Despido injustificado: pasos para reclamar
Guía completa sobre el despido injustificado: cómo identificarlo, plazos, pasos para reclamar, indemnización, pruebas necesarias y vías judiciales.
Índice
- ¿Qué es un despido injustificado o improcedente?
- Cómo saber si mi despido es injustificado
- Plazos para reclamar un despido injustificado
- Pasos iniciales tras recibir la carta de despido
- Reclamación previa y acto de conciliación
- Demanda judicial por despido injustificado
- Indemnización y salarios de tramitación
- Errores frecuentes al reclamar un despido
- Consejos para negociar con la empresa
- Preguntas frecuentes
¿Qué es un despido injustificado o improcedente?
En el ámbito laboral español, se considera despido injustificado, también llamado despido improcedente, aquel que no cumple los requisitos legales de forma o de fondo. Es decir, cuando la empresa no acredita una causa real y suficiente para extinguir el contrato o no respeta el procedimiento exigido por el Estatuto de los Trabajadores y la normativa aplicable.
La calificación de un despido como improcedente no la hace la empresa, sino el juez de lo social o, en su caso, se reconoce por la propia empresa en el acto de conciliación. Esta calificación tiene consecuencias económicas importantes, ya que abre la puerta a la readmisión del trabajador o al pago de una indemnización superior a la del despido objetivo.
- Despido procedente: existe causa real y demostrable, y se han respetado los requisitos formales.
- Despido improcedente: la causa alegada no se acredita, es insuficiente o se incumple la forma (por ejemplo, falta de carta de despido).
- Despido nulo: vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones especialmente protegidas (embarazo, maternidad, etc.).
La diferencia entre despido improcedente y nulo es clave: el improcedente suele conllevar indemnización o readmisión a elección de la empresa, mientras que el nulo implica, por regla general, la readmisión obligatoria y el abono de los salarios dejados de percibir.
Cómo saber si mi despido es injustificado
Identificar si un despido es injustificado requiere analizar tanto la causa alegada por la empresa como el cumplimiento de los requisitos formales. No basta con que el trabajador considere que el despido es injusto; es necesario comprobar si se ajusta o no a la ley.
La empresa debe comunicar el despido por escrito mediante una carta en la que se detallen los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. La ausencia de carta o una carta excesivamente genérica suele ser un indicio de posible improcedencia, especialmente en despidos disciplinarios.
- Falta de carta de despido: comunicar el despido solo de palabra es, en la práctica, un fuerte indicio de improcedencia.
- Hechos vagos o inconcretos: si la carta no describe con claridad las conductas imputadas, puede considerarse defectuosa.
- Inexistencia de pruebas: la empresa debe poder acreditar los hechos alegados (por ejemplo, bajas de rendimiento, sanciones previas, etc.).
- Incumplimiento de plazos: en algunos despidos disciplinarios, la empresa debe actuar en un tiempo razonable desde que conoce los hechos.
- Discriminación o represalia: si el despido se produce tras reclamar derechos (salario, jornada, acoso), puede ser nulo o improcedente.
Ante cualquier duda, es recomendable acudir a un abogado laboralista o a un sindicato con la carta de despido, nóminas recientes y el contrato de trabajo. Un análisis temprano permite decidir si conviene negociar, reclamar o aceptar la extinción.
Plazos para reclamar un despido injustificado
El plazo para impugnar un despido en España es muy breve y estricto. El trabajador dispone de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para iniciar la reclamación. Se excluyen del cómputo los sábados, domingos y festivos, pero no se interrumpe por vacaciones ni por baja médica.
Este plazo es de caducidad: si se deja pasar, se pierde el derecho a reclamar el despido, aunque sea claramente injustificado. Por ello, es fundamental actuar con rapidez desde el mismo día en que se recibe la carta o se tiene conocimiento de la decisión empresarial.
- Día inicial: normalmente, el día siguiente a la fecha de efectos del despido indicada en la carta.
- Días hábiles: no cuentan sábados, domingos ni festivos oficiales.
- Interrupción del plazo: la presentación de la papeleta de conciliación interrumpe el cómputo hasta la celebración o intento de conciliación.
- Reanudación: tras el acto de conciliación, el plazo vuelve a correr por el tiempo restante hasta completar los 20 días.
Es aconsejable no agotar el plazo. Cuanto antes se prepare la reclamación, más fácil será recopilar pruebas, testigos y documentación. Guardar la carta de despido, los correos electrónicos y cualquier comunicación con la empresa es esencial para defender el caso.
Pasos iniciales tras recibir la carta de despido
Los primeros días tras recibir la carta de despido son decisivos. Una reacción precipitada o, por el contrario, la inacción pueden perjudicar seriamente las posibilidades de éxito en una reclamación por despido injustificado. Conviene seguir una serie de pasos ordenados y documentar todo lo posible.
