Reducción de categoría laboral: qué hacer legalmente

Reducción de categoría laboral: qué hacer legalmente

Publicado el 13 de septiembre de 2025


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Qué es reducción de categoría laboral

La reducción de categoría laboral, también denominada democión o degradación profesional, es la decisión empresarial por la que una persona trabajadora pasa a desempeñar funciones de un grupo profesional o categoría inferior a la que venía ostentando, con impacto potencial en su salario, responsabilidades y trayectoria. Aunque en el día a día pueda confundirse con cambios de puesto o redistribuciones de tareas, la reducción de categoría tiene una carga jurídica concreta: altera el equilibrio esencial del contrato y, si no se ajusta a la ley, puede ser impugnada para recuperar la categoría y reclamar diferencias salariales.

Para entenderla correctamente, conviene distinguir entre movilidad funcional (cambios dentro del grupo profesional o entre grupos con límites) y modificación sustancial de condiciones (afecta a elementos esenciales como jornada, salario o funciones más allá de lo pactado). La reducción de categoría suele situarse entre ambos conceptos: si el empleador encomienda tareas inferiores de manera estable, alterando la clasificación profesional, puede incurrir en una medida ilícita salvo que existan razones objetivas y se cumpla el procedimiento legal.

Idea clave: no todo cambio de funciones es una reducción de categoría. Lo es cuando te asignan tareas inferiores de forma no puntual, con pérdida real de funciones y/o salario, y fuera de los márgenes legales de la movilidad funcional.

En la práctica, los indicios típicos son: desaparecer de tus funciones nucleares, asignarte tareas repetitivas y de menor cualificación, retirar accesos o responsabilidades, cambiar tu denominación profesional, excluirte de reuniones o proyectos propios de tu nivel y ajustar tu retribución a la baja. Si detectas estos signos, documenta con fechas, correos, organigramas y nóminas para valorar la existencia de una reducción de categoría laboral impugnable.

Pasos inmediatos ante una reducción

Si sospechas que estás ante una reducción de categoría laboral, actúa con método. Lo primero es no precipitarte ni renunciar por escrito. Evita firmar documentos sin “no conforme” o sin recoger que lo haces a efectos de recibí. A partir de ahí, define un plan de 5 pasos: diagnóstico, prueba, comunicación interna, precontencioso y, si es necesario, demanda.

  • Diagnóstico: compara funciones antiguas y nuevas, revisa contrato y convenio, identifica si hay impacto en salario y proyección.
  • Prueba: recopila correos, órdenes, organigramas, evaluaciones, descripciones de puesto, nóminas y testigos.
  • Comunicación: remite un burofax o email formal a RR. HH. dejando constancia de la discrepancia y pidiendo restituir tu categoría.
  • Asesoramiento: consulta con un profesional para elegir la vía adecuada (movilidad funcional vs modificación sustancial vs tutela).
  • Precontencioso: presenta papeleta de conciliación si procede. Si hay derechos fundamentales, valora medidas cautelares.

Plantilla útil: una comunicación breve y respetuosa que describa los cambios, cite tu categoría y solicite la restitución. Añade que reservas acciones legales y que adjuntas evidencias.

Mantén siempre un tono profesional. Tu objetivo inmediato es detener la degradación y abrir un canal formal para corregirla o preparar una impugnación sólida. La precisión en fechas y documentos marcará la diferencia si el asunto llega a conciliación o juicio.

Plazos, comunicaciones y pruebas

En materia laboral, los plazos son muy breves. Si la reducción de categoría laboral se materializa como modificación sustancial o afecta de hecho a tu clasificación y salario, el tiempo para impugnar es limitado desde la efectividad de la medida. Por eso conviene comunicar por escrito tu disconformidad cuanto antes, interrumpir plazos cuando sea posible mediante conciliación y fijar documentalmente los hechos. Usa canales fehacientes (burofax con certificación de texto y acuse de recibo) o, en su defecto, correo corporativo con lectura confirmada y registro.

