
Despido nulo por discriminación: guía práctica
Publicado el 15 de agosto de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 15 min
Índice
- Qué es el despido nulo por discriminación
- Supuestos frecuentes y ejemplos
- Derechos y efectos: readmisión y salarios
- Cómo reunir pruebas e indicios
- Plazos y procedimiento
- Conciliación y estrategia negociadora
- Cálculo de salarios de tramitación
- Casos especiales: embarazo, discapacidad y represalias
- Errores comunes y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Qué es el despido nulo por discriminación
El despido nulo por discriminación es la sanción jurídica que invalida una extinción del contrato de trabajo cuando la decisión empresarial vulnera derechos fundamentales o se basa, directa o indirectamente, en motivos discriminatorios. En la práctica, significa que el cese carece de efectos y la relación laboral debe restablecerse como si el despido nunca hubiera ocurrido. Esta protección es de especial relevancia cuando entran en juego factores como sexo, orientación sexual, identidad de género, origen racial o étnico, convicciones religiosas o ideológicas, discapacidad, edad, maternidad, paternidad, embarazo, así como la garantía de indemnidad frente a represalias por reclamar derechos.
A diferencia del despido improcedente —que se corrige con indemnización o readmisión a elección de la empresa— el despido nulo impone obligatoriamente la readmisión con abono de salarios de tramitación. La razón es que no estamos ante un mero incumplimiento formal o falta de causa, sino ante una lesión grave de derechos fundamentales. Por ello, el estándar probatorio y el análisis de los indicios adquieren un papel decisivo: si la persona trabajadora aporta elementos objetivos que sugieran discriminación, se desplaza la carga de la prueba a la empresa para que justifique la corrección de su decisión.
En términos de prevención y estrategia, resulta clave identificar si la causa aparente del despido encubre un móvil discriminatorio. Señales típicas: proximidad temporal entre una situación protegida (por ejemplo, comunicar un embarazo o pedir una adaptación de jornada por conciliación) y la carta de despido; comparativa con el trato recibido por compañeros en situaciones similares; cambios repentinos de valoración del desempeño sin soporte real; comentarios o instrucciones que delaten prejuicios. Reconocer estas dinámicas a tiempo permite documentar, conservar pruebas y planificar una defensa sólida.
Idea clave: si hay indicios razonables de discriminación, la empresa debe demostrar que la medida se basó en causas objetivas, proporcionales y ajenas a todo sesgo.
Supuestos frecuentes y ejemplos
Los supuestos de despido nulo por discriminación abarcan un abanico amplio de escenarios. Entre los más habituales se encuentran los vinculados a embarazo y maternidad (incluidas situaciones de riesgo durante el embarazo, permisos y lactancia), paternidad, reducción o adaptación de jornada por cuidado de hijos o familiares, discapacidad reconocida o situaciones asimiladas, enfermedades con impacto estigmatizante, así como represalias por denuncias de acoso o por haber reclamado derechos laborales. También son relevantes los casos de selección de personas afectadas en despidos colectivos o objetivos cuando el criterio encubre sesgos por edad, género u origen.
En la práctica, identificamos patrones que ayudan a desenmascarar el móvil discriminatorio. Por ejemplo: comunicar un embarazo y, pocas semanas después, recibir una carta de despido alegando “baja productividad” sin evaluaciones previas; elegir para un despido objetivo a quienes han pedido reducción de jornada, pese a que sus indicadores son iguales o mejores que los de compañeros a tiempo completo; o cesar a la persona que encabezó una denuncia interna por acoso, invocando una reestructuración sin soporte documental. Otro patrón típico surge cuando en un expediente disciplinario se exageran faltas menores o se aplican sanciones desproporcionadas respecto de las impuestas a otras personas por conductas similares.
También conviene revisar procesos de valoración del desempeño, asignación de objetivos y cambios organizativos. Si un colectivo protegido resulta afectado de forma sistemática por decisiones que, en apariencia, son neutras, podríamos estar ante una discriminación indirecta. En estos contextos, comparar métricas (evaluaciones, acceso a formación, promociones, incentivos) y analizar la cronología de los hechos suele aportar indicios valiosos para la defensa. La clave está en convertir percepciones en evidencia verificable: correos, mensajes, informes y testigos.
- Represalias tras reclamar derechos (garantía de indemnidad).
- Selección sesgada en despidos objetivos o colectivos.
- Desproporción sancionadora frente a otros casos similares.
