
Reclamación de plus de peligrosidad laboral
Publicado el 27 de agosto de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 16 min
Índice
- Qué es el plus de peligrosidad laboral
- Quién tiene derecho al plus de peligrosidad
- Cómo se calcula el plus de peligrosidad
- Pruebas y documentación necesaria
- Procedimiento de reclamación amistosa
- Reclamación formal: papeleta y demanda
- Casos especiales: temporales, subcontratas y ETT
- Cómo actuar si la empresa elimina el plus
- Errores comunes y buenas prácticas
- Preguntas frecuentes
Qué es el plus de peligrosidad laboral
El plus de peligrosidad laboral es un complemento salarial destinado a retribuir tareas que, por su propia naturaleza, implican un riesgo superior al habitual. Se trata de una compensación económica vinculada a la exposición a agentes peligrosos, operaciones con alto potencial de daño o entornos de trabajo que incrementan la probabilidad de sufrir accidentes o enfermedades profesionales. Este plus se diferencia de otros conceptos como el plus de penosidad o el plus de toxicidad, aunque a menudo se regulan conjuntamente en convenios colectivos bajo la denominación genérica “plus de peligrosidad, toxicidad y penosidad”.
No existe una cuantía única y universal: la regulación central suele residir en el convenio colectivo aplicable y, en su defecto, en pactos de empresa o práctica consolidada. Por ello, la reclamación de plus de peligrosidad laboral exige identificar claramente qué norma rige la relación laboral, cómo define la peligrosidad y qué criterios fija para su reconocimiento. En muchos convenios, el derecho surge cuando concurren condiciones objetivas (por ejemplo, manipulación de explosivos, trabajos en altura, mantenimiento eléctrico en tensión, vigilancia armada) o cuando la evaluación de riesgos del puesto determina un nivel de riesgo no eliminable mediante medidas preventivas razonables.
Idea clave: el plus no sustituye a la prevención. La empresa debe anteponer la eliminación o reducción del riesgo. El complemento compensa la exposición residual que, con medidas adoptadas, siga siendo significativa.
En la práctica, el reconocimiento del plus de peligrosidad laboral también puede derivar de la costumbre: si la empresa ha abonado el complemento de manera reiterada a trabajadores del mismo puesto, puede configurarse un derecho adquirido. Asimismo, las sentencias suelen valorar con detalle la realidad del trabajo prestado frente a la mera descripción contractual, de modo que prevalece la evidencia de la exposición efectiva al riesgo. Por último, es esencial comprender que el plus retribuye la condición del puesto, no el incidente aislado: si cesa la peligrosidad (por cambios organizativos o tecnológicos), el derecho puede revisarse. Por ello, la documentación y el análisis del puesto son pilares de una reclamación sólida.
Quién tiene derecho al plus de peligrosidad
Tienen derecho al plus de peligrosidad laboral quienes, conforme al convenio colectivo, al contrato o a la práctica de empresa, desempeñan funciones en las que la exposición al riesgo excede el estándar del sector y no puede eliminarse con medidas preventivas razonables. Lo determinante es la realidad del trabajo, no la mera etiqueta del puesto. Así, perfiles como mantenimiento industrial, personal de seguridad privada, operarios químicos, electricistas de alta tensión, conductores de mercancías peligrosas o personal sanitario en áreas de riesgo pueden ser potencialmente beneficiarios.
Conviene revisar tres fuentes: (1) el convenio colectivo aplicable, que suele listar actividades y criterios; (2) la evaluación de riesgos y fichas del puesto emitidas por el servicio de prevención; y (3) la práctica retributiva de la empresa en puestos análogos. Si la plantilla comparable recibe el complemento y usted no, podrían concurrir indicios de discriminación retributiva injustificada. También es relevante la duración y habitualidad: el plus de peligrosidad no suele reconocerse por exposiciones esporádicas o eventuales, salvo que el propio convenio lo contemple.
- Personal expuesto a atmósferas explosivas (ATEX) o agentes biológicos.
- Trabajos en altura, espacios confinados o proximidad a alta tensión.
- Manejo de sustancias tóxicas, corrosivas o inflamables.
- Servicios de vigilancia con arma o en zonas de alto riesgo.
Regla práctica: si el riesgo es inherente al proceso y persiste pese a la prevención, la reclamación del plus de peligrosidad laboral gana fuerza. Si, por el contrario, el riesgo es ocasional y controlado, puede no proceder.
En contextos con externalización, subcontratas o ETT, el derecho no desaparece: el criterio se ancla en el puesto real. Además, las situaciones de movilidad funcional o geográfica que aumentan la exposición pueden activar el reconocimiento temporal del complemento mientras dure la tarea peligrosa. Documentar los cambios y sus efectos ayudará a demostrar la procedencia del plus en cada etapa del vínculo laboral.
