
Indemnización por acoso sexual en el trabajo
Publicado el 22 de septiembre de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 9 min
Índice
- Marco legal y definición
- Qué es acoso sexual laboral
- Cómo probar el acoso y recopilar evidencias
- Pasos para reclamar la indemnización
- Cálculo de la indemnización y daños reclamables
- Responsabilidad del empleador y prevención
- Derechos de la víctima y protección laboral
- Plazos, costes y errores comunes
- Modelos y ejemplos prácticos
- Preguntas frecuentes
Marco legal y definición
La indemnización por acoso sexual en el trabajo es la compensación económica que puede reclamar una persona trabajadora cuando sufre comportamientos de naturaleza sexual no deseados que atentan contra su dignidad o crean un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo. En el ámbito laboral, el acoso sexual es una forma de discriminación y de violencia que vulnera derechos fundamentales, como el derecho a la integridad moral, a la igualdad y a la salud laboral. Su tratamiento jurídico se apoya en la normativa de prevención de riesgos, la legislación de igualdad, el Estatuto de los Trabajadores y la doctrina de los tribunales, que obligan a las empresas a prevenir, investigar y sancionar estas conductas, así como a reparar el daño ocasionado a la víctima.
Para fines prácticos, conviene distinguir entre el acoso sexual “quid pro quo” —cuando se condicionan decisiones laborales (ascensos, contratos, horarios) a aceptar comportamientos sexuales—, y el acoso sexual ambiental —conductas o expresiones de índole sexual que deterioran el clima laboral sin condicionar directamente decisiones de empleo—. En ambos supuestos, el efecto sobre la persona es relevante: ansiedad, estrés, disminución del rendimiento, bajas médicas y, con frecuencia, abandono del puesto o cambio de departamento. La indemnización tiene la finalidad de compensar los daños morales y materiales causados, además de transmitir un mensaje claro de tolerancia cero frente a estas conductas.
Idea clave: la empresa tiene el deber de diligencia: prevenir, detectar, investigar y corregir. Si falla, puede responder solidaria o subsidiariamente por los daños y debe implementar medidas efectivas para evitar la reiteración.
Qué es acoso sexual laboral
El acoso sexual laboral comprende toda conducta de naturaleza sexual no deseada que afecte a la dignidad de la persona trabajadora. Se manifiesta a través de proposiciones insistentes, tocamientos, acercamientos físicos invasivos, comentarios o chistes obscenos, difusión de imágenes insinuantes, mensajes electrónicos con contenido sexual o cualquier forma de presión para obtener favores sexuales. No es necesario que exista contacto físico; las palabras, insinuaciones y gestos pueden bastar si son indeseados y generan un entorno hostil. La valoración debe realizarse considerando el contexto, la reiteración y el impacto en la víctima, sin exigir pruebas imposibles ni minimizar las conductas por su aparente “baja intensidad”.
También es acoso sexual cuando la persona agresora ejerce poder jerárquico o influencia (jefaturas, mandos intermedios, personal de coordinación) y utiliza esta posición para presionar. La víctima puede ser mujer u hombre y el agresor puede pertenecer a cualquier nivel de la organización, incluidos proveedores y clientes, si el hecho ocurre en el contexto laboral. Importa subrayar que el consentimiento viciado por miedo o dependencia no legitima la conducta. Además, la reacción de la víctima puede variar: hay quien denuncia de inmediato y hay quien tarda por temor a represalias. Ese retraso no resta credibilidad y, de existir represalias (despidos, cambios horarios punitivos, aislamiento), éstas generan un plus indemnizatorio.
- Conducta sexual no deseada, explícita o implícita.
- Efecto intimidatorio, degradante u ofensivo en el entorno laboral.
- Posible vinculación a decisiones laborales (contratación, ascenso, turnos).
Cómo probar el acoso y recopilar evidencias
La prueba en casos de indemnización por acoso sexual exige estrategia y prontitud. Documentar los hechos desde el inicio reduce la carga emocional y refuerza la credibilidad. Reúne mensajes, correos electrónicos, chats corporativos, comunicaciones por aplicaciones, fotografías, grabaciones de audio en espacios donde la ley lo permita, y anota fechas y lugares de cada incidente. Los testigos (compañeros que hayan visto u oído algo, o que perciban cambios en tu conducta) ayudan a corroborar el relato. Los informes médicos o psicológicos acreditan el daño a la salud, y los partes de baja o informes de prevención de riesgos laborales (PRL) muestran el nexo con el trabajo.
Activa los canales internos: protocolo de acoso, buzón ético o compliance. Notifica por escrito para generar trazabilidad. Si la empresa cuenta con comité, servicio de prevención o delegado/a de igualdad, solicita su intervención. Pide copia de tus denuncias internas y de las resoluciones. En paralelo, considera la denuncia ante la inspección de trabajo o la vía judicial laboral/civil e, incluso, penal cuando la gravedad lo aconseje. Recuerda que no se exige una “prueba plena” en situaciones de difícil verificación; basta con aportar indicios razonables para que la parte demandada deba justificar su actuación y la inexistencia de discriminación o acoso.
