Acoso laboral por compañeros: qué hacer
Guía práctica para afrontar el acoso laboral por compañeros: señales, pruebas, vías internas y acciones legales para protegerte y frenar la situación a tiempo.
Índice
- Qué es el acoso laboral entre compañeros
- Señales y ejemplos frecuentes
- Marco legal en España y obligaciones de la empresa
- Primeros pasos: qué hacer de inmediato
- Cómo recopilar y proteger pruebas
- Comunicar la situación a RR. HH. y dirección
- Cuidar tu salud y buscar apoyo
- Vías externas: Inspección y acciones legales
- Preguntas frecuentes
Qué es el acoso laboral entre compañeros
El acoso laboral por compañeros, también denominado mobbing horizontal, es cualquier conducta reiterada y sistemática de hostigamiento, humillación, aislamiento o violencia psicológica ejercida por personas del mismo nivel jerárquico con el fin de desestabilizar, degradar o hacer que la víctima abandone su puesto. A diferencia de los conflictos puntuales, el acoso se caracteriza por su continuidad en el tiempo, su intencionalidad lesiva y su impacto en la dignidad y salud de la persona trabajadora. Puede manifestarse de manera abierta —burlas, insultos, rumores— o sutil —exclusión de reuniones, silencios coordinados, sobrecarga de tareas inviables—, pero en ambos casos vulnera derechos fundamentales como la integridad moral y la no discriminación en el empleo.
Para distinguir el acoso de un mero desencuentro, conviene analizar tres factores: frecuencia, duración e impacto. Cuando las conductas hostiles se repiten a lo largo de semanas o meses, provienen de varios compañeros o de un mismo grupo, y causan ansiedad, miedo, alteraciones del sueño o reducción del rendimiento por causa del clima hostil, estamos ante indicios sólidos. Asimismo, el acoso puede coexistir con discriminaciones por razón de sexo, origen, edad, orientación o discapacidad, o con represalias por denuncias previas, lo que agrava la calificación jurídica de los hechos y las responsabilidades de la empresa.
Idea clave: el acoso laboral entre compañeros no es una “mala relación”. Es una vulneración de la dignidad que exige intervención temprana, registro de pruebas y activación de protocolos internos.
- Conductas reiteradas y coordinadas, no incidentes aislados.
- Intencionalidad de humillar, excluir o forzar la salida.
- Impacto real en la salud, el rendimiento y la vida personal.
Señales y ejemplos frecuentes
Identificar patrones es esencial para actuar con rigor. Las señales más habituales incluyen la exclusión social (no invitar a reuniones, chats o comidas), el ninguneo de aportaciones (silencios, interrupciones, mofas), la difusión de rumores que dañan la reputación profesional, la asignación deliberada de tareas imposibles con plazos irrealistas o instrucciones contradictorias y, en el extremo, las ofensas directas o gritos delante de terceros. También son frecuentes las microagresiones: miradas despectivas, bromas reiteradas sobre la persona, cuestionamientos públicos de su competencia o la atribución sistemática de errores ajenos.
En entornos digitales, el acoso puede trasladarse a canales corporativos o privados: bombardear con mensajes fuera de horario, dejar en visto de forma coordinada, ridiculizar en grupos, o crear hilos paralelos para excluir. La clave es la repetición y el efecto acumulativo. Cuando varias señales convergen, es prudente iniciar un diario de incidencias y conservar respaldos de comunicaciones con marcas de tiempo.
- Bloqueo de información: te dejan fuera de briefings críticos.
- Ridiculización: bromas sobre tu acento, edad, formación o cargo.
- Sobrecontrol: exigencia de reportes excesivos solo a ti.
- Boicot: modifican documentos sin avisar para exponerte a errores.
- Aislamiento: te ubican lejos del equipo o te relegan del chat.
Marco legal en España y obligaciones de la empresa
En España, la empresa tiene el deber de proteger la seguridad y salud —incluida la psicosocial— de las personas trabajadoras y de prevenir cualquier riesgo, entre ellos la violencia y el acoso. Este deber se deriva de la normativa de prevención de riesgos laborales y de la protección de la dignidad en el trabajo. Además, los convenios colectivos y políticas internas suelen contemplar protocolos frente a acoso laboral y por razón de sexo. Si la compañía conoce o debería conocer la situación y no actúa con diligencia, puede incurrir en infracciones graves, responsabilidades indemnizatorias e incluso en la nulidad de despidos que sean reacción a la denuncia.