- Solicitar la carta por escrito: si el despido se comunica verbalmente, pida una carta formal. Sin carta, la empresa se expone a que el despido sea declarado improcedente.
- Revisar la fecha de efectos: compruebe qué día se considera oficial a efectos de cómputo de plazos y prestaciones por desempleo.
- No firmar como conforme: si no está de acuerdo, firme “no conforme” junto a su firma en la carta o en el finiquito.
- Solicitar copia del finiquito: revise conceptos como vacaciones no disfrutadas, pagas extra, horas extra y otros devengos.
- Pedir certificado de empresa: es necesario para tramitar la prestación por desempleo.
- Recopilar documentación: contrato, nóminas, comunicaciones internas, sanciones previas, evaluaciones de desempeño, etc.
Firmar el finiquito o recibir una indemnización no impide reclamar el despido, siempre que se haya dejado constancia de la disconformidad. La firma suele acreditar únicamente la recepción de cantidades, no la aceptación de la causa del despido.
Reclamación previa y acto de conciliación
Antes de presentar una demanda judicial por despido injustificado, la ley exige intentar una conciliación administrativa. Este trámite se realiza, según la comunidad autónoma, ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) u organismo equivalente. Es un paso obligatorio salvo en contadas excepciones.
La conciliación tiene como objetivo que trabajador y empresa alcancen un acuerdo sin necesidad de juicio. En este acto se puede pactar la readmisión, una indemnización, la mejora del finiquito o cualquier otra condición que ambas partes acepten.
- Papeleta de conciliación: escrito en el que se identifican las partes, se describen los hechos, la fecha del despido y lo que se reclama (readmisión, indemnización, salarios, etc.).
- Presentación: se presenta en el registro del organismo competente o por vía telemática, según la comunidad autónoma.
- Señalamiento del acto: el servicio de conciliación cita a las partes a una fecha y hora determinadas.
- Resultados posibles: con avenencia (acuerdo), sin avenencia (sin acuerdo), intento sin efecto (si la empresa no comparece) o desistimiento.
Un buen asesoramiento en la fase de conciliación es esencial. Muchos conflictos se resuelven en este momento con acuerdos que mejoran notablemente la propuesta inicial de la empresa. Es recomendable acudir acompañado de abogado o representante sindical para valorar las ofertas y dejar bien redactado el acta.
Demanda judicial por despido injustificado
Si la conciliación termina sin acuerdo o la empresa no comparece, el siguiente paso es presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. En esta demanda se solicita que el despido sea declarado improcedente o nulo y se concreten las cantidades reclamadas. No es obligatorio abogado ni procurador, pero sí altamente recomendable contar con un profesional especializado en derecho laboral.
El procedimiento judicial por despido es relativamente ágil en comparación con otros procesos, aunque los plazos pueden variar según la carga de trabajo del juzgado. Durante el juicio, la empresa deberá acreditar la causa del despido y el trabajador podrá rebatirla aportando pruebas y testigos.
- Contenido de la demanda: datos del trabajador y de la empresa, relato de hechos, fecha del despido, salario, categoría profesional y petición concreta.
- Pruebas habituales: correos electrónicos, partes de trabajo, evaluaciones, testigos, grabaciones (en ciertos casos), documentos internos, etc.
- Vista oral: en el juicio declaran las partes y los testigos, se practican las pruebas y se formulan conclusiones.
- Sentencia: el juez puede declarar el despido procedente, improcedente o nulo, con las consecuencias legales correspondientes.
Si el despido se declara improcedente, la empresa podrá optar entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización legal. En caso de despido nulo, la readmisión suele ser obligatoria, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la reincorporación.
Indemnización y salarios de tramitación
Una de las cuestiones más relevantes en un despido injustificado es la cuantía económica que puede corresponder al trabajador. La indemnización por despido improcedente se calcula, con carácter general, en función del salario y de la antigüedad, aplicando los días de salario por año de servicio establecidos legalmente y respetando los topes máximos.
Tras la reforma laboral, la indemnización por despido improcedente se sitúa, con carácter general, en 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, si bien existe un tramo de 45 días por año para la antigüedad generada antes del 12 de febrero de 2012, con un máximo de 42 mensualidades, sujeto a reglas transitorias.
- Salario regulador: incluye salario base, complementos fijos y, en su caso, prorrata de pagas extraordinarias y otros conceptos habituales.
- Antigüedad: se computa desde la fecha de inicio de la relación laboral, incluyendo periodos de contratos temporales encadenados si se consideran una única relación.
- Topes máximos: la ley establece límites al número de mensualidades que se pueden percibir como indemnización.
- Salarios de tramitación: se abonan solo en determinados supuestos, principalmente cuando la empresa opta por la readmisión o en despidos nulos.
