Indemnización por despido sin preaviso
Guía completa sobre la indemnización por despido sin preaviso: requisitos legales, cálculo, plazos, modelos de reclamación y derechos del trabajador en España.
Índice
- ¿Qué es la indemnización por despido sin preaviso?
- Marco legal del preaviso de despido en España
- ¿Cuándo corresponde indemnización por despido sin preaviso?
- Cálculo de la indemnización y salarios por falta de preaviso
- Tipos de despido y efectos sobre el preaviso
- Diferencias entre finiquito e indemnización por despido sin preaviso
- Procedimiento para reclamar la indemnización
- Errores frecuentes y consejos prácticos
- Modelo orientativo de escrito de reclamación
- Preguntas frecuentes
¿Qué es la indemnización por despido sin preaviso?
La indemnización por despido sin preaviso es la compensación económica que el empresario debe abonar al trabajador cuando extingue su contrato de trabajo de forma unilateral y no respeta el plazo de preaviso legal o convencionalmente establecido. No se trata de una "sanción" en sentido estricto, sino de una forma de resarcir al trabajador por la falta de tiempo para reorganizar su situación laboral y económica.
En el ordenamiento laboral español, el preaviso cumple una función de protección: permite al trabajador anticipar la pérdida de su empleo y, en algunos casos, buscar alternativas. Cuando el empresario decide prescindir de ese preaviso, la ley le obliga a abonar los salarios correspondientes a los días de preaviso omitidos, además de la indemnización que, en su caso, corresponda por el tipo de despido (objetivo, improcedente, etc.).
Es fundamental diferenciar entre:
- Indemnización por despido: ligada al tipo de despido (objetivo, improcedente, colectivo, etc.).
- Salarios de preaviso: cuantía adicional cuando no se respeta el plazo de preaviso exigido.
En la práctica, cuando se habla de "indemnización por despido sin preaviso" suele englobarse tanto la indemnización principal por extinción del contrato como el pago de los días de preaviso no concedidos. Sin embargo, desde un punto de vista técnico conviene distinguir ambos conceptos para calcular correctamente lo que corresponde al trabajador.
Marco legal del preaviso de despido en España
El régimen jurídico del preaviso de despido en España se encuentra principalmente en el Estatuto de los Trabajadores (ET), complementado por los convenios colectivos y, en su caso, por el propio contrato de trabajo. Conocer estas fuentes es clave para determinar si el empresario ha incumplido el preaviso y si procede una compensación económica.
- Artículo 53 ET: regula la forma y efectos del despido por causas objetivas, incluyendo el preaviso.
- Artículo 55 ET: establece los requisitos formales del despido disciplinario.
- Artículo 49 ET: recoge las causas de extinción del contrato y menciona el preaviso en determinados supuestos.
- Convenios colectivos: pueden ampliar los plazos de preaviso o fijar condiciones específicas según el sector.
De forma general, el Estatuto prevé un preaviso de 15 días para los despidos objetivos, salvo que el convenio colectivo establezca un plazo distinto. En el despido disciplinario, la ley no exige un plazo de preaviso mínimo, aunque algunos convenios pueden preverlo. En todo caso, la comunicación debe ser siempre por escrito y con expresión clara de la causa.
Puntos clave del marco legal:
- El preaviso es obligatorio en el despido objetivo, salvo pago de salarios sustitutivos.
- La falta de preaviso no convierte automáticamente el despido en improcedente, pero genera derecho a compensación.
- Los convenios colectivos pueden mejorar, pero no empeorar, los mínimos legales.
- La forma escrita del despido es esencial para su validez y para poder impugnarlo.
¿Cuándo corresponde indemnización por despido sin preaviso?
No en todos los despidos existe obligación de preavisar ni, por tanto, derecho a indemnización por su omisión. Es necesario analizar el tipo de despido, la antigüedad del trabajador, el convenio colectivo aplicable y las circunstancias concretas de la extinción del contrato.