La víctima dispone de varias vías: activar el protocolo interno, acudir a la representación legal de las personas trabajadoras, denunciar ante la Inspección de Trabajo o ejercitar acciones judiciales en la jurisdicción social, incluyendo reclamación de daños y medidas cautelares. En casos con base discriminatoria o que afecten a la integridad moral, entran en juego derechos fundamentales con una inversión de la carga de la prueba: bastan indicios razonables para que la empresa deba acreditar que actuó con diligencia y que no hubo vulneración.
Recuerda: la organización está obligada a investigar, adoptar medidas preventivas y garantizar un entorno seguro. La pasividad empresarial agrava su responsabilidad.
Primeros pasos: qué hacer de inmediato
La respuesta temprana mejora la protección y la eficacia probatoria. Empieza por documentar con precisión cada incidente: fecha, hora, lugar, personas presentes, mensajes o tareas implicadas y consecuencias. A continuación, guarda correos, chats, anotaciones y versiones de archivos que demuestren patrones y decisiones injustificadas. Evita discusiones impulsivas: responde de forma corta, profesional y por canales rastreables. Si sientes inseguridad, solicita que toda instrucción sea por escrito.
Paralelamente, revisa el protocolo de acoso de tu empresa y la política disciplinaria. Si existe canal confidencial o buzón ético, valora activarlo. Comunícalo a tu superior directo o, si está implicado o no es fiable, a RR. HH. o a la dirección. Considera hablar con la representación legal de las personas trabajadoras para que acompañen el proceso. Si el acoso impacta en tu salud, pide cita con tu médico y solicita parte de asistencia donde consten síntomas y su relación con el entorno laboral.
- Registra incidencias en un diario con detalle y cronología.
- Centraliza evidencias en una carpeta segura con copias de respaldo.
- Usa comunicación escrita y profesional; evita enfrentamientos verbales.
- Activa el protocolo interno y pide medidas cautelares si procede.
Cómo recopilar y proteger pruebas
La consistencia de las pruebas es decisiva. Prioriza evidencias originales o verificables: correos electrónicos con cabeceras, mensajes de mensajería corporativa, convocatorias de reuniones, actas, versiones de documentos con historial y tickets de sistemas. Evita manipular contenidos; conserva siempre el archivo original y trabaja con copias. Cuando existan testigos, pídeles una declaración escrita y fechada, tanto si pertenecen al equipo como si son de otras áreas. Si hay comunicaciones por WhatsApp u otras apps, realiza capturas completas que muestren fechas, participantes y contexto.
Para reforzar la cadena de custodia, guarda las pruebas en servicios con sello de tiempo o envíalas a ti mismo por burofax o a través de sistemas de evidencia electrónica aceptados. Mantén un índice de pruebas correlativo (E-01, E-02…) y relaciona cada elemento con el incidente registrado en tu diario. Si recibes llamadas hostiles, solicita que toda comunicación se realice por correo. Y recuerda que grabar conversaciones en las que participas suele ser lícito a efectos probatorios; aun así, valora asesorarte antes para garantizar su adecuación al caso.
Consejo práctico: acompaña cada evidencia de una breve nota explicativa (quién, qué, cuándo, por qué es relevante) y ubícala en una carpeta con respaldo cifrado.
Comunicar la situación a RR. HH. y dirección
La comunicación formal es el punto de inflexión para que la empresa active su deber de diligencia. Presenta un escrito claro, con hechos, fechas y personas implicadas, evitando juicios de valor. Solicita la apertura del protocolo de acoso o, en su defecto, una investigación interna con medidas cautelares: separación de equipos, cambio de turnos, mediación neutral o un plan de prevención del riesgo psicosocial. Pide confirmación de recepción y un calendario estimado de actuaciones. Insiste en que se preserve tu confidencialidad y la prohibición de represalias.
