Multas de tráfico en el trabajo: qué hacer legalmente

Multas de tráfico en el trabajo: qué hacer legalmente

Publicado el 17 de septiembre de 2025


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Resumen rápido: qué hacer ante una multa de tráfico en el trabajo

Recibir una multa de tráfico mientras trabajas —ya sea conduciendo un vehículo de empresa o tu coche particular durante una gestión laboral— genera dudas inmediatas: ¿quién paga?, ¿me restan puntos?, ¿pueden sancionarme laboralmente?, ¿conviene recurrir o pagar con descuento? Esta guía explica, paso a paso, cómo actuar para proteger tus derechos y cumplir con las obligaciones legales y organizativas. El primer paso siempre es identificar con exactitud los hechos: fecha y hora, lugar, tipo de infracción, agente denunciante o dispositivo automatizado, y si estabas en misión (desplazamiento por encargo del empleador) o en itinere (trayecto casa-trabajo).

Comunica la multa al responsable interno (RR. HH., prevención o flota) en cuanto tengas conocimiento. Si la notificación llega a la empresa, esta debe identificar al conductor en plazo. Recopila evidencias útiles: órdenes de trabajo, correos, partes de servicio, registros de geolocalización del vehículo o telemática de flota. Revisa también la política interna sobre uso de vehículos y el convenio colectivo, donde a menudo se detallan supuestos, responsabilidades, cargos y procedimientos de recurso.

Para valorar contexto de tráfico en tiempo real (atascos, incidencias) es muy práctico consultar las Cámaras dela DGT, una herramienta ágil para prever rutas y reducir riesgos durante desplazamientos laborales.

Decidir entre pagar con el 50% de descuento (pronto pago) o recurrir exige ponderar: cuantía, pérdida de puntos, reincidencia, impacto en el trabajo (p. ej., si tu puesto exige conducir) y posibilidades de defensa (errores de forma, falta de señalización, identificación incorrecta del conductor, calibración de cinemómetros). En paralelo, evalúa si la conducta puede tener repercusión disciplinaria (especialmente alcohol/drogas, exceso grave o conducción temeraria) y si procede activar protocolos de seguridad vial, formación o acompañamiento.

  • Identifica si estabas en misión o en itinere.
  • Notifica a la empresa y guarda evidencias.
  • Valora pronto pago vs. recurso según puntos y opciones de defensa.
  • Revisa políticas internas y convenio aplicable.
  • Activa medidas preventivas si procede.

Quién paga la multa: empleado, empresa o ambos

Como regla general, las multas de tráfico son personales: paga quien comete la infracción. Si el vehículo es de empresa pero el trabajador incurre en un exceso de velocidad o un estacionamiento indebido, el responsable económico suele ser el conductor infractor. No obstante, existen matices. La empresa puede incurrir en responsabilidad si la infracción deriva de defectos del vehículo, falta de mantenimiento, instrucciones empresariales contrarias a la norma (p. ej., exigir tiempos de entrega incompatibles con los límites de velocidad) o una deficiente organización que impida el cumplimiento de la ley (telemetría desconectada por orden superior, tacógrafo manipulado, etc.).

En vehículos de uso compartido, el titular (empresa) debe identificar al conductor en plazo cuando reciba la notificación. La omisión o identificación inexacta puede acarrear sanción adicional para la empresa. Por su parte, el trabajador debe colaborar honestamente, aportando la información necesaria. Si la infracción es de carácter formal (documentación del vehículo, ITV caducada, seguro no vigente) y la empresa es responsable del cumplimiento, la sanción económica podría recaer sobre ella, sin perjuicio de la eventual repercusión interna si existió negligencia del trabajador.

Claves prácticas: revisa la póliza del seguro (conductor autorizado, franquicias), el manual del vehículo y la política de flota. A veces establecen asunción de franquicias por daños propios o límites al reembolso de sanciones.

En el ámbito laboral, cargar indiscriminadamente multas a la nómina puede ser ilícito si no existe base convencional o contractual clara y si no se acredita la responsabilidad personal del trabajador. La empresa debe actuar con proporcionalidad y debido proceso (audiencia previa, posibilidad de alegaciones). Cuando la infracción conlleva pérdida de puntos y el puesto exige conducir, pueden activarse medidas como recolocación temporal, formación o suspensión de funciones de conducción, siempre respetando derechos fundamentales y la normativa de prevención de riesgos.