Supuestos habituales en los que procede compensación
- Despido objetivo sin preaviso: si el empresario extingue el contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y no respeta el preaviso de 15 días (o el que marque el convenio), debe abonar los salarios correspondientes a esos días.
- Extinción por voluntad del empresario en contratos temporales: cuando el convenio o el contrato prevén un preaviso al finalizar un contrato de duración determinada y este no se respeta, también puede generarse derecho a compensación.
- Mejoras de convenio: si el convenio colectivo establece un preaviso superior al legal y el empresario no lo cumple, deberá abonar los días de preaviso omitidos conforme al salario del trabajador.
Supuestos en los que no suele existir derecho a preaviso
- Despido disciplinario: por norma general, no exige preaviso, salvo que el convenio establezca lo contrario. La empresa puede cesar al trabajador de forma inmediata.
- Periodo de prueba: durante este periodo, cualquiera de las partes puede extinguir el contrato sin necesidad de preaviso, salvo pacto específico.
- Baja voluntaria del trabajador sin preaviso: en este caso, es el trabajador quien puede estar obligado a preavisar, y la falta de preaviso puede generar una compensación a favor de la empresa, no al revés.
Requisitos habituales para reclamar la compensación:
- Existencia de obligación de preaviso (legal, convencional o contractual).
- Incumplimiento total o parcial del plazo de preaviso por parte de la empresa.
- Prueba de la fecha de comunicación del despido y de la fecha de efectos.
- Reclamación dentro de los plazos legales (generalmente 20 días hábiles para impugnar el despido).
Cálculo de la indemnización y salarios por falta de preaviso
Para determinar cuánto corresponde por un despido sin preaviso es necesario diferenciar entre la indemnización por despido y los salarios sustitutivos del preaviso. Ambos conceptos se calculan de forma distinta, aunque parten de una misma base: el salario del trabajador.
1. Cálculo de los salarios por falta de preaviso
Cuando la empresa no respeta el plazo de preaviso, debe abonar al trabajador los días de salario correspondientes a ese periodo. La fórmula básica es la siguiente:
Fórmula orientativa:
Salarios por falta de preaviso = (Salario diario bruto) × (Número de días de preaviso omitidos)
El salario diario bruto se obtiene dividiendo la retribución anual (incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas y complementos salariales habituales) entre 365 días. El número de días de preaviso omitidos será la diferencia entre el plazo legal o convencional y el efectivamente concedido.
2. Cálculo de la indemnización por despido
La indemnización por despido depende del tipo de despido y de la antigüedad del trabajador. A modo orientativo:
- Despido objetivo procedente: 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.
- Despido improcedente: con carácter general, 33 días de salario por año de servicio (con determinados tramos a 45 días para antigüedades anteriores a 12/02/2012), con un máximo de 24 mensualidades.
- Despido disciplinario procedente: no genera derecho a indemnización, salvo mejoras de convenio o pacto individual.
Ejemplo simplificado:
Trabajador con 5 años de antigüedad, salario bruto anual de 24.000 € (aprox. 65,75 €/día), despedido por causas objetivas sin preaviso (15 días omitidos):
- Indemnización por despido objetivo: 20 días × 5 años = 100 días × 65,75 € ≈ 6.575 €.
- Salarios por falta de preaviso: 15 días × 65,75 € ≈ 986,25 €.
- Total aproximado (sin incluir finiquito): 7.561,25 €.
Estos cálculos son orientativos y pueden variar en función de complementos salariales, jornadas parciales, mejoras de convenio y otras circunstancias. Ante cualquier duda, es recomendable solicitar un cálculo profesional detallado o utilizar simuladores fiables con datos actualizados.
Tipos de despido y efectos sobre el preaviso
El derecho a preaviso y a la correspondiente compensación por su falta depende en gran medida del tipo de despido. Diferenciar correctamente cada modalidad es esencial para saber si procede reclamar salarios por preaviso omitido y qué indemnización corresponde.