La prueba será la piedra angular: correos con instrucciones, cambios en el organigrama, retirada de permisos, partes de evaluación, actas de reuniones, capturas de herramientas internas, turnos y nóminas con alteraciones de complementos. Los testigos (compañeros, mandos, RR. HH.) pueden reforzar el relato sobre tareas reales. Si te asignan tareas inferiores pero mantienes el salario, aún puede existir vulneración de tu clasificación y dignidad, cosa que también es reclamable.

  • Checklist de prueba: antes/después de funciones; evidencias de retirada de tareas clave; nóminas comparadas; mensajes con órdenes; organigramas.
  • Coherencia temporal: sitúa cada evidencia en una línea de tiempo clara; evita lagunas y contradicciones.
  • Comunicación a la empresa: formula petición de restitución y advierte de reserva de acciones; guarda los acuses.

Cuanto más temprano fijes los hechos y los plazos, más margen tendrás para negociar o impugnar con éxito. La inacción prolongada puede interpretarse como aquiescencia.

Impugnación, conciliación y demanda

Si la empresa no corrige la situación, toca impugnar. En la mayoría de supuestos, el itinerario lógico es presentar una papeleta de conciliación ante el servicio administrativo competente (por ejemplo, SMAC), describiendo hechos y pretensiones: restitución de la categoría, abono de diferencias salariales y cese de medidas lesivas. La conciliación abre un espacio para acuerdo rápido: restitución inmediata, plan de transición o indemnización. Si no hay avenencia, se interpone demanda ante el juzgado de lo social.

En demanda, estructura tu caso con claridad: (1) categoría y funciones pactadas, (2) hechos que evidencian la asignación de tareas inferiores, (3) carencia de causa objetiva o incumplimiento de procedimiento, (4) perjuicios sufridos (dignidad profesional, carrera, salario), y (5) pretensiones concretas. Pide, además, intereses por cantidades debidas y, si hay vulneración de derechos fundamentales (represalia, discriminación), la tutela correspondiente con indemnización adicional y medidas de reparación.

  • Medidas cautelares: en casos de especial gravedad, pueden solicitarse para evitar daños irreparables.
  • Prueba pericial: organigrama, valoración de puestos, auditoría retributiva o peritaje de RR. HH. pueden reforzar el caso.
  • Negociación: la empresa puede preferir un acuerdo que evite sentencia y riesgos reputacionales.

El objetivo es restituir tu posición profesional y económica. A falta de restitución, busca un acuerdo que compense el perjuicio y deje por escrito el reconocimiento de tu nivel.

Salarios, diferencias e indemnizaciones

La reducción de categoría laboral impacta de lleno en el salario. Si te pagan conforme a una categoría inferior, puedes reclamar diferencias retributivas respecto de lo que te corresponde por tu grupo profesional real. Este cálculo se apoya en las tablas del convenio y en complementos vinculados al puesto (responsabilidad, mando, disponibilidad). Incluso cuando la empresa te mantiene el salario pero te “degrada” en funciones, subsiste un perjuicio a tu clasificación y carrera que puede dar lugar a reparación si se acredita el daño.

En escenarios con vulneración de derechos fundamentales (represalia, discriminación), procede solicitar una indemnización adicional por daños morales, graduada según gravedad, duración, publicidad de la medida y afectación profesional. No lo confundas con los salarios dejados de percibir: son conceptos distintos y acumulables cuando concurren sus presupuestos.

  • Cómo calcular diferencias: identifica tu grupo real, localiza su salario anual de convenio, compara con tus nóminas y suma atrasos.
  • Intereses: aplica los legales o de mora si procede, desde cada mensualidad.
  • Prueba económica: aporta tablas, nóminas, vida laboral, certificados de empresa y descripciones de puesto.

En negociación, una oferta razonable combina restitución de categoría, abono de atrasos, regularización futura y, si procede, indemnización por daños. Documenta el acuerdo con claridad.

