
Cómo reclamar plus de peligrosidad o toxicidad laboral
Publicado el 02 de agosto de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 17 min
Índice
- Qué es el plus de peligrosidad o toxicidad
- Marco legal y convenios aplicables
- Evaluación de riesgos y pruebas necesarias
- Cuándo nace el derecho y cuándo no procede
- Cómo reclamar internamente a la empresa
- Reclamación ante Inspección y vía judicial
- Cálculo del importe y atrasos
- Casos especiales: subcontratas y otras situaciones
- Errores frecuentes y consejos prácticos
- Preguntas frecuentes
Qué es el plus de peligrosidad o toxicidad
El plus de peligrosidad y el plus de toxicidad son complementos salariales destinados a retribuir condiciones de trabajo que, por su propia naturaleza, exponen a la persona trabajadora a riesgos superiores a los habituales o a ambientes insalubres. No son un premio ni una compensación discrecional, sino una figura prevista en los convenios colectivos y en la práctica judicial para reconocer económicamente la exposición a peligros, agentes químicos, biológicos o físicos que aumentan la probabilidad de sufrir daños para la salud. En términos sencillos: cuando el puesto se desarrolla en entornos peligrosos o tóxicos que no pueden eliminarse mediante medidas preventivas ordinarias, nace el derecho a percibir el plus.
Este complemento suele estar definido por actividad, por zona o por tareas concretas. Por ejemplo, trabajos en altura, manipulación de sustancias corrosivas, exposición a bioniveles determinados, limpieza industrial en espacios confinados o intervención en emergencias. Su reconocimiento no depende del nombre del cargo, sino de las funciones reales que se realizan. Por eso, es frecuente que un trabajador con la misma categoría que otro tenga derecho al plus si sus funciones implican exposición y el otro no.
Es importante distinguir entre penosidad, peligrosidad y toxicidad. La penosidad atiende a condiciones especialmente duras o incómodas; la peligrosidad, a la existencia de riesgo de accidente grave; y la toxicidad, a la presencia de agentes nocivos para la salud. Muchos convenios agrupan estas realidades bajo “plus de penosidad, peligrosidad y/o toxicidad”, o establecen pluses diferentes con requisitos y cuantías propias.
Idea clave: si tu puesto te expone de forma efectiva a un riesgo superior al habitual, acreditable mediante evaluación de riesgos, mediciones o protocolos internos, puedes reclamar el plus de peligrosidad o toxicidad, aun cuando no figure actualmente en tu nómina.
- Se reconoce por condiciones objetivas del puesto.
- Suele venir regulado en el convenio colectivo aplicable.
- Su cuantía puede ser fija, porcentual o por día de exposición.
- Es compatible con otras partidas si el convenio lo prevé.
Marco legal y convenios aplicables
El reconocimiento del plus de peligrosidad o toxicidad se apoya en una combinación de fuentes: normativa de prevención de riesgos laborales, jurisprudencia y, sobre todo, convenios colectivos. La ley establece la obligación empresarial de proteger la seguridad y salud, y los convenios concretan cómo se retribuyen las condiciones especialmente gravosas. Por ello, el primer paso práctico para reclamar es identificar con precisión el convenio aplicable (sectorial o de empresa) y consultar su artículo específico sobre “penosidad, peligrosidad y toxicidad”, donde suelen definirse supuestos, cuantías y procedimientos.
Muchos convenios exigen que exista una evaluación de riesgos que determine la presencia de agentes peligrosos o tóxicos; otros mencionan la necesidad de mediciones higiénicas periódicas (por ejemplo, niveles de ruido, partículas, gases o sustancias químicas). También es habitual que el convenio regule si el plus es permanente o sólo se devenga en los días u horas en que se realiza la tarea de riesgo. En ocasiones, la empresa puede optar entre eliminar el riesgo con medidas técnicas u organizativas o, si no es posible, compensar económicamente mediante el plus.