Despido objetivo
El despido objetivo se fundamenta en causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por ineptitud sobrevenida del trabajador. En este caso, el Estatuto de los Trabajadores exige:
- Comunicación escrita al trabajador, expresando la causa.
- Puesta a disposición simultánea de la indemnización de 20 días por año.
- Preaviso de 15 días, salvo que se abonen los salarios correspondientes a ese periodo.
Si la empresa decide prescindir del preaviso, debe compensar al trabajador con los salarios de esos 15 días. La falta de preaviso, por sí sola, no convierte el despido en improcedente, pero sí genera el derecho al cobro de esa cuantía adicional.
Despido disciplinario
El despido disciplinario se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas de asistencia, indisciplina, ofensas, etc.). La ley no exige preaviso en esta modalidad, por lo que la empresa puede hacer efectivo el despido de forma inmediata desde la entrega de la carta.
Solo si el convenio colectivo establece expresamente un plazo de preaviso para el despido disciplinario podría reclamarse una compensación por su omisión. En la práctica, esto es poco frecuente, pero conviene revisar el convenio aplicable.
Despido improcedente
El despido se declara improcedente cuando no se acredita la causa alegada o no se cumplen los requisitos formales exigidos. En estos casos, el empresario puede optar entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización correspondiente.
La improcedencia puede derivar de múltiples motivos, pero la simple falta de preaviso en un despido objetivo no suele ser suficiente para que el despido sea calificado como improcedente, salvo que se acumule con otros defectos formales o de fondo. Aun así, el trabajador conserva el derecho a reclamar los salarios por preaviso omitido.
Extinción de contratos temporales
En los contratos de duración determinada, el preaviso al finalizar el contrato puede venir regulado por el convenio colectivo o por el propio contrato. Si se exige preaviso y la empresa no lo respeta, el trabajador puede reclamar los días de salario correspondientes.
Resumen de efectos sobre el preaviso:
- Despido objetivo: preaviso obligatorio (15 días) o salarios sustitutivos.
- Despido disciplinario: sin preaviso, salvo mejora de convenio.
- Despido improcedente: se analiza el tipo de despido originario y los defectos formales.
- Contratos temporales: depende de convenio y de lo pactado en el contrato.
Diferencias entre finiquito e indemnización por despido sin preaviso
En muchas ocasiones se confunden los conceptos de finiquito e indemnización por despido, y dentro de esta última, los salarios por falta de preaviso. Entender qué incluye cada partida es esencial para comprobar si la empresa ha abonado correctamente todas las cantidades debidas.
¿Qué es el finiquito?
El finiquito es la liquidación de todas las cantidades pendientes entre empresa y trabajador en el momento de la extinción del contrato, con independencia del motivo de dicha extinción. Suele incluir:
- Salario de los días trabajados y no cobrados del último periodo.
- Parte proporcional de pagas extraordinarias, si no están prorrateadas.
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas.
- Horas extraordinarias pendientes, pluses u otros conceptos salariales.
¿Qué es la indemnización por despido sin preaviso?
La indemnización por despido sin preaviso se refiere, en sentido amplio, a dos conceptos:
- Indemnización por despido: ligada al tipo de despido (objetivo, improcedente, etc.).
- Salarios por preaviso omitido: cuantía adicional cuando la empresa no respeta el plazo de preaviso.
Aunque en la práctica ambas partidas pueden incluirse en el mismo documento de liquidación, es importante que aparezcan desglosadas para poder comprobar su corrección y, en su caso, impugnarlas.
Claves para revisar el finiquito y la indemnización:
- Comprobar que se incluyen todos los conceptos del finiquito (salarios, pagas, vacaciones).
- Verificar que la indemnización por despido se ha calculado con la antigüedad y salario correctos.
- Revisar si se ha respetado el preaviso y, en caso contrario, si se abonan los días omitidos.