Es importante diferenciar entre indemnización por despido y finiquito. El finiquito recoge las cantidades pendientes de pago (vacaciones, pagas extra, horas extra, etc.), mientras que la indemnización compensa la extinción del contrato. Ambos conceptos pueden reclamarse conjuntamente si no se han abonado correctamente.
Errores frecuentes al reclamar un despido
Reclamar un despido injustificado implica tomar decisiones en poco tiempo y bajo presión emocional. Esto favorece la aparición de errores que pueden limitar o incluso impedir el éxito de la reclamación. Conocer los fallos más habituales ayuda a evitarlos y a proteger mejor los derechos laborales.
- Dejar pasar el plazo de 20 días: es el error más grave. Una vez caducado el plazo, la acción de despido se pierde.
- Firmar documentos sin leer: aceptar finiquitos o acuerdos privados sin asesoramiento puede implicar renuncias difíciles de revertir.
- No guardar pruebas: borrar correos, chats o documentos que podrían acreditar la realidad del trabajo o las circunstancias del despido.
- Confiar solo en acuerdos verbales: cualquier pacto con la empresa debe constar por escrito para ser exigible.
- No pedir asesoramiento profesional: cada caso tiene matices; lo que funcionó a un conocido puede no ser aplicable a otra situación.
Antes de firmar cualquier documento o aceptar una cantidad, es recomendable consultar con un profesional. Un breve análisis puede marcar la diferencia entre aceptar una oferta insuficiente o negociar una indemnización adecuada al caso concreto.
Consejos para negociar con la empresa
La negociación con la empresa es una parte esencial en muchos procesos de despido injustificado. En ocasiones, ambas partes prefieren evitar un juicio y alcanzar un acuerdo económico o de readmisión. Para negociar con eficacia es necesario conocer los derechos propios, el margen legal y las posibles consecuencias de no llegar a un pacto.
- Conocer la indemnización orientativa: calcular de antemano la cuantía aproximada que podría reconocerse en caso de despido improcedente.
- Valorar el riesgo procesal: ningún juicio está ganado de antemano; hay que ponderar la solidez de las pruebas y la postura de la empresa.
- Separar lo personal de lo profesional: mantener la calma y evitar discusiones emocionales facilita llegar a acuerdos razonables.
- Plantear propuestas claras: indicar qué cantidad se considera aceptable, en qué plazos y bajo qué condiciones.
- Formalizar el acuerdo por escrito: el pacto debe recogerse en un documento firmado o en el acta de conciliación, con detalle de cantidades y conceptos.
Un buen acuerdo suele ser aquel en el que ambas partes ceden algo pero se evitan los costes, la incertidumbre y el tiempo de un procedimiento judicial. Contar con un abogado o representante sindical en la mesa de negociación refuerza la posición del trabajador y ayuda a evitar cláusulas abusivas.
Preguntas frecuentes
A continuación se responden algunas de las dudas más habituales relacionadas con el despido injustificado y los pasos para reclamar. Estas respuestas tienen carácter orientativo y no sustituyen el asesoramiento jurídico personalizado.
¿Puedo cobrar el paro si reclamo un despido injustificado?
Sí. El hecho de impugnar el despido no impide solicitar la prestación por desempleo, siempre que se cumplan los requisitos de cotización. Es importante inscribirse como demandante de empleo y solicitar el paro dentro de los plazos establecidos, aunque el procedimiento judicial esté en curso.
¿Qué ocurre si la empresa reconoce la improcedencia del despido?
Si la empresa reconoce la improcedencia, puede hacerlo en la propia carta, en el acto de conciliación o incluso en el juicio. En ese caso, normalmente se limita la controversia a la cuantía de la indemnización y al pago de otras cantidades pendientes. El reconocimiento puede agilizar el cobro, pero conviene revisar que la cifra ofrecida se ajusta a la ley.
¿Puedo grabar conversaciones con la empresa para usarlas como prueba?
En general, los tribunales admiten como prueba las grabaciones realizadas por uno de los participantes en la conversación, siempre que no se vulneren derechos fundamentales de terceros. No obstante, cada caso debe analizarse con cautela, por lo que es recomendable consultar previamente con un profesional antes de aportar grabaciones en juicio.
¿Qué diferencia hay entre despido disciplinario y objetivo?
El despido disciplinario se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas de asistencia, desobediencia, ofensas, etc.), mientras que el despido objetivo se fundamenta en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en ineptitud o falta de adaptación del trabajador. Ambos pueden ser declarados improcedentes si no se acreditan las causas o se incumple la forma.
¿Necesito obligatoriamente un abogado para reclamar el despido?
No es obligatorio acudir con abogado al SMAC ni al Juzgado de lo Social, pero sí muy recomendable. El derecho laboral tiene particularidades técnicas y plazos estrictos; un error en la redacción de la papeleta o de la demanda puede perjudicar la reclamación. Un profesional especializado aumenta las posibilidades de lograr una indemnización adecuada o la readmisión.
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