Situaciones especiales y prohibiciones

Hay contextos en los que la reducción de categoría laboral es especialmente sospechosa o prohibida. Si coincide con embarazo, lactancia, reducción de jornada por guarda legal, reincorporación tras baja médica, situación de discapacidad, actividad sindical o denuncias internas, examina con lupa la causa de la medida. La proximidad temporal a estos hitos y la ausencia de justificación técnica robusta pueden revelar una represalia o discriminación. En tales casos, la tutela judicial ofrece herramientas reforzadas: inversión de la carga de la prueba, indemnizaciones específicas y medidas de reparación.

Tampoco es válido usar la democión como atajo para forzar una baja voluntaria o como castigo por negarte a aceptar cambios abusivos. Los traslados geográficos o cambios de jornada no son sucedáneos válidos para encubrir una degradación. Si el cambio impacta en tus funciones esenciales o renombra tu puesto para rebajarlo, sin procedimiento ni causa objetiva, estaríamos ante una medida nula o injustificada.

  • Embarazo y maternidad: máxima protección; cualquier degradación exige justificación reforzada.
  • Representación legal: medidas frente a delegados sindicales tienen control de especial intensidad.
  • Salud y riesgos: el cambio de tareas debe respetar aptitudes y evaluaciones médicas.

Ante colectivos protegidos, la empresa debe extremar la proporcionalidad y la motivación. Si no lo hace, la impugnación suele prosperar con restitución e indemnización.

Buenas prácticas de RR. HH. y prevención

Desde la óptica de RR. HH., minimizar litigios por reducción de categoría laboral exige planificación, documentación y comunicación. Antes de ejecutar cambios, analiza el mapa de puestos, contrasta la cualificación de la plantilla, valora alternativas (formación, recolocación en mismo grupo, rotación temporal) y diseña una hoja de ruta con hitos, responsables y métricas. Cuando la medida sea inevitable, prepara un dossier de causa organizativa, evaluación de impacto retributivo y plan de acompañamiento (formación, mentoring, revisión salarial futura).

La comunicación con la persona afectada debe ser franca y respetuosa. Explica el porqué, el alcance temporal, los objetivos y las garantías (mantenimiento salarial si procede). Ofrece vías de revisión y feedback. Un enfoque empático reduce el riesgo reputacional y facilita acuerdos que evitan la judicialización.

  • Documentar: actas, informes y descripciones actualizadas de puestos antes y después del cambio.
  • Formación: puente de competencias para transiciones no lesivas de carrera.
  • Revisión periódica: fija un hito para evaluar si la medida sigue siendo necesaria o si procede restituir.

Checklist de prevención: causa objetiva, proporcionalidad, respeto a la dignidad, mantenimiento retributivo cuando sea posible, consulta con la representación legal de las personas trabajadoras y comunicación escrita clara.

Preguntas frecuentes

¿Una bajada de funciones sin bajar sueldo es reducción de categoría laboral? Sí, puede serlo si te asignan tareas inferiores de forma estable y fuera de la movilidad funcional permitida. Aunque no haya pérdida salarial, existe lesión de tu clasificación y dignidad profesional que puede impugnarse.

¿Qué puedo reclamar si gano el juicio? La restitución de la categoría, el abono de diferencias salariales y, en su caso, indemnización por daños (especialmente si hubo discriminación o represalia). También la regularización futura de complementos vinculados al puesto.

¿Es obligatorio pasar por conciliación? En la mayoría de reclamaciones individuales sí, salvo supuestos de tutela de derechos fundamentales u otros casos específicos. La conciliación permite acuerdos rápidos y económicos.

¿Cómo pruebo que me han degradado? Junta correos con órdenes, cambios de acceso, organigramas, descripciones de puesto, nóminas y testimonios. Establece una línea temporal clara y coherente.

¿Qué plazo tengo para actuar? Los plazos en laboral son breves desde que la medida es efectiva. Comunica por escrito tu disconformidad lo antes posible y presenta conciliación/demanda dentro del plazo aplicable en tu caso.

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