Plazos legales, descuentos y recursos

Conocer plazos es esencial. Tras la notificación, suele abrirse un periodo de pago con reducción del 50% (pronto pago). Optar por el descuento normalmente implica renunciar al recurso administrativo, por lo que conviene valorar la solidez de una eventual defensa. Si la empresa recibe la denuncia, dispone de un plazo para identificar al conductor; después, la Administración dirigirá el procedimiento contra la persona identificada. Es fundamental calendarizar internamente los plazos para no perder oportunidades de alegar o aportar pruebas.

Motivos frecuentes de recurso incluyen: deficiencias en la señalización, errores en la identificación del vehículo o del conductor, falta de acreditación del hecho infractor, deficiente calibración o mantenimiento de radares y etilómetros, o ausencia de prueba gráfica suficiente. En multas por estacionamiento, la prueba fotográfica, la visibilidad de señales y la descripción precisa del lugar son determinantes. En controles de alcohol o drogas, revisa cadena de custodia y cumplimiento estricto del protocolo (contraprueba, tiempos, dispositivos homologados).

  • Pronto pago: útil cuando la pérdida de puntos es irrelevante y la prueba es sólida.
  • Alegaciones: recomendables si existen dudas sobre la autoría o la corrección de la prueba.
  • Recurso: exige argumentación jurídica y pruebas (testigos, registros de ruta, partes de trabajo, certificados de calibración).
  • Silencio o extemporaneidad: pueden cerrar la vía de defensa; gestiona plazos con rigor.

En entornos corporativos, centralizar la gestión de sanciones evita pérdidas de plazo. Utiliza plantillas de alegaciones, repositorios de documentación (calibraciones, mantenimientos), matriz de decisión pronto pago/recurso y un cuadro de KPI para detectar infracciones recurrentes y acciones formativas.

Vehículo de empresa: políticas internas y cesión de uso

El uso de vehículos corporativos (asignados o de pool) debe apoyarse en una política clara que especifique condiciones de utilización, conductores autorizados, obligaciones de mantenimiento, prohibiciones, tratamiento de multas y consecuencias disciplinarias. Si el vehículo se cede también para uso privado, delimita por escrito periodos, kilometraje, consumos y responsabilidades en infracciones fuera de jornada. Asimismo, establece el procedimiento para comunicar sanciones y para identificar al conductor ante la autoridad, preservando la normativa de protección de datos.

Integra controles razonables: checklist de pre-salida, reporte de incidencias, verificación periódica de permisos de conducción, y telemetría no intrusiva para seguridad y mantenimiento. Evita el “control total” desproporcionado; el objetivo es prevenir riesgos y cumplir la ley, no vigilar sin causa. El manual debe detallar cómo actuar en caso de pérdida de puntos, inmovilizaciones, retirada del vehículo o accidentes, y cómo coordinarse con el departamento jurídico y con el asegurador.

Incluye en la política: autorización expresa de conductores, protocolo de identificación ante multas, cuadro de responsabilidades, y repositorio de documentación (permiso de circulación, ITV, seguro) accesible para inspecciones.

En flotas con uso compartido, asigna un “gestor de llaves” y un sistema de reservas para vincular cada salida a un responsable. Documenta la entrega y devolución con fotos (daños, nivel de combustible) y registra incidencias. En empresas intensivas en reparto o mantenimiento, la coordinación con operaciones es crítica para evitar instrucciones que incentiven conductas de riesgo (tiempos imposibles, rutas no seguras). La cultura de seguridad vial debe premiar el cumplimiento y no penalizar los reportes tempranos de incidencias.

Conducción en jornada, desplazamientos y teletrabajo

Distinguir “en misión” (desplazamiento por encargo directo del empleador) de “itinere” (casa-trabajo) es clave. En misión, la conexión con la actividad laboral es directa; la empresa debe organizar el trabajo para que pueda cumplirse la normativa de tráfico y de prevención de riesgos. En itinere, la conducción pertenece al ámbito personal del trabajador, si bien hay efectos en materia de accidentes. El teletrabajo incorpora escenarios híbridos: desplazamientos puntuales a clientes o a la oficina pueden considerarse misión si están ordenados o autorizados por la empresa.

La organización del tiempo influye en la siniestralidad. Evita reuniones encadenadas en ubicaciones distantes sin margen razonable de desplazamiento; limita llamadas o video-reuniones durante la conducción y promueve pausas en trayectos largos. En sectores con urgencias (mantenimiento, emergencias comerciales), define turnos y guardias que minimicen la fatiga. Incluye recomendaciones sobre climatología adversa y rutas alternativas. Herramientas de planificación responsable reducen infracciones por velocidad, estacionamientos indebidos y conductas imprudentes.