- No firmar como "conforme" si existen dudas; es preferible firmar como "no conforme" o "pendiente de revisión".
Procedimiento para reclamar la indemnización
Si consideras que tu empresa no ha respetado el preaviso o no ha abonado correctamente la indemnización por despido, es fundamental actuar dentro de los plazos legales y seguir un procedimiento ordenado. La mayoría de reclamaciones por despido y cantidades se tramitan ante la jurisdicción social.
1. Revisión de la documentación
- Carta de despido (fecha de entrega y fecha de efectos).
- Nóminas de los últimos meses y contrato de trabajo.
- Convenio colectivo aplicable.
- Documento de finiquito e indemnización, si se ha entregado.
2. Plazo para impugnar el despido
El plazo general para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Este plazo es muy estricto y no se interrumpe por reclamaciones internas a la empresa, por lo que es esencial no dejarlo pasar.
3. Papeleta de conciliación
Antes de acudir al Juzgado de lo Social, es obligatorio presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación (SMAC) o el órgano equivalente de tu comunidad autónoma. En este escrito se exponen los hechos, la fecha del despido y las cantidades reclamadas, incluyendo los salarios por falta de preaviso.
4. Demanda ante el Juzgado de lo Social
Si no se alcanza un acuerdo en el acto de conciliación, el siguiente paso es presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. En la demanda se puede solicitar:
- La declaración de improcedencia o nulidad del despido.
- El abono de la indemnización correspondiente.
- El pago de los salarios por falta de preaviso.
- El abono de cantidades pendientes de finiquito, si las hubiera.
Recomendaciones prácticas:
- Solicitar asesoramiento profesional (abogado laboralista, graduado social o sindicato) lo antes posible.
- Conservar copias de toda la documentación y comunicaciones con la empresa.
- No firmar documentos en blanco ni renuncias generales de derechos.
- Controlar estrictamente los plazos de 20 días hábiles para impugnar.
Errores frecuentes y consejos prácticos
En situaciones de despido sin preaviso es habitual que, por desconocimiento o por la presión del momento, se cometan errores que pueden dificultar una posterior reclamación. Conocerlos de antemano ayuda a proteger mejor tus derechos laborales.
Errores habituales del trabajador
- Firmar el finiquito como "conforme" sin revisarlo: esto puede interpretarse como aceptación de las cantidades, dificultando su impugnación posterior.
- No conservar copia de la carta de despido: sin este documento, es más complejo acreditar fechas y causas.
- Confiar en explicaciones verbales: lo que no conste por escrito será difícil de probar ante un juez.
- Dejar pasar el plazo de 20 días hábiles: transcurrido este plazo, la acción de despido caduca.
Consejos para proteger tus derechos
- Solicita siempre copia de la carta de despido y del finiquito.
- Firma los documentos como "no conforme" si no estás seguro de los cálculos.
- Anota la fecha exacta en la que te comunican el despido y la fecha de efectos.
- Revisa el convenio colectivo para comprobar los plazos de preaviso aplicables.
- Acude a un profesional especializado en derecho laboral para revisar tu caso.
Checklist rápida ante un despido sin preaviso:
- ¿Te han entregado carta de despido por escrito?
- ¿Consta la fecha de efectos del despido?
- ¿Se ha respetado el preaviso que marca la ley o el convenio?
- ¿El finiquito incluye salarios, vacaciones y pagas extra?
- ¿Se ha calculado y abonado la indemnización que corresponde?
Modelo orientativo de escrito de reclamación
A continuación se ofrece un modelo orientativo de escrito para reclamar a la empresa la indemnización por despido sin preaviso y los salarios correspondientes a los días de preaviso omitidos. Este modelo no sustituye el asesoramiento profesional y debe adaptarse a las circunstancias concretas de cada caso.