Cómo se calcula el plus de peligrosidad
El cálculo del plus de peligrosidad laboral depende ante todo del convenio colectivo. Hay tres modelos frecuentes: (a) cuantía fija mensual, (b) porcentaje sobre el salario base o sobre conceptos específicos, y (c) retribución por días u horas de exposición efectiva. Identificar con exactitud el régimen aplicable es el primer paso. Si el convenio fija una cantidad mensual vinculada al puesto, el abono suele ser constante mientras subsista la peligrosidad. Si define un porcentaje, habrá que determinar la base de cálculo (salario base, salario base + antigüedad, etc.). Y si se paga por tiempo de exposición, será necesario un registro fiable de jornadas, partes de trabajo o cuadrantes.
Para calcular atrasos en una reclamación, el método típico es: (1) fijar la cuantía mensual u horaria del plus según convenio; (2) multiplicar por los meses u horas con derecho dentro del periodo no prescrito; (3) añadir intereses y, si procede, actualización conforme al convenio. En España, la prescripción de salarios es de un año, por lo que es clave actuar con diligencia para no perder cuantías.
- Ejemplo con cuantía fija: 120 € al mes × 12 meses = 1.440 € brutos en atrasos.
- Ejemplo porcentual: 10% sobre 1.200 € = 120 € al mes; en 10 meses, 1.200 €.
- Ejemplo por horas: 3 € por hora de riesgo × 60 h/mes = 180 € mensuales.
Consejo: revise nóminas, bases de cotización y desgloses. El plus de peligrosidad laboral suele cotizar y tributar como salario, salvo excepciones convencionales muy concretas.
En empresas con diferentes centros o turnos, puede haber ajustes por nocturnidad, turnicidad u otras variables; no los confunda con el complemento de peligrosidad. Si el convenio permite el prorrateo en periodos de baja exposición, debe comprobarse que el criterio aplicado sea objetivo, verificable y homogéneo entre trabajadores comparables. Un buen cálculo, transparente y sustentado, aumenta la probabilidad de éxito en la reclamación y reduce el margen de controversia durante la conciliación o el juicio.
Pruebas y documentación necesaria
La calidad de la prueba es decisiva para la reclamación de plus de peligrosidad laboral. El objetivo es demostrar la existencia y habitualidad de la exposición a riesgo no eliminable, así como la regulación que ampara el complemento. Para ello, es útil compilar documentación preventiva, retributiva y organizativa. Empiece por la evaluación de riesgos del puesto, los procedimientos de trabajo, los registros de formación específica y los informes del servicio de prevención. Si existen partes de incidencia, permisos de acceso a zonas ATEX, o acreditaciones para trabajos en altura, incorpórelos.
- Convenio colectivo aplicable y tablas salariales vigentes.
- Fichas del puesto y evaluación de riesgos actualizada.
- Partes de trabajo, cuadrantes y órdenes de servicio que describan tareas peligrosas.
- Nóminas, base de cotización y pagos de pluses a compañeros del mismo puesto.
- Correos o comunicaciones internas sobre asignación de tareas de riesgo.
Si la empresa paga el plus a puestos iguales y a usted no, conserve pruebas comparativas (nóminas anonimizadas o certificaciones). Esto refuerza la reclamación y puede revelar una desigualdad retributiva injustificada.
Cuando faltan documentos internos, pueden solicitarse mediante representación sindical o requerirlos en fase judicial. Testimonios de compañeros, fotografías de zonas de riesgo o registros de equipos de protección individual también resultan valiosos. Mantenga un archivo ordenado por categorías y fechas; un índice claro facilita la defensa. Finalmente, si intervino Inspección de Trabajo, incluya el acta. La coherencia del conjunto —norma aplicable, realidad del puesto y comparativa interna— es la mejor palanca para una reclamación de plus de peligrosidad laboral exitosa.
Procedimiento de reclamación amistosa
Antes de acudir a la vía formal, es recomendable agotar una fase amistosa. Este paso permite corregir errores internos, negociar ajustes y, en su caso, evitar litigios. El eje es una solicitud escrita que exponga con claridad la petición: reconocimiento del plus de peligrosidad laboral, fecha de efectos, cuantía y abono de atrasos no prescritos. Adjunte pruebas esenciales (resumen de evaluación de riesgos, normas del convenio, cuadrantes) y solicite respuesta en un plazo razonable.
- Redacción breve y precisa: indique puesto, centro, tareas peligrosas y base normativa.
- Cuantía propuesta: detalle el cálculo mensual u horario y el periodo reclamado.
- Canal adecuado: RR. HH., gerencia o buzón habilitado por convenio.
- Seguimiento: registre la fecha de entrega y acuse de recibo.