- Impacto adverso sobre colectivos protegidos (discriminación indirecta).
Derechos y efectos: readmisión y salarios
La declaración de despido nulo restituye íntegramente la relación laboral. La empresa está obligada a readmitir a la persona trabajadora en su mismo puesto, con las mismas condiciones y antigüedad, sin posibilidad de optar por la indemnización como en el despido improcedente. Junto con la readmisión, se devengan los salarios de tramitación: las retribuciones que se habrían percibido desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia o hasta la readmisión efectiva, según proceda. Este efecto económico busca neutralizar el daño derivado de una decisión que lesionó derechos fundamentales.
Además, la persona trabajadora puede solicitar la reparación integral del daño, lo que en determinados supuestos incluye indemnizaciones complementarias por daños morales si se acredita la lesión del derecho fundamental y el perjuicio padecido. En la vuelta al puesto, la empresa debe abstenerse de cualquier trato adverso por haber litigado. Cualquier represalia posterior puede constituir una nueva vulneración de la garantía de indemnidad y abrir un nuevo frente judicial.
La ejecución de la sentencia exige coordinación práctica: comunicación fehaciente de la voluntad de reincorporación, fijación de fecha y hora, y aclaración de las condiciones operativas (horario, centro, herramientas). Si la empresa obstaculiza la readmisión o intenta imponer cambios sustanciales como “compensación”, conviene documentarlo y, en su caso, solicitar auxilio judicial. El objetivo es que la reincorporación no suponga una degradación, aislamiento o vaciamiento de funciones, pues ello contradiría la finalidad de la tutela judicial efectiva.
Consejo práctico: tras la sentencia, usa comunicaciones escritas y guarda acuse de recibo para cada intercambio sobre la reincorporación.
Cómo reunir pruebas e indicios
En materia de despido nulo por discriminación, la prueba se articula en dos fases: primero, aportar indicios razonables que permitan inferir el componente discriminatorio; después, una vez superado ese umbral, corresponde a la empresa acreditar que su decisión fue lícita, objetiva y proporcional. Por ello, la fase de recopilación documental es decisiva. Reúne la carta de despido, evaluaciones de desempeño, comunicaciones sobre embarazo, solicitudes de adaptación o reducción de jornada, bajas médicas, denuncias internas por acoso, correos con RR. HH., chats corporativos y cualquier política interna aplicable.
Es esencial construir una línea de tiempo precisa: qué ocurrió, cuándo, quién intervino y con qué soporte. La proximidad temporal entre un hecho protegido (por ejemplo, comunicar una discapacidad o denunciar acoso) y el despido refuerza el indicio. La comparación con otras personas en situaciones similares añade contexto: ¿hubo un trato diferenciado, sanciones desiguales o criterios cambiantes? Las métricas objetivas (ventas, cumplimiento de objetivos) ayudan a desmontar versiones interesadas.
Cuida la licitud de la prueba: evita grabaciones en ámbitos prohibidos o accesos a información a la que no tenías derecho. Prioriza pruebas generadas en el curso de la relación laboral y comunicaciones propias. Los testigos (compañeros, mandos intermedios) pueden resultar determinantes, si bien suelen requerir protección frente a posibles represalias. Finalmente, organiza la documentación en anexos claros, etiqueta archivos y prepara resúmenes ejecutivos por tema (desempeño, conciliación, salud, denuncias). Un expediente ordenado acelera la valoración judicial y mejora tu poder negociador en conciliación.
- Línea de tiempo con fechas y pruebas asociadas.
- Comparativas con colegas y criterios de evaluación.
- Políticas internas y su aplicación real.
- Resúmenes ejecutivos por bloques temáticos.
Plazos y procedimiento
Los plazos son perentorios. Tras la carta de despido, el itinerario típico incluye papeleta de conciliación y demanda ante el juzgado de lo social. Es fundamental actuar con diligencia para no perder la acción. Paralelamente, conviene tramitar la prestación por desempleo si corresponde, sin que ello suponga renuncia a la pretensión de nulidad. Durante el proceso, la persona trabajadora puede solicitar medidas cautelares cuando existan riesgos de difícil reparación, y plantear la inversión de la carga probatoria si ha aportado indicios suficientes de discriminación.