Modelo básico de reclamación previa a la vía judicial:
A la atención de [Nombre de la empresa] Departamento de Recursos Humanos D./Dª [Nombre y apellidos del trabajador], con DNI [número], con domicilio a efectos de notificaciones en [dirección completa], que ha venido prestando servicios para esa empresa con la categoría profesional de [categoría] y fecha de antigüedad [fecha], EXPONE: Primero.- Que con fecha [fecha de comunicación] le fue notificado despido por causas [objetivas/disciplinarias/otras], con efectos desde [fecha de efectos]. Segundo.- Que, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo de aplicación [indicar], en el presente caso resultaba exigible un plazo de preaviso de [número] días, que no ha sido respetado por la empresa. Tercero.- Que dicha falta de preaviso genera el derecho al abono de los salarios correspondientes a los días de preaviso omitidos, calculados sobre el salario diario bruto de [importe] €, lo que supone un total de [importe] €. Cuarto.- Que, asimismo, se solicita revisión de la indemnización por despido abonada, al considerar que no se ajusta a los criterios legales y convencionales aplicables, reservándose el derecho a impugnar el despido ante la jurisdicción social. Por todo lo expuesto, SOLICITA: 1.º Que en el plazo máximo de [número] días se proceda al abono de la cantidad de [importe] € en concepto de salarios por falta de preaviso, así como a la regularización de la indemnización por despido, si procede. 2.º Que se entregue al trabajador liquidación y finiquito detallados, con desglose de todos los conceptos abonados. En [localidad], a [fecha]. Firma del trabajador [Nombre y apellidos]
Este escrito puede utilizarse como base para una reclamación interna a la empresa o como referencia para la redacción de la papeleta de conciliación. En cualquier caso, es aconsejable que un profesional revise el contenido antes de su presentación para adaptarlo a la normativa vigente y a la realidad de tu relación laboral.
Preguntas frecuentes
¿La falta de preaviso hace que el despido sea improcedente?
No necesariamente. La falta de preaviso en un despido objetivo genera el derecho a percibir los salarios correspondientes a los días de preaviso omitidos, pero por sí sola no convierte el despido en improcedente. Para que el despido sea declarado improcedente deben concurrir otros defectos, como la inexistencia de causa real o la falta de requisitos formales esenciales.
¿Puedo cobrar paro si me despiden sin preaviso?
Sí. El derecho a la prestación por desempleo no depende de que exista o no preaviso, sino de que la extinción del contrato sea involuntaria y de que se cumplan los requisitos de cotización y alta en la Seguridad Social. El despido sin preaviso no impide, por tanto, solicitar y cobrar el paro, siempre que se cumplan las condiciones generales.
¿Qué plazo tengo para reclamar la indemnización por despido sin preaviso?
El plazo general para impugnar el despido y reclamar la indemnización, incluidos los salarios por falta de preaviso, es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Este plazo se cuenta excluyendo sábados, domingos y festivos, y se interrumpe con la presentación de la papeleta de conciliación. Es fundamental no dejar transcurrir este plazo sin actuar.
¿La empresa puede obligarme a firmar el finiquito en el momento del despido?
La empresa puede presentar el finiquito en el momento del despido, pero no puede obligarte a firmarlo como conforme si no estás de acuerdo o no has podido revisarlo. Puedes firmar haciendo constar "no conforme" o "pendiente de revisión" y solicitar una copia para analizarla con calma o con ayuda de un profesional antes de aceptar las cantidades.
¿Qué ocurre si el convenio colectivo establece un preaviso distinto?
Si el convenio colectivo fija un plazo de preaviso superior al legal, la empresa debe respetar ese plazo o abonar los salarios correspondientes a los días de preaviso omitidos. El convenio actúa como una mejora de las condiciones mínimas establecidas por la ley y es plenamente exigible, siempre que esté vigente y sea aplicable a tu relación laboral.
¿Necesitas orientación legal?
Te explicamos opciones generales y, si lo solicitas, te ponemos en contacto con un profesional colegiado colaborador independiente.