Checklist probatorio: cronología detallada, mensajes y correos, testigos, informes médicos/psicológicos, activación del protocolo interno, denuncias ante autoridad laboral o judicial.
Pasos para reclamar la indemnización
El itinerario típico para reclamar una indemnización por acoso sexual comienza por la activación del protocolo interno de la empresa. Presenta un escrito claro con hechos, fechas y pruebas; solicita medidas cautelares (cambio de turno, teletrabajo, alejamiento de la persona denunciada) para proteger tu salud. Si la investigación interna no es diligente, o si concluye sin medidas correctivas, recurre a la vía administrativa y judicial. En la jurisdicción social se pueden acumular pretensiones: declaración del acoso, nulidad de las represalias, readmisión o extinción indemnizada del contrato y una indemnización por daños morales y materiales.
En paralelo, valora la acción penal en casos graves. La inspección de trabajo puede investigar y sancionar, lo cual fortalece la reclamación civil o laboral. Acompaña todo con informes de salud laboral y psicoterapia. Es recomendable que la demanda esté bien estructurada: relato de hechos, fundamentos jurídicos, cuantificación del daño y solicitud de medidas de reparación y garantías de no repetición. Si tu contrato finaliza, considera la extinción por incumplimiento grave del empresario, que conlleva indemnización específica. En todos los escenarios, documenta los gastos (tratamientos, desplazamientos, asesoría) para reclamarlos.
- Activa el protocolo interno y solicita medidas de protección.
- Reúne y ordena evidencias, informes y testigos.
- Presenta demanda con cuantificación y medidas de no repetición.
Cálculo de la indemnización y daños reclamables
La cuantificación de la indemnización por acoso sexual combina daños morales y materiales. Los daños morales compensan el sufrimiento, la ansiedad, el deterioro de la autoestima y el impacto en la vida personal y profesional. Para graduarlos, los juzgados valoran la gravedad, la duración, la posición de poder del agresor, la respuesta de la empresa y la existencia de represalias. Los daños materiales incluyen salarios dejados de percibir (si hubo baja, despido o extinción), gastos médicos y psicológicos, tratamientos farmacéuticos, desplazamientos y otros perjuicios acreditables. En casos de represalia, puede añadirse un plus indemnizatorio por lesión de derechos fundamentales.
En ausencia de baremo único, es útil aportar pericial psicológica para objetivar el daño, además de una tabla de gastos y pérdidas con justificantes. La coherencia narrativa y la prueba documental sostienen peticiones sólidas. No olvides el interés legal desde la fecha del daño y la petición de publicación o comunicación interna de la sentencia para restituir tu dignidad. Asimismo, solicita medidas de reparación no económicas: formación obligatoria, revisión del protocolo, separación de espacios o sanciones disciplinarias. La indemnización no es un “premio”, es la vía para restaurar, en lo posible, el daño padecido y evitar que la situación se repita con otras personas.
Consejo práctico: prepara un cuadro de cuantías con tres escenarios (mínimo, razonable y máximo) y justifícalos con pruebas, informes y jurisprudencia análoga.
Responsabilidad del empleador y prevención
La empresa responde cuando no previene, no investiga o no actúa con diligencia. Ello implica deberes concretos: disponer de un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo, comunicarlo a toda la plantilla, formar al personal directivo y mandos intermedios, habilitar canales confidenciales de denuncia, instruir investigaciones imparciales y rápidas, y adoptar medidas cautelares para proteger a la persona denunciante. Un compliance laboral eficaz coordina recursos humanos, prevención de riesgos, asesoría jurídica y comunicación interna para garantizar entornos seguros y respetuosos.
La prevención es también cultura: tolerancia cero, liderazgo ejemplar, evaluaciones periódicas de riesgos psicosociales y seguimiento de indicadores (rotación, bajas por ansiedad, quejas informales). Las consecuencias disciplinarias deben ser proporcionales y, sobre todo, efectivas: desde amonestaciones y formación correctiva hasta despidos procedentes en supuestos graves. Cuando la empresa demuestra diligencia y reacción adecuada, reduce su exposición a responsabilidad; cuando mira hacia otro lado o minimiza, incrementa su riesgo jurídico y reputacional. La prevención protege a las personas y a la organización.
- Protocolo claro, accesible y conocido por toda la plantilla.
- Canales confidenciales y protección frente a represalias.
- Formación obligatoria y evaluaciones de riesgos psicosociales.
Derechos de la víctima y protección laboral
Quien sufre acoso sexual en el trabajo conserva todos sus derechos laborales, con especial protección frente a represalias. Está amparada frente a degradaciones en su puesto, cambios punitivos de turno, pérdida de funciones o aislamiento. Tiene derecho a solicitar medidas cautelares internas, a recibir atención médica y psicológica, a la confidencialidad de su denuncia y a la tutela judicial efectiva. Si la empresa no garantiza un entorno seguro, la persona puede solicitar la extinción indemnizada del contrato y la correspondiente indemnización, además de reclamar los daños morales y materiales por el acoso sufrido.