Los convenios difieren en terminología, importes y criterios de devengo. Por ejemplo, algunos fijan un porcentaje sobre el salario base (p. ej., 15% por peligrosidad), mientras que otros establecen una cantidad diaria cuando hay exposición efectiva. En empresas con varios centros de trabajo, puede existir un anexo específico por centro o por área productiva. Entender esta arquitectura normativa es clave: la reclamación sólida cita el precepto del convenio y lo conecta con la realidad del puesto, apoyándose en evaluaciones y protocolos internos.
Consejo: guarda una copia del convenio vigente, verifica su ámbito (sector/empresa y provincia), y localiza el artículo de pluses. Señala con un marcador las definiciones, importes y requisitos, porque serán el esqueleto de tu reclamación.
- Localiza el artículo de penosidad/peligrosidad/toxicidad.
- Comprueba si el devengo es fijo o por días de exposición.
- Revisa si exige evaluación o mediciones higiénicas.
- Anota importes, porcentajes y topes anuales si existieran.
Evaluación de riesgos y pruebas necesarias
La evaluación de riesgos es la piedra angular para acreditar la necesidad del plus de peligrosidad o toxicidad. No basta con la percepción subjetiva de que el trabajo es duro o incómodo: se requiere documentación técnica. Esta evaluación, realizada por el servicio de prevención propio o ajeno, identifica peligros, estima la probabilidad y severidad, y propone medidas preventivas. Cuando el riesgo no puede eliminarse razonablemente, se refuerza la tesis de que procede un complemento retributivo por exposición.
Además de la evaluación, son valiosas las mediciones higiénicas (ruido, vibraciones, compuestos orgánicos volátiles, polvo respirable, agentes biológicos) que demuestren exposición a niveles relevantes. También ayudan los protocolos internos que asignan EPIs específicos (respiratorias, guantes químicos, trajes antiácidos), partes de trabajo que registran intervenciones en espacios confinados, fichas de seguridad de productos, registros de formación en manejo de sustancias y, si existen, partes de accidente/incidente que evidencien el riesgo.
La prueba testifical (compañeros, encargados) y la pericial pueden completar el expediente. Un perito en higiene industrial puede interpretar mediciones y contrastarlas con límites o criterios técnicos de referencia. No olvides reunir evidencia fotográfica de las zonas o tareas conflictivas, siempre respetando las políticas internas y la confidencialidad. Finalmente, conserva nóminas y calendarios: si el convenio paga el plus por día u hora de exposición, hará falta demostrar cuándo se realizaron las tareas.
Checklist probatorio: evaluación de riesgos vigente, mediciones higiénicas, entrega y uso de EPIs, protocolos de trabajo, partes de intervención, fichas de seguridad, formación, partes de accidente, informes periciales, nóminas y cuadrantes.
- Solicita por escrito copias de informes preventivos que te afecten.
- Registra por fecha las tareas con exposición efectiva.
- Guarda justificantes de entrega de EPIs y su reposición.
- Valora una pericial si la empresa discute la exposición.
Cuándo nace el derecho y cuándo no procede
El derecho al plus de peligrosidad o toxicidad nace cuando concurren dos elementos: (1) que el convenio aplicable prevea el complemento y (2) que en el puesto exista una exposición efectiva al riesgo o al agente nocivo, no meramente potencial o esporádico sin entidad. Si el convenio exige evaluación o protocolos, deben cumplirse. Muchos textos establecen que el plus se devenga mientras dure la exposición o por jornadas concretas en que se realizan tareas peligrosas o tóxicas.
No procede el plus si la empresa ha eliminado el riesgo mediante medidas técnicas u organizativas, o si se ha reducido hasta niveles que, conforme a la evaluación, dejan de considerarse peligrosos o tóxicos. Tampoco procede cuando la labor no implica contacto con el agente ni entrada en zonas peligrosas, aunque el centro cuente con áreas de riesgo. Igualmente, si el convenio restringe el complemento a determinadas categorías o actividades y no se encaja objetivamente, la reclamación puede decaer.
