reclamación judicial de cantidad y, en su caso, la solicitud de extinción indemnizada de la relación laboral.
En [localidad], a [fecha].
Firmado: [Nombre y apellidos]
Este modelo puede enviarse por burofax con certificación de contenido o entregarse en mano solicitando que la empresa selle una copia como justificante de recepción. Es aconsejable conservar siempre una copia del escrito y del resguardo de envío.
Preguntas frecuentes sobre impago de nómina
¿Cuántos meses de impago necesito para denunciar a la empresa?
No es necesario acumular varios meses de impago para poder denunciar. Desde el primer salario impagado o retraso grave puedes iniciar una reclamación de cantidad. Ahora bien, para solicitar la extinción del contrato con indemnización suele exigirse un incumplimiento más grave y continuado, como varios meses sin cobrar o retrasos sistemáticos en el pago.
¿Puedo dejar de ir a trabajar si no me pagan la nómina?
En general, no es recomendable dejar de acudir al trabajo por decisión unilateral, aunque exista impago de nómina. Si lo haces sin respaldo legal, la empresa podría considerarlo abandono del puesto o baja voluntaria. Lo adecuado es seguir el cauce legal: reclamar por escrito, acudir a conciliación y, en su caso, solicitar judicialmente la extinción del contrato con indemnización.
¿Qué ocurre si la empresa entra en concurso de acreedores?
Si la empresa entra en concurso, tus créditos salariales se integran en el procedimiento concursal. Debes comunicar la deuda al administrador concursal para que la reconozca. Además, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede llegar a cubrir parte de los salarios e indemnizaciones impagados, dentro de ciertos límites legales de cuantía y tiempo.
¿Puedo denunciar de forma anónima el impago de nómina?
Ante la Inspección de Trabajo es posible presentar comunicaciones reservadas, en las que se protege la identidad del denunciante frente a la empresa. Sin embargo, para reclamar judicialmente los salarios impagados es imprescindible identificarse como parte demandante, ya que el juez debe saber quién reclama y qué cantidades se le adeudan.
¿Necesito abogado para denunciar a la empresa por impago de nómina?
En las reclamaciones de cantidad ante los Juzgados de lo Social no es obligatorio acudir con abogado o graduado social, aunque sí es muy recomendable, sobre todo cuando hay varios conceptos retributivos, periodos largos de impago o se quiere solicitar también la extinción indemnizada del contrato. Un profesional puede ayudarte a calcular correctamente las cantidades y a plantear la estrategia más adecuada.
Ante cualquier duda específica sobre tu caso, lo más prudente es solicitar una consulta personalizada con un abogado laboralista o con los servicios jurídicos de tu sindicato. Cada situación tiene matices que pueden cambiar la estrategia a seguir.
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