Ofrezca alternativas: reconocimiento con efectos desde determinada fecha o, subsidiariamente, pago parcial con revisión en tres meses tras una nueva evaluación.
Si la empresa propone medidas preventivas para reducir el riesgo, valore su impacto: si la peligrosidad desaparece, el plus puede no proceder; si persiste, el complemento sigue siendo reclamable. Documente toda conversación y acuerdos. Si existe representación legal de los trabajadores, su mediación suele agilizar el proceso y aporta visión comparada. Esta fase no suspende plazos de prescripción salarial, así que no la dilate en exceso. Si no hay respuesta o la propuesta es insuficiente, dé el paso a la papeleta de conciliación para salvaguardar sus derechos de cobro.
Reclamación formal: papeleta y demanda
La vía formal se inicia con la papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente. En ella se identifican las partes, se expone la pretensión (reconocimiento del plus de peligrosidad laboral y abono de atrasos), la base normativa (convenio, práctica de empresa, evaluaciones) y el cálculo de cuantías. La presentación interrumpe la prescripción durante el breve lapso legal, por lo que conviene tener preparada la demanda en caso de desacuerdo en el acto de conciliación.
Si no hay avenencia, se interpone demanda ante el Juzgado de lo Social. La estructura típica incluye hechos —descripción del puesto y tareas peligrosas—, fundamentos de derecho —normativa convencional y estatutaria— y suplico —reconocimiento del derecho, cuantías y efectos—. Adjunte la prueba documental ordenada y, si procede, proponga testifical. Es crucial ser coherente con lo reclamado en conciliación: cambios sustanciales pueden afectar a la admisibilidad o a la credibilidad del caso.
- Conserve resguardos de presentación y citaciones.
- Respete plazos procesales y subsanaciones.
- Prepare la vista con un guion de hechos clave y documentos.
En sala, la claridad fáctica pesa mucho: qué tareas, con qué frecuencia, en qué condiciones y por qué las medidas preventivas no eliminan el riesgo residual que justifica el plus.
Las sentencias suelen valorar la consistencia entre evaluación de riesgos, práctica retributiva comparada y testifical. Si se estima la demanda, la empresa deberá abonar atrasos e incorporar el plus a la nómina. Si se desestima, revise la posibilidad de recurso en atención al interés económico y la probabilidad de revocación. En todo caso, actualizar la prevención y dejar constancia de la realidad del puesto es aconsejable para eventuales revisiones futuras.
Casos especiales: temporales, subcontratas y ETT
En entornos con alta externalización, la reclamación del plus de peligrosidad laboral exige especial atención a la cadena de responsabilidades. El derecho se ancla en el puesto y en la exposición real, no en la etiqueta contractual. Por tanto, trabajadores con contrato temporal, de empresas subcontratistas o cedidos por ETT pueden tener idéntico derecho si realizan las mismas tareas peligrosas que la plantilla principal. La clave está en el convenio aplicable: el de la empresa usuaria, el sectorial o el de la contratista, según el caso. Revise la cláusula de adscripción convencional y la jurisprudencia del ámbito.
Otro foco son las situaciones de movilidad: encargos puntuales en zonas ATEX, turnos de parada técnica o mantenimientos extraordinarios. En estos supuestos, puede activarse el plus solo durante los días u horas de exposición. El registro de órdenes de trabajo y partes firmados será decisivo para acreditar el tiempo afectado. Igualmente, en procesos de subrogación de contratas, es frecuente que el nuevo adjudicatario pretenda suprimir pluses. Si el plus deriva del puesto y no ha variado la realidad del trabajo, la supresión puede ser impugnable por vulnerar condiciones más beneficiosas o la propia normativa convencional.
- Compruebe el convenio aplicable en cesiones y contratas.
- Conserve partes y cuadrantes en tareas de riesgo temporales.
- Ante subrogaciones, verifique continuidad de funciones peligrosas.
Si varios colectivos realizan idéntica tarea peligrosa, la equiparación retributiva es un argumento robusto. La empresa debe justificar diferencias con criterios objetivos, no con el tipo de contrato o la procedencia empresarial.
Finalmente, en contratas con múltiples niveles, la coordinación de actividades empresariales obliga a identificar y compartir riesgos. Ese flujo documental es una fuente probatoria útil para el reconocimiento del complemento, pues delimita qué trabajos se consideraron peligrosos, qué formación se impartió y qué medidas se aplicaron. Integrar esa documentación en la reclamación aumenta su solidez y reduce la litigiosidad.
Cómo actuar si la empresa elimina el plus
La supresión unilateral del plus de peligrosidad laboral es una fuente recurrente de conflicto. Lo primero es determinar la razón: ¿ha cambiado realmente el puesto, se han implantado medidas que eliminan la peligrosidad o simplemente se ha decidido recortar costes? Si la empresa alega eliminación del riesgo, exija informes actualizados del servicio de prevención y compare la realidad del trabajo antes y después. Si las tareas permanecen y el riesgo residual sigue presente, la supresión puede ser contraria al convenio o vulnerar una condición más beneficiosa si el plus se abonó de forma continuada.