Debe evitarse confundir la entrega de EPIs con el pago del plus: los EPIs son una obligación preventiva, no un sustituto automático del complemento. De hecho, si con EPIs y medidas de control la exposición persiste a niveles relevantes y el convenio lo contempla, el plus puede seguir siendo exigible. Otro punto crítico es la intermitencia: si la exposición es ocasional pero significativa y el convenio contempla el devengo por día/horas, puede reclamarse proporcionalmente.
Regla práctica: analiza la situación real del puesto con el texto del convenio en la mano. Si la evaluación de riesgos atribuye exposición y las tareas encajan en los supuestos, hay base para reclamar.
- Exposición efectiva y no meramente teórica.
- Riesgo no eliminado por medidas preventivas eficaces.
- Correspondencia objetiva con los supuestos del convenio.
- Posible devengo proporcional si la exposición es discontinua.
Cómo reclamar internamente a la empresa
La reclamación eficaz comienza dentro de la propia empresa. Presenta un escrito formal al departamento de RR. HH. o a la dirección, indicando: (a) el convenio aplicable y su artículo sobre plus de peligrosidad o toxicidad, (b) la descripción de tus tareas con exposición efectiva, (c) referencias a la evaluación de riesgos y mediciones, (d) el periodo desde el que solicitas el reconocimiento y (e) la forma de devengo prevista (fijo, porcentual, por día). Adjunta la documentación de soporte o solicita su aportación si no la tienes.
Si tu empresa cuenta con representación legal de las personas trabajadoras (comité o delegados), comunícales la situación. Su intervención puede facilitar la negociación y la obtención de informes del servicio de prevención. Pide acuse de recibo del escrito y conserva copia. En ocasiones, una reunión técnica con prevención y RR. HH. permite constatar la exposición y acordar el pago sin necesidad de más trámites.
Si la empresa no responde o deniega, solicita por escrito las razones técnicas de la negativa, así como acceso a las mediciones o evaluaciones en que se basan. Esta información será útil para la Inspección de Trabajo o, en su caso, para la vía judicial. Mantén un tono profesional y centrado en hechos: la reclamación de un plus no es un conflicto personal, sino una cuestión objetiva de cumplimiento del convenio y de reconocimiento económico por condiciones de trabajo.
Modelo básico: encabezado con datos personales y de la empresa, referencia al convenio y artículo, descripción de tareas y exposición, petición de reconocimiento y abono desde fecha X, más pago de atrasos y actualización de nómina. Cierre con solicitud de respuesta por escrito.
- Entrega por registro interno o burofax para dejar constancia.
- Involucra a representantes y servicio de prevención.
- Pide acceso a informes técnicos que afecten a tu puesto.
- Conserva toda la comunicación para fases posteriores.
Reclamación ante Inspección y vía judicial
Si la vía interna no prospera, puedes acudir a la Inspección de Trabajo mediante denuncia. Expón el convenio aplicable, la actividad y la exposición, adjunta documentación y solicita actuaciones para constatar la realidad del puesto. La Inspección puede requerir a la empresa evaluaciones, mediciones y planes preventivos, levantar actas y, en su caso, impulsar la corrección de incumplimientos. Aunque la Inspección no ordena el pago directo de pluses, sus actuaciones pueden ser determinantes como prueba para un posterior reclamo económico.
En paralelo o posteriormente, cabe la reclamación de cantidad ante el juzgado de lo social. Previamente, normalmente deberás presentar una papeleta de conciliación. En demanda, concreta el artículo del convenio, la cuantía debida (fija, porcentual o por días), y aporta pruebas: evaluaciones, mediciones, protocolos, testificales, periciales y registros de tareas. Es aconsejable cuantificar también los atrasos de los últimos periodos reclamables y solicitar intereses.
Una estrategia eficaz es combinar la vertiente técnica (prevención y mediciones) con la vertiente jurídico-laboral (convenio y nómina). Cuanto más claro sea el encaje entre exposición acreditada y artículo del convenio, mayor solidez tendrá la reclamación. En ocasiones, la empresa prefiere alcanzar un acuerdo antes del juicio, reconociendo el plus desde una fecha y abonando parte de los atrasos.