La redacción de la demanda debe ser minuciosa: hechos probados esperados, identificación de derechos fundamentales vulnerados, secuencia cronológica, relación de pruebas e indicios, y petición clara de nulidad con readmisión y salarios de tramitación. No olvides incorporar anexos organizados y numerados. En la vista, la coherencia entre relato y documentación marca la diferencia: evita contradicciones, focaliza los puntos clave (cronología, comparativas, desproporciones) y prepara interrogatorios concisos.
Si intervienen organismos públicos (por ejemplo, inspección laboral en casos de discriminación sistémica), coordina actuaciones para aportar informes que apoyen el relato. En procesos con pluralidad de afectados, valora la acumulación de acciones o la aportación de estadísticas internas. Finalizada la fase probatoria, es recomendable resumir al tribunal, de forma didáctica, por qué los indicios superan el umbral y por qué la explicación empresarial resulta insuficiente o inconsistente. La claridad expositiva es una herramienta procesal en sí misma.
Tip de agenda: calendariza cada hito (conciliación, demanda, vista) y asigna responsables de recopilar documentación y testigos.
Conciliación y estrategia negociadora
Aunque el objetivo sea la declaración de despido nulo por discriminación, la fase de conciliación es una oportunidad para obtener soluciones eficaces: readmisión inmediata con garantías, indemnizaciones globales, pactos de no represalia, bajas voluntarias con mejoras económicas, o planes de outplacement. La fuerza negociadora deriva de la calidad de los indicios, de la viabilidad jurídica y del riesgo reputacional para la empresa. Por ello, llega a la conciliación con un relato claro, cuantificación económica preliminar (salarios de tramitación estimados y posibles daños morales) y escenarios alternativos.
En la mesa, evita posiciones rígidas. Propón opciones mutuamente beneficiosas: si la vuelta al puesto es inviable por deterioro de la confianza, una salida pactada reforzada puede resultar razonable; si la persona trabajadora desea continuar, plantea garantías de estabilidad, formación y seguimiento para evitar situaciones de aislamiento. Cualquier acuerdo debe quedar por escrito, con redacción precisa, calendario de pagos, tratamiento fiscal y consecuencias de incumplimiento. La confidencialidad puede ser una palanca, pero no debe borrar hechos relevantes en caso de incumplimiento.
Recuerda que un buen “BATNA” (alternativa a un acuerdo negociado) potencia la negociación: tener la demanda preparada y un caso bien armado eleva el valor de tu posición. Asimismo, usa métricas comparables (indemnizaciones en casos similares, tablas salariales) y, cuando proceda, considera soluciones creativas como cartas de recomendación, mantenimiento del seguro de salud por un periodo transitorio o pagos fraccionados indexados a hitos verificables.
- Lleva valoraciones económicas realistas.
- Define mínimos innegociables y concesiones posibles.
- Documenta cada acuerdo parcial alcanzado.
Cálculo de salarios de tramitación
Los salarios de tramitación compensan el tiempo transcurrido entre el despido y la efectiva readmisión o la notificación de la sentencia que declara la nulidad. Su cuantificación parte del salario diario (incluyendo conceptos fijos y variables consolidables) multiplicado por los días comprendidos en ese periodo. Se deben considerar pagas extraordinarias prorrateadas, complementos habituales y cualquier mejora condicionada que, en la práctica, se percibiera de forma estable. Las ausencias involuntarias derivadas del despido —al no poder prestar servicios— no minoran el cálculo.
Para mejorar la precisión, construye una hoja de cálculo con: retribución base, complementos (antigüedad, disponibilidad), media de variables (comisiones, primas) de periodos anteriores representativos y costes de seguridad social cuando el acuerdo contemple su regularización. En contextos con fuerte variabilidad, justifica el promedio usando periodos suficientemente amplios y comparables. Si, durante el proceso, se perciben rentas por trabajo en otra empresa, analiza su incidencia según la doctrina aplicable y la compatibilidad con la obligación de mitigación del daño.
En la ejecución de sentencia, la empresa debe abonar estos salarios con actualización y, en su caso, intereses. Si hay controversias sobre conceptos incluibles, documenta cada postura con nóminas, convenios y recibos. Una negociación bien informada sobre salarios de tramitación puede desbloquear acuerdos en la recta final del litigio, pues su impacto económico suele ser significativo para la empresa.
Checklist de cálculo: salario diario, variables promediadas, pagas extra prorrateadas, días computables, regularizaciones e intereses.