  • Define cuándo un desplazamiento es “en misión”.
  • Autoriza por escrito salidas y uso de vehículos.
  • Evita agendas incompatibles con la seguridad vial.
  • Prohíbe expresamente usar el móvil sin manos libres y redactar mensajes conduciendo.
  • Establece pausas y límites de horas de conducción continuada.

En teletrabajo, recuerda que el trabajador puede necesitar desplazarse para gestiones logísticas (recogida de material, visitas técnicas). Clarifica cuándo el kilometraje es reembolsable, cómo se justifica y qué coberturas aplican si hay accidente. Un marco claro evita conflictos y reduce la posibilidad de sanciones derivadas de prisas y rutas improvisadas.

Retirada de puntos, permisos y prevención

La pérdida de puntos afecta a la aptitud para conducir y, en consecuencia, a puestos que la requieren. La empresa debe conocer el estado del permiso de los conductores autorizados mediante mecanismos proporcionados (declaraciones responsables periódicas, comprobación con consentimiento, o certificados en procesos concretos). Si un trabajador pierde vigencia del permiso, procede la suspensión de tareas de conducción y la evaluación de alternativas temporales: reasignación, formación recuperadora de puntos o permisos especiales si proceden.

La prevención es la mejor defensa. Implementa programas de conducción segura, cursos de actualización y campañas de concienciación en periodos de mayor siniestralidad (campañas de verano, invernales, eventos masivos). Establece indicadores: multas por 100.000 km, puntos perdidos, incidentes de estacionamiento, y analiza causas raíz (zonas conflictivas, horarios de pico, presión comercial). Premia a equipos con buen desempeño y promueve el reporte de cuasi-accidentes sin represalias.

Evita tolerancia cero acrítica. El enfoque “cero incidentes” debe acompañarse de soporte: revisión de rutas, renovación de neumáticos, mantenimiento preventivo y tiempos realistas.

En infracciones graves (alcohol, drogas, conducción temeraria), además de la sanción administrativa y penal, puede haber consecuencias disciplinarias severas. Asegúrate de que el protocolo interno recogido en el reglamento o manual de convivencia fija el procedimiento de investigación, garantías del trabajador y medidas cautelares, siempre respetando la proporcionalidad y la presunción de inocencia hasta resolución firme.

Accidentes, atestados y cobertura del seguro

Los accidentes durante desplazamientos laborales requieren una doble mirada: tráfico y laboral. En el momento del siniestro, prioriza la seguridad, señaliza, atiende a heridos y avisa a emergencias. Recoge datos de testigos, fotografías del entorno y vehículos, y cumplimenta el parte amistoso cuando sea posible. Si interviene la autoridad, solicita copia del atestado o número de diligencias. Informa de inmediato a la empresa y al asegurador; respeta los plazos de comunicación de siniestro y aporta toda la documentación.

La póliza del vehículo (o de flota) suele cubrir daños a terceros; revisa la existencia de franquicias, coberturas de conductor, defensa jurídica y asistencia en carretera. En vehículos privados usados para el trabajo, confirma que la póliza contemple uso profesional u ocasional laboral; de lo contrario, el asegurador podría discutir coberturas. La empresa debe verificarlo al autorizar el uso de vehículo propio y, si procede, exigir certificados o incorporar cláusulas específicas.

  • Parte amistoso y fotografías detalladas.
  • Comunicación inmediata a empresa y aseguradora.
  • Conservación de facturas y justificantes.
  • Coordinación con salud laboral si hay lesiones.

Si la sanción deriva del accidente (p. ej., alcance por distracción), valora la conveniencia de recurso en función del atestado y peritaciones. En el plano laboral, la calificación de accidente de trabajo puede tener efectos en prestaciones; documenta que el desplazamiento estaba vinculado a la misión y que se cumplían instrucciones de seguridad. La gestión transparente, con apoyo a la persona afectada, favorece la recuperación y reduce la litigiosidad.

Protección de datos y notificaciones de la DGT

Cuando la DGT notifica al titular del vehículo (empresa), esta debe identificar al conductor. El tratamiento de datos (nombre, DNI, permiso) debe cumplir los principios de licitud, minimización y seguridad. Limita el acceso a personal estrictamente necesario y conserva la información el tiempo imprescindible para la gestión de la sanción y la defensa jurídica. Si usas telemetría, geolocalización o cámaras propias, informa de forma clara a los trabajadores, define finalidades (seguridad, mantenimiento) y evita usos disciplinarios automáticos sin verificación humana.