Punto clave: la resolución favorable suele apoyarse en evidencia técnica objetiva y en una interpretación estricta del convenio. Preparar bien el expediente es tan importante como presentar la demanda.
- Denuncia a Inspección con documentación adjunta.
- Conciliación previa y demanda de cantidad si procede.
- Prueba pericial e higiénica para acreditar exposición.
- Posibilidad de acuerdo extrajudicial con reconocimiento del plus.
Cálculo del importe y atrasos
Calcular correctamente el importe del plus de peligrosidad o toxicidad exige leer con precisión el convenio: puede fijar una cuantía fija mensual, un porcentaje sobre el salario base o un importe por día/hora de exposición. Identifica el método y aplica con rigor los periodos exactos. Si el devengo es discontinuo, revisa los partes de trabajo y cuadrantes para sumar los días u horas pertinentes. Cuando el plus es porcentual, determina la base de cálculo (salario base, salario base + antigüedad, etc.) y aplica el porcentaje con cuidado.
Respecto a los atrasos, lo habitual es reclamar los devengos no prescritos dentro del plazo legal correspondiente. Para ello, elabora una tabla mes a mes con el importe que debió pagarse y lo efectivamente abonado, y calcula la diferencia. Añade, si procede, actualizaciones o intereses. Este cuadro de atrasos se adjunta a la reclamación interna y, en su caso, a la demanda judicial, facilitando la comprensión y evitando errores de cálculo.
Si el convenio contempla la absorción/compensación con otros complementos, revisa si procede. No es raro que la empresa alegue que otro plus ya retribuye las mismas condiciones. Tu análisis debe demostrar que el plus de peligrosidad o toxicidad tiene hecho imponible distinto y que no ha sido absorbido legítimamente. En caso de duda, una pericial económica puede reforzar la cuantificación y neutralizar objeciones técnicas.
Tip operativo: usa una hoja de cálculo con pestañas por año, referencias al artículo del convenio y notas sobre días exactos de exposición. Cuanto más transparente sea el cálculo, más opciones de acuerdo tendrás.
- Identifica método de devengo: fijo, porcentual o por días.
- Cuadra periodos exactos de exposición efectiva.
- Prepara un cuadro de atrasos claro y verificable.
- Valora absorción/compensación sólo si el convenio lo prevé.
Casos especiales: subcontratas y otras situaciones
En entornos con múltiples empresas, como subcontratas o contratas principales, es esencial delimitar el convenio aplicable y el responsable del pago del plus. A menudo, la empresa empleadora es quien abona la nómina y, por tanto, el plus, pero el centro de trabajo y la organización del servicio pueden depender de otra entidad. Esta complejidad no elimina el derecho: si las funciones se realizan en exposición peligrosa o tóxica conforme al convenio de aplicación, el trabajador puede exigir el reconocimiento a su empleador, sin perjuicio de acciones de repetición entre empresas.
En ETT, se aplica el principio de igualdad con la plantilla de la empresa usuaria: si el puesto equivalente devenga plus, el personal cedido debe recibir tratamiento homogéneo, siempre que concurra la misma exposición efectiva. En contratas de limpieza industrial, mantenimiento o emergencias, es habitual que el plus sea por días/servicios, lo que exige un control documental preciso de las intervenciones.
El teletrabajo raramente conecta con pluses de peligrosidad o toxicidad, salvo en supuestos específicos (por ejemplo, técnicos que realizan parte de su jornada en remoto y otra en campo con exposición real). En esos casos mixtos, segmenta con claridad los periodos de trabajo y aplica el devengo proporcional cuando proceda. Para colectivos con turnicidad o trabajo nocturno, recuerda que estos complementos son distintos: no confundas finalidades ni bases de cálculo.
Claves en entornos complejos: identifica el convenio correcto, documenta la cadena de subcontratación, registra días de intervención y asegúrate de que la reclamación se dirige al empleador adecuado con soporte técnico y contractual.