Durante el proceso, es frecuente la necesidad de bajas médicas por ansiedad u otros trastornos relacionados; estas bajas deben ser respetadas y gestionadas conforme a la normativa. Si se producen represalias, puede pedirse su nulidad y la reparación integral, incluida la readmisión y los salarios dejados de percibir. La confidencialidad es clave: evita divulgar innecesariamente detalles sensibles y exige a la empresa el tratamiento limitado de tus datos. Asimismo, puedes solicitar adaptaciones temporales de jornada o de espacio físico para garantizar tu bienestar y seguridad mientras se resuelve la investigación.
Recuerda: toda represalia derivada de tu denuncia puede generar una vulneración de derechos fundamentales con indemnización adicional.
Plazos, costes y errores comunes
El tiempo es decisivo. Documenta desde el primer incidente y activa el protocolo interno cuanto antes. Dependiendo de la vía, los plazos procesales varían, por lo que resulta recomendable asesorarte jurídicamente para no perder oportunidades de reclamación. En términos de costes, considera honorarios profesionales, posibles periciales psicológicas y gastos derivados de tratamientos o desplazamientos. Muchos de estos conceptos serán reclamables como daños y perjuicios si se acredita su vinculación causal con el acoso y su necesidad para tu recuperación o para el ejercicio de la acción judicial.
Entre los errores más comunes destacan: confiar solo en testimonios verbales sin respaldarlos con documentos; no activar el protocolo interno por miedo a la exposición (cuando, bien gestionado, puede protegerte); aceptar traslados o cambios de horario como solución definitiva sin investigar el fondo; o firmar acuerdos sin una valoración adecuada del daño moral y de las consecuencias a largo plazo. Otro fallo habitual es no solicitar medidas de no repetición: si el sistema que permitió el acoso permanece, el riesgo de nuevos casos se mantiene. Finalmente, no te autocensures por la tardanza en denunciar: los tribunales valoran el contexto y el miedo a represalias.
- Registra incidentes desde el inicio y conserva evidencias.
- Busca asesoramiento jurídico y psicológico cuanto antes.
- Evita acuerdos apresurados sin cuantificación del daño.
Modelos y ejemplos prácticos
Para ordenar tu reclamación, conviene utilizar modelos escritos claros. Un modelo de comunicación interna debería incluir: identificación de la persona denunciante, descripción cronológica de hechos con fechas, identificación del presunto agresor, adjunto de pruebas, petición de medidas cautelares y solicitud de apertura formal de investigación. Un modelo de demanda en la vía social puede estructurarse con: hechos probados, fundamentos jurídicos (vulneración de derechos fundamentales y normativa de igualdad y PRL), cuantificación de daños morales y materiales, solicitud de nulidad de represalias y garantías de no repetición. En la práctica, acompaña siempre un timeline de incidentes y un dossier probatorio ordenado por tipología (mensajes, testigos, informes médicos, comunicaciones internas).
Ejemplos de medidas eficaces: separación física o jerárquica inmediata respecto de la persona agresora, rotación temporal de espacios (nunca penalizando a la víctima), teletrabajo justificado, vigilancia preventiva del cumplimiento de medidas y sesiones de coaching o apoyo psicológico. En la fase judicial, las periciales psicológicas y los informes de inspección dan solidez a la reclamación. Si existió represalia (p. ej., una evaluación negativa sin base, un traslado punitivo o un despido), inclúyela como vulneración adicional. Como herramienta de cierre, exige una comunicación interna que reconozca el daño y las medidas adoptadas, protegiendo tu anonimato cuando proceda.
Plantilla mínima: encabezado con datos, exposición de hechos, pruebas adjuntas, petición de medidas, solicitud de investigación, firma y fecha. Conserva acuses de recibo.
Preguntas frecuentes
¿Necesito testigos para reclamar una indemnización por acoso sexual? No necesariamente. Los casos de acoso suelen ocurrir sin testigos directos. Aporta indicios consistentes: mensajes, correos, grabaciones lícitas, informes médicos y la activación del protocolo interno. Con indicios razonables, la carga de la prueba puede desplazarse para que la empresa justifique su actuación diligente.
¿Qué ocurre si sufro represalias tras denunciar? Las represalias están prohibidas. Pueden declararse nulas, con readmisión y salarios, además de una indemnización adicional por vulneración de derechos fundamentales. Documenta cualquier cambio punitivo y comunícalo de inmediato.
¿Puedo solicitar la extinción indemnizada de mi contrato? Sí, si la empresa no garantiza un entorno seguro o incumple gravemente sus deberes. La extinción indemnizada protege a la víctima y evita que continúe expuesta al acoso o a un ambiente hostil.
¿Cómo se calcula el daño moral? Se valora la gravedad y la duración de los hechos, la posición de poder del agresor, la reacción empresarial y el impacto en la salud. Una pericial psicológica y la documentación de tratamientos ayudan a objetivar la cuantía.
¿Es compatible la vía penal con la laboral? En casos graves puede interponerse denuncia penal sin perjuicio de la reclamación laboral o civil. La coordinación procesal debe planificarse para evitar duplicidades y asegurar la mejor protección posible.