Durante la investigación, aporta tu diario de incidencias y tu índice de pruebas. Si te citan a entrevistas, acude acompañado por la representación de las personas trabajadoras o un asesor. Exige que se documenten todas las actuaciones y que se te entregue copia de conclusiones. Si la empresa minimiza, dilata o trivializa la situación, deja constancia por escrito y valora elevar la queja a órganos superiores o activar vías externas.
- Entrega de escrito con hechos objetivos y pruebas adjuntas.
- Solicitud de medidas cautelares para cesar el hostigamiento.
- Acompañamiento sindical o asesoría en reuniones clave.
- Registro de cada interacción y exigencia de trazabilidad.
Cuidar tu salud y buscar apoyo
El acoso laboral por compañeros no solo daña tu trayectoria, también tu bienestar. La ansiedad anticipatoria, el insomnio o la somatización son respuestas habituales ante entornos hostiles. Prioriza la atención médica y psicológica: solicita cita en atención primaria, informa de la relación con el trabajo y pide derivación a salud mental si procede. Conserva informes y partes; además de ayudarte, aportan trazabilidad clínica. Ajusta tu higiene del sueño, limita la exposición a canales hostiles fuera de horario y establece límites claros.
En paralelo, crea una red de apoyo: familia, amistades, compañeros de confianza y representación laboral. Compartir de forma segura lo que ocurre reduce el aislamiento y mejora la estrategia. Si la empresa ofrece servicios de asistencia al empleado, utilízalos. Y considera formaciones en comunicación asertiva y técnicas de manejo de estrés. Cuidar tu salud no es una renuncia: es una condición para defender tus derechos con perspectiva.
Auto-cuidado esencial: respira, documenta, pide ayuda profesional y mantén una rutina saludable. Tu bienestar es la prioridad y también una pieza probatoria.
Vías externas: Inspección y acciones legales
Si la empresa no actúa o lo hace de forma insuficiente, existen vías externas. La Inspección de Trabajo puede investigar, requerir medidas y sancionar. A nivel judicial, puedes reclamar la tutela de derechos fundamentales, la indemnización por daños morales y materiales, e impugnar represalias (sanciones o despidos) vinculadas a tu denuncia. En determinados supuestos, también se analizan responsabilidades por incumplimientos en prevención de riesgos o por discriminación. La elección de la vía y el momento procesal oportuno conviene planificarlos con asesoría especializada.
Para preparar estas acciones, consolida un dossier completo: cronología, evidencias con sello de tiempo, informes médicos, comunicaciones con la empresa y testigos. Valora medidas cautelares —por ejemplo, cambios organizativos— y, si existió lesión de derechos fundamentales, recuerda que basta con indicios razonables para invertir la carga de la prueba. En paralelo, un burofax puede servir para requerir cese de conductas o para dejar constancia de hechos y responsabilidades.
- Inspección de Trabajo: denuncia con relato cronológico y pruebas.
- Vía judicial social: tutela de derechos y reclamación de daños.
- Medidas cautelares y nulidad de represalias vinculadas a la denuncia.
- Uso estratégico de burofax y evidencias electrónicas.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre conflicto y acoso laboral por compañeros? El conflicto suele ser puntual y bilateral; el acoso es sistemático, reiterado y con intención de dañar o excluir. Se manifiesta en patrones continuados (aislamiento, burlas, boicot) que afectan a la salud y al rendimiento.
¿Cómo debo comunicarlo internamente? Por escrito, con hechos, fechas, implicados y pruebas. Solicita la activación del protocolo, medidas cautelares y confirma recepción. Pide confidencialidad y protección frente a represalias.
¿Qué pruebas son más sólidas? Correos con cabecera, chats corporativos, actas de reuniones, versiones de documentos, testificales y evidencias con sello de tiempo. Mantén un índice correlativo y copias de seguridad.
¿Puedo grabar conversaciones? Grabar conversaciones propias suele admitirse como prueba; no difundas a terceros y consulta antes si tienes dudas. Prioriza canales escritos y trazables para instrucciones y decisiones.
¿Qué pasa si la empresa no hace nada? Puedes acudir a la representación de los trabajadores, a Inspección de Trabajo y a la vía judicial para exigir tutela de derechos, medidas y una indemnización por daños.
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