Actúe por fases. Envíe una reclamación escrita solicitando motivación y documentación técnica. Si no hay respuesta o es insuficiente, presente papeleta de conciliación reclamando la reposición del complemento y los atrasos. En ocasiones, la vía colectiva —a través del comité— resulta más eficaz cuando la supresión afecta a un grupo de trabajadores. No olvide los plazos de impugnación si la empresa vehicula el cambio mediante modificación sustancial de condiciones.
- Compruebe si el convenio exige consulta previa o informes obligatorios.
- Analice si la medida se aplica de forma discriminatoria.
- Valore medidas cautelares si la supresión genera perjuicios graves.
Si existe una disminución parcial de la peligrosidad, cabe pactar un prorrateo temporal. Documente el acuerdo por escrito, con revisión periódica según indicadores preventivos.
En síntesis, la eliminación solo es legítima si desaparece el presupuesto fáctico que la justifica —la exposición peligrosa—. De lo contrario, la reclamación del plus de peligrosidad laboral y sus atrasos tiene altas probabilidades de prosperar, especialmente cuando concurren comparativas internas y evaluaciones que sostienen la permanencia del riesgo.
Errores comunes y buenas prácticas
Un error habitual es confundir riesgos ocasionales con peligrosidad inherente. La reclamación del plus de peligrosidad laboral exige demostrar que el riesgo forma parte estructural de las tareas y subsiste pese a la prevención. Otro error es basarse solo en testimonios o correos informales sin soporte técnico: las evaluaciones de riesgos y los procedimientos escritos tienen mayor peso probatorio. También se descuida la comparativa interna: si compañeros del mismo puesto cobran el complemento, obtener evidencias de ello puede inclinar la balanza.
En cuanto a cálculo, muchos reclamantes olvidan intereses o el periodo exacto no prescrito. Haga un cuadro de atrasos con meses, cuantías y total. Si el convenio fija pago por horas de exposición, documente el cómputo con partes u hojas de servicio. Por el lado empresarial, fallos típicos son aplicar prorrateos arbitrarios o mezclar el plus de peligrosidad con otros complementos, diluyendo su cuantía. La transparencia y la homogeneidad son claves para evitar conflictos.
- Encaje normativo claro (convenio y cláusulas de puesto).
- Expediente probatorio ordenado (prevención, nóminas, comparativas).
- Cálculo detallado de atrasos y base de cotización.
- Estrategia escalonada: amistosa, conciliación y demanda.
Buena práctica: redacte un “brief” de 2 páginas con hechos, normativa, cuantía y pruebas. Sirve para negociar, conciliar y litigar con un mensaje coherente en todas las fases.
Por último, cuide el tono. La firmeza no es incompatible con la cooperación. Proponer auditorías preventivas, revisiones temporales o fases piloto permite soluciones equilibradas. Mantener registros actualizados y actuar sin demora evitará la pérdida de importes por prescripción y fortalecerá la posición en cualquier negociación o litigio posterior.
Preguntas frecuentes
¿El plus de peligrosidad laboral es compatible con otros complementos? Sí, suele ser compatible con nocturnidad, turnicidad u otros pluses, salvo que el convenio disponga lo contrario. Lo importante es que retribuyan hechos distintos: riesgo inherente versus horario, rotación, etc.
¿Se paga aunque no haya incidentes? Sí. El plus compensa la exposición al riesgo, no la ocurrencia de un accidente. Si el puesto es peligroso por su naturaleza y el riesgo residual persiste, procede el abono.
¿Cómo afecta una nueva evaluación de riesgos? Si demuestra que la peligrosidad ha desaparecido, el plus puede dejar de abonarse. Si acredita que subsiste, refuerza la reclamación, incluso con efectos retroactivos dentro del periodo no prescrito.
¿Puedo reclamar atrasos de años anteriores? Los salarios prescriben al año. Puede reclamar los atrasos devengados en los 12 meses anteriores a la papeleta de conciliación o a la reclamación extrajudicial fehaciente que interrumpa la prescripción.
¿Y si soy de ETT o subcontrata? El derecho depende del puesto y la exposición real. Si realiza tareas peligrosas comparables a la plantilla del centro, puede corresponderle el plus con arreglo al convenio aplicable y a la práctica de empresa.
Estas respuestas ofrecen una guía general. Para una estrategia personalizada, analice su convenio, sus tareas reales y la evidencia disponible. Con un expediente sólido, la reclamación del plus de peligrosidad laboral gana claridad, previsibilidad y opciones de éxito.