¿Cuántas horas te pertenecen para ir a un juicio?
Descubre las horas para asistir a juicio en España: cuándo hay permiso retribuido y cómo justificarlo ante la empresa.
En España no existe un número cerrado de horas para asistir a juicio reconocido con carácter general. En el ámbito laboral, la referencia principal es el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores: si la comparecencia encaja en un deber inexcusable de carácter público y personal, puede corresponder un permiso retribuido por el tiempo indispensable.
La duda, además, admite varios supuestos: no es lo mismo acudir por citación judicial obligatoria como testigo, perito o parte cuando proceda, que asistir voluntariamente, acompañar a otra persona o ir al tribunal sin obligación formal. Por eso, no hay una “bolsa general de horas” para juicios: habrá que analizar la citación, el papel de la persona en el procedimiento y el convenio colectivo aplicable.
Respuesta breve: no hay horas fijas. Si existe un deber inexcusable y la asistencia es obligatoria, lo normal es que pueda ausentarse del trabajo durante el tiempo indispensable para acudir, esperar, comparecer y regresar, si ese tiempo resulta razonablemente necesario.
¿Existe un permiso retribuido para ir a un juicio en España?
Sí, puede existir, pero no por el mero hecho de tener relación con un juicio. El encaje legal principal está en el artículo 37.3.d) del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce permiso retribuido por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
En la práctica, esto puede alcanzar ciertas comparecencias judiciales cuando la asistencia es obligatoria conforme a la citación recibida. En cambio, si la presencia es solo conveniente o voluntaria, el permiso retribuido puede no proceder. También conviene revisar el propio artículo 37.3 ET porque contempla que, si una norma o el convenio prevén una indemnización por el cumplimiento del deber que compense la ausencia, la retribución laboral puede verse afectada en los términos que correspondan.
Como marco complementario, el convenio colectivo aplicable puede mejorar condiciones, concretar la forma de justificar la ausencia o aclarar cómo se computa el tiempo, pero no sustituye la regla general estatal.
Qué significa “tiempo indispensable” y cuántas horas pueden corresponder
La clave legal no son unas horas legales para juicio prefijadas, sino el tiempo indispensable. Eso obliga a valorar el caso concreto: hora de señalamiento, necesidad de personarse antes, esperas razonables, duración de la vista, desplazamiento y regreso al centro de trabajo o al domicilio si la jornada ya ha terminado.
Ese tiempo en juicio puede variar mucho. Un señalamiento de 30 minutos no siempre implica solo media hora de ausencia, porque los retrasos en juicio y las esperas en sede judicial son frecuentes. Ahora bien, tampoco significa que toda la jornada quede automáticamente cubierta: dependerá de la distancia, del horario real y de si es viable reincorporarse al trabajo después.
Ejemplo práctico
Si una persona trabajadora es citada como testigo a las 11:30 en un tribunal de otra localidad y necesita desplazarse, esperar su llamamiento y volver, podría justificarse la ausencia durante toda la mañana o incluso más, si ese tiempo resulta inseparable de la comparecencia judicial. En cambio, si acude a acompañar a un familiar sin citación propia, ese permiso retribuido puede no resultar aplicable.
En qué casos la asistencia al juicio puede justificar la ausencia al trabajo
- Asistencia obligatoria por citación judicial: puede justificar la ausencia si existe deber personal de comparecer y no cabe cumplimiento fuera del horario laboral.
- Intervención como testigo, perito, jurado o parte: habrá que revisar la citación y el papel concreto en los procesos judiciales, porque no todos los supuestos funcionan igual a efectos laborales.
- Asistencia voluntaria o conveniente: normalmente ofrece menos base para un permiso retribuido. Aquí pueden entrar supuestos como acompañar a otra persona o acudir sin obligación formal.
- Tiempo imprescindible de desplazamiento, espera y comparecencia: puede computarse si es razonablemente inseparable del deber.
Sobre la falta de asistencia a juicio o las consecuencias de no asistir a juicio, conviene actuar con prudencia: la obligación de comparecer dependerá de la citación y del procedimiento. Del mismo modo, ausentarse del trabajo sin justificarlo adecuadamente también puede generar conflicto laboral. Por eso es esencial documentar bien ambas cosas.
Cómo acreditar la citación y documentar la asistencia ante la empresa
Lo más recomendable es avisar a la empresa en cuanto se reciba la citación judicial y entregar copia si se la solicitan, evitando difundir datos sensibles innecesarios. Tras la comparecencia, conviene aportar un justificante de asistencia con fecha y franja horaria, si el órgano judicial lo facilita.
- Citación o requerimiento recibido.
- Hora de señalamiento y órgano judicial.
- Justificante de comparecencia efectiva.
- Si procede, información básica sobre desplazamiento y regreso.
Esta documentación ayuda tanto a la persona trabajadora como a RR. HH. a valorar si la ausencia al trabajo por juicio estaba justificada y cuál era su extensión razonable.
Qué revisar en el convenio colectivo y qué hacer si la empresa pone objeciones
El convenio colectivo aplicable puede mejorar el régimen general: por ejemplo, concretar la acreditación, regular el tratamiento horario o prever criterios internos de planificación. Pero no debe presentarse como una regla estatal general ni sustituye el análisis del artículo 37.3 ET.
Si la empresa discute el permiso, lo prudente es pedir una respuesta motivada por escrito, aportar la citación y el justificante, y revisar si realmente concurría el deber inexcusable de carácter público y personal. En algunos casos bastará con una aclaración documental; en otros puede ser útil recabar asesoramiento laboral para valorar la siguiente actuación.
Dudas frecuentes sobre desplazamientos, esperas, salario y ausencia injustificada
¿El desplazamiento y la espera cuentan?
Pueden contar si forman parte del tiempo indispensable. Habrá que valorar la distancia, el horario del tribunal, la duración de juicio prevista y los retrasos razonables.
¿Siempre se cobra el salario?
No de forma automática en cualquier supuesto. El punto de partida es el permiso retribuido del artículo 37.3 ET cuando proceda, pero conviene revisar si existe alguna previsión normativa o convencional sobre indemnizaciones vinculadas al cumplimiento del deber.
¿Y si no aviso o no justifico bien la ausencia?
La empresa puede poner objeciones si no se acredita la necesidad real de la ausencia. Para evitar problemas, es importante comunicarlo con antelación siempre que sea posible y conservar toda la documentación.
En resumen, no se trata de horas cerradas, sino de justificar la necesidad de la comparecencia y revisar el Estatuto de los Trabajadores, la citación judicial y el convenio colectivo. Guardar la citación y el justificante de asistencia, avisar a la empresa cuanto antes y pedir revisión profesional si surge conflicto suele ser la vía más segura. Si necesitas valorar tu caso concreto, puede ser útil consultar con asesoramiento laboral sobre registro horario manipulado: cómo reclamar horas.
Fuentes oficiales
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 37.3.
- Boletín Oficial del Estado (BOE), texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores.
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