La empresa debe mantener actualizados los datos de contacto para notificaciones electrónicas y buzones habilitados. Un error en la configuración puede implicar notificaciones por comparecencia y pérdida de plazos. Establece alertas internas, delegaciones de firma y suplencias para periodos vacacionales. Documenta los registros de identificación de conductores, manteniendo evidencia de la diligencia empresarial y facilitando auditorías internas.

Buenas prácticas: registro de conductores autorizados, procedimiento estándar de respuesta a notificaciones, y formación anual sobre privacidad aplicada a flota y sanciones.

Recuerda que el derecho de acceso del trabajador a su información no incluye la de terceros salvo obligación legal o requerimiento de autoridad. En todas las comunicaciones, emplea canales seguros y evita difundir datos por mensajería informal. La coordinación con el Delegado de Protección de Datos (si existe) y con el departamento jurídico asegura coherencia y cumplimiento.

Modelo de protocolo interno para la empresa

Un protocolo claro reduce tiempos, costes y conflictos. A continuación, una pauta tipo que puedes adaptar a tu organización y sector. Empieza con el objeto (gestión de multas y seguridad vial corporativa), el ámbito (vehículos de empresa y privados en misión), y las definiciones clave (misión, itinere, conductor autorizado, gestor de flota). Continúa con responsabilidades: dirección (aprobación y recursos), gestor de flota (documentación, mantenimiento, identificación de conductores), RR. HH. (comunicación, medidas laborales), trabajadores (cumplimiento normativo, reporte y colaboración en procesos).

El procedimiento debe contemplar: recepción de notificación (canales, registro, plazos), identificación del conductor (flujograma y trazabilidad), decisión pronto pago/recurso (matriz por tipo de infracción, puntos y cuantía), redacción y envío de alegaciones con plantillas, archivo de expedientes y evaluación posterior. Añade prevención: formación anual, auditorías de conducción, controles de mantenimiento y neumáticos, y campañas de sensibilización. Incorpora medidas disciplinarias graduadas y garantistas, especialmente para conductas de alto riesgo (alcohol/drogas, temeridad).

  • Registro de conductores autorizados y verificación del permiso.
  • Checklists de salida y retorno del vehículo.
  • Plantillas de alegaciones y calendario de plazos.
  • Indicadores KPI: puntos perdidos, multas por km, reincidencias.
  • Revisión semestral del protocolo y lecciones aprendidas.

Finalmente, define la gobernanza del sistema: comité de seguridad vial con representantes de operaciones, prevención y jurídico; reuniones trimestrales; y reporte a dirección. Un protocolo vivo, conocido y aplicado evita improvisaciones, preserva la reputación y mejora la seguridad de toda la plantilla.

Preguntas frecuentes

¿Puedo negarme a identificar al conductor si el vehículo es de empresa? No. La empresa, como titular, está obligada a identificar al conductor cuando recibe la notificación. La falta de identificación o su retraso puede acarrear sanción adicional para la compañía. Internamente, debe existir un procedimiento para recabar la información con garantías de privacidad y trazabilidad.

Si pago con descuento, ¿pierdo el derecho a recurrir? Generalmente, sí: el pronto pago conlleva la finalización del procedimiento y la renuncia a recursos ordinarios. Antes de optar por el 50% de reducción, valora la pérdida de puntos, el impacto laboral y la solidez de una eventual defensa. Si la multa afecta a tu capacidad de conducir por tu puesto, consultar con el departamento jurídico puede ser determinante.

¿La empresa puede descontar automáticamente las multas de mi nómina? No de forma automática ni indiscriminada. Debe existir base contractual o convencional y acreditarse tu responsabilidad personal. Además, deben respetarse las garantías de audiencia y proporcionalidad. En infracciones derivadas de fallos empresariales (ITV, documentación), lo razonable es que la empresa asuma la sanción.

¿Qué ocurre si pierdo todos los puntos y mi puesto exige conducir? La empresa debe apartarte temporalmente de tareas de conducción y explorar alternativas (reubicación, formación, medidas de apoyo). Si la imposibilidad es prolongada y objetiva, podrían valorarse soluciones contractuales conforme a la normativa aplicable, siempre con asesoramiento y respeto a los derechos del trabajador.

¿Las multas en itinere cuentan como “laborales”? A efectos de tráfico, la responsabilidad sigue siendo del conductor. A efectos laborales (accidente, prestaciones), el itinere puede tener un tratamiento distinto. En sanciones administrativas, el criterio de pago y puntos no cambia por ser camino al trabajo.

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