- ETT: principio de igualdad con el puesto equivalente.
- Contratas: responsabiliza al empleador directo del pago.
- Servicios por llamada: devengo por día/servicio acreditado.
- Jornadas mixtas: segmenta y aplica proporcionalidad.
Errores frecuentes y consejos prácticos
Uno de los errores más comunes al reclamar el plus de peligrosidad o toxicidad es basar la petición en impresiones subjetivas sin un armazón documental. Evítalo apoyando cada afirmación en evaluaciones, mediciones, protocolos y evidencias de tareas. Otro fallo habitual es no identificar con exactitud el convenio aplicable o confundir su ámbito territorial; un artículo erróneo debilita toda la reclamación. También suele olvidarse el criterio de exposición efectiva: si sólo existe posibilidad remota y no hay contacto real, el plus puede no proceder.
Desde el punto de vista estratégico, presenta una propuesta clara de devengo: si el convenio prevé pago por días, acompaña un cuadro con fechas; si es porcentual, calcula la base y aplica el tipo. Esto facilita la negociación y reduce la resistencia empresarial. Mantén un tono técnico y cordial: confrontar sin base sólo cierra puertas. La colaboración con la representación de los trabajadores y el servicio de prevención suele abrir vías de solución interna más rápidas que la litigiosa.
No subestimes la importancia de los EPIs en la narrativa probatoria: su entrega y uso acreditan que la empresa reconoce un entorno con riesgos. Sin embargo, insiste en que los EPIs no sustituyen el plus si la exposición persiste de acuerdo con el convenio. Finalmente, piensa en el largo plazo: la actualización del plus cuando cambian tareas o tecnologías debe revisarse periódicamente, igual que las evaluaciones de riesgos. Documentar estos cambios te permitirá mantener el complemento o ajustarlo en el tiempo.
Resumen táctico: identifica convenio, prueba exposición, cuantifica devengo, solicita por escrito, busca acuerdo y, si no, acude a Inspección y juzgado con expediente sólido.
- Evita reclamaciones genéricas sin pruebas técnicas.
- Cuida el encaje exacto en el artículo del convenio.
- Prepara cálculos y cuadros de atrasos verificables.
- Combina estrategia preventiva y jurídico-laboral.
Preguntas frecuentes
¿Necesito que mi puesto se denomine “peligroso” para cobrar el plus? No. Lo determinante son las tareas reales y la exposición efectiva, no el nombre del cargo. Si tu actividad encaja en el supuesto del convenio y la evaluación de riesgos lo respalda, puedes reclamar el plus de peligrosidad o toxicidad aunque tu categoría no lo mencione explícitamente.
¿Los EPIs eliminan el derecho al plus? No de forma automática. Los EPIs son una obligación preventiva. Si tras aplicarlos la exposición persiste en niveles relevantes y el convenio contempla el complemento, el plus puede seguir siendo exigible. Sólo si la empresa elimina el riesgo o lo reduce por debajo de los umbrales aplicables podría dejar de devengarse.
¿Se paga todos los meses o sólo cuando hay exposición? Depende del convenio. Algunos fijan una cuantía mensual estable; otros retribuyen por días u horas de exposición efectiva. Revisa el artículo concreto y documenta tus intervenciones para aplicar el método correcto en el cálculo y en la reclamación.
¿Puedo reclamar atrasos del plus de peligrosidad o toxicidad? Sí, es habitual reclamar las cantidades no prescritas. Prepara una tabla con los importes debidos y lo pagado, adjunta nóminas y partes de trabajo, y pide la regularización con intereses si procede. Cuanto más claro sea el cuadro, más opciones de acuerdo tendrás.
¿Qué hago si mi empresa niega la exposición? Solicita por escrito las razones técnicas y el acceso a evaluaciones y mediciones. Acude a la Inspección de Trabajo con la documentación disponible y valora un informe pericial. En vía judicial, la prueba técnica y testifical será clave para acreditar la realidad del puesto y el encaje en el convenio.