Casos especiales: embarazo, discapacidad y represalias
Existen colectivos y situaciones especialmente protegidas. El embarazo y la maternidad/paternidad gozan de una tutela reforzada para impedir que decisiones empresariales penalicen la conciliación o la salud. En supuestos de riesgo durante el embarazo o bajas relacionadas, la vigilancia frente a medidas disciplinarias o extinciones “oportunistas” debe ser máxima. La discapacidad y determinadas enfermedades, cuando desencadenan prejuicios o barreras, también merecen atención: despidos que ignoran ajustes razonables o que se basan en estereotipos pueden ser anulados.
La garantía de indemnidad protege a quien reclama sus derechos: denunciar acoso, impugnar sanciones, exigir registro horario o igualdad retributiva no puede acarrear represalias. Si, tras una reclamación, afloran traslados punitivos, cambios de turno injustificados o un despido sin soporte sólido, el hilo conductor represalia–decisión refuerza los indicios de nulidad. Documentar el antes y el después es esencial para evidenciar el nexo causal.
En contextos de reorganización o despidos objetivos, revisa criterios de selección: si impactan de forma adversa sobre personas en baja por maternidad o en reducción de jornada, puede existir discriminación indirecta. Valora informes de prevención de riesgos, historial de adaptaciones, solicitudes de ajustes organizativos y la consistencia con políticas internas. En todos estos casos, la estrategia combina prueba cronológica, comparativas y solicitud de inversión de la carga probatoria.
- Embarazo, maternidad/paternidad y lactancia: tutela reforzada.
- Discapacidad y ajustes razonables: analiza si se ofrecieron.
- Represalias tras reclamar derechos: conserva toda comunicación.
Errores comunes y cómo evitarlos
Un error habitual es centrarse únicamente en la carta de despido e ignorar el contexto previo: evaluaciones, cambios de puesto, comentarios o correos que revelan sesgos. Otro fallo frecuente es no actuar a tiempo: perder plazos, no presentar papeleta de conciliación o no solicitar medidas cuando existen riesgos inminentes. También perjudica confundir despido nulo con improcedente y plantear una estrategia que no enfatiza la lesión de derechos fundamentales ni la inversión de la carga de la prueba.
Para evitarlos, construye un expediente sólido desde el primer día: cronología documentada, comparativas, testigos y políticas internas. Busca coherencia en el relato: toda afirmación debe tener soporte documental o testifical. No descuides la negociación: incluso con un caso fuerte, la conciliación puede ofrecer soluciones más rápidas y seguras. Y permanece atento a la ejecución: una vez lograda la sentencia, vigila que la readmisión se produzca en condiciones funcionales y dignas, sin vaciamiento de tareas ni aislamiento.
Finalmente, mantén una comunicación estratégica: evita mensajes impulsivos en canales corporativos, registra por escrito las solicitudes clave (conciliación, adaptaciones) y solicita confirmaciones de lectura. Un enfoque profesional y metódico aumenta de forma exponencial la probabilidad de éxito, ya sea en acuerdo o en sentencia.
- Agenda de plazos y checklist procesal.
- Relato coherente con evidencias verificables.
- Plan de negociación paralelo al litigio.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre despido nulo y despido improcedente?
El despido improcedente se corrige con readmisión o indemnización a elección de la empresa; el despido nulo obliga a la readmisión y al abono de salarios de tramitación por vulneración de derechos fundamentales o discriminación.
¿Cómo demuestro la discriminación si no hay “prueba directa”?
Mediante indicios objetivos: cronología (por ejemplo, comunicar embarazo y recibir el despido poco después), comparativas con compañeros, documentos internos, evaluaciones incoherentes o sanciones desproporcionadas. Aportados los indicios, la empresa debe justificar su decisión.
Si gano la nulidad, ¿cuándo cobro los salarios de tramitación?
Se devengan desde el despido hasta la readmisión o la notificación de la sentencia que declare la nulidad. En ejecución, la empresa debe abonarlos con la actualización correspondiente.
¿Puedo negociar una salida pese a tener un caso de nulidad?
Sí. Un caso sólido incrementa tu poder de negociación en conciliación. Puedes pactar readmisión, indemnizaciones reforzadas, no represalias u otras medidas, siempre por escrito y con condiciones claras.
¿Qué hago si tras la readmisión me relegan o me aíslan?
Documenta cada incidencia y comunica por escrito la situación. Las represalias posteriores pueden constituir una nueva vulneración y dar lugar a medidas judiciales adicionales.