
Contrato de formación y aprendizaje: Ventajas y obligaciones
Publicado el 31 de marzo de 2025
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Índice
Introducción
El contrato de formación y aprendizaje es una modalidad contractual especialmente diseñada para favorecer la inserción laboral de jóvenes en el mercado de trabajo, combinando el desempeño de una actividad profesional retribuida con la adquisición de formación teórica relacionada con dicha actividad. Esta fórmula permite a las empresas incorporar talento joven mientras reciben bonificaciones y ventajas económicas, y a los trabajadores obtener experiencia laboral real a la vez que se capacitan en un entorno profesional.
En un contexto donde el desempleo juvenil representa un desafío estructural, este tipo de contrato se presenta como una herramienta eficaz para facilitar el acceso al primer empleo, mejorar la cualificación profesional y reducir la brecha entre formación académica y necesidades reales del mercado laboral. A través de un enfoque dual, se potencia el aprendizaje práctico y se promueve un sistema de colaboración entre el tejido empresarial y las entidades formativas acreditadas.
Según datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), los contratos de formación han experimentado un crecimiento sostenido en sectores como el comercio, la hostelería y la industria, lo cual refleja su adaptación a distintas necesidades productivas y su papel dinamizador en entornos laborales diversos.
Esta modalidad está regulada por el Estatuto de los Trabajadores y complementada por normativas específicas que definen sus condiciones, límites y beneficios. Su correcta implementación requiere conocer no solo los requisitos legales, sino también las oportunidades que ofrece tanto para las empresas como para los jóvenes trabajadores.
- Incorporación progresiva al mundo laboral.
- Adquisición de competencias profesionales reales.
- Bonificaciones en la Seguridad Social para las empresas.
- Formación oficial sin coste para el trabajador.
En este artículo analizaremos en detalle las características principales del contrato de formación y aprendizaje, sus ventajas, obligaciones, y cómo aplicarlo de forma efectiva dentro del marco legal actual. También abordaremos preguntas frecuentes que suelen plantearse tanto por parte de empleadores como de trabajadores en relación con esta figura contractual.
¿Qué es el contrato de formación?
El contrato de formación y aprendizaje es una modalidad contractual de carácter laboral que tiene como objetivo la cualificación profesional de las personas jóvenes mediante un sistema de alternancia entre la actividad laboral retribuida en una empresa y los procesos formativos recibidos en el marco del sistema de formación profesional. Este contrato está dirigido principalmente a jóvenes de entre 16 y 30 años que carezcan de la cualificación profesional reconocida para concertar un contrato en prácticas.
Esta figura contractual busca facilitar la inserción laboral de colectivos jóvenes con baja experiencia profesional, favoreciendo su desarrollo dentro de un entorno productivo real, al tiempo que adquieren una formación teórica vinculada al puesto de trabajo. A diferencia de otras modalidades, este contrato está directamente vinculado a un itinerario formativo oficial que debe ser impartido por un centro autorizado y coordinado con la empresa contratante.
Uno de los principales beneficios del contrato de formación es que permite al trabajador obtener una titulación oficial mientras trabaja, lo que mejora considerablemente sus oportunidades futuras de empleabilidad. Además, para las empresas supone una vía de incorporación de talento joven con importantes incentivos económicos y fiscales.
El contrato debe formalizarse por escrito y puede tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 2 años. No obstante, existen excepciones que permiten extender este plazo hasta los 3 años, dependiendo del convenio colectivo aplicable o del tipo de formación impartida. Durante este tiempo, el trabajador tiene derecho a percibir una remuneración proporcional al tiempo de trabajo efectivo, que nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional.
- Compatibiliza formación oficial con empleo remunerado.
- Ofrece experiencia laboral real desde el primer día.
- Está subvencionado con bonificaciones a la Seguridad Social para las empresas.
- Incluye derechos laborales como cualquier otro contrato de trabajo.
En resumen, el contrato de formación y aprendizaje es una solución eficaz tanto para combatir el desempleo juvenil como para que las empresas puedan formar personal a medida, contribuyendo a un mercado laboral más dinámico, cualificado y justo. Su correcta aplicación requiere conocimiento de los requisitos legales y de la estructura formativa asociada, algo que desarrollaremos en las siguientes secciones del artículo.
Requisitos del contrato
Para poder formalizar un contrato de formación y aprendizaje, tanto la empresa como el trabajador deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la normativa laboral vigente. Estos requisitos están diseñados para garantizar que el contrato cumpla su finalidad: ofrecer formación teórica oficial al tiempo que se desarrolla una actividad laboral remunerada en un entorno real de trabajo. A continuación, detallamos los principales aspectos que deben tenerse en cuenta antes de su formalización.
En primer lugar, es fundamental que el perfil del trabajador se ajuste a las condiciones exigidas. Este contrato está dirigido específicamente a jóvenes que carezcan de la cualificación necesaria para optar a un contrato en prácticas relacionado con el puesto. Además, la edad del trabajador es un factor clave para la validez del contrato.
- Edad comprendida entre los 16 y los 30 años (sin límite para personas con discapacidad).
- No haber desempeñado anteriormente el mismo puesto bajo esta modalidad contractual.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la contratación.
- La formación teórica debe estar vinculada a una actividad formativa oficial reconocida.
- El contrato debe realizarse a jornada completa, combinando formación y trabajo efectivo.
Es obligatorio que la empresa suscriba un acuerdo con un centro de formación acreditado para impartir la parte teórica del contrato. La formación debe realizarse en modalidad presencial, a distancia o mixta, y debe estar relacionada con el puesto de trabajo que desempeñe el trabajador.
Por otro lado, la empresa debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, y no haber sido sancionada por infracciones graves en materia laboral. Asimismo, está obligada a garantizar la tutorización del trabajador durante el periodo contractual, asegurando un seguimiento adecuado tanto en la parte práctica como en la formativa.
En cuanto a la duración, el contrato debe establecerse por un mínimo de 3 meses y un máximo de 2 años, salvo excepciones recogidas en convenio colectivo. Este contrato puede celebrarse tanto en el sector privado como en entidades sin ánimo de lucro, siempre que se respete el marco legal aplicable.
Duración y jornada laboral
La duración y la jornada laboral son elementos clave dentro del contrato de formación y aprendizaje, ya que determinan tanto el tiempo que estará vigente la relación laboral como el reparto entre el trabajo efectivo y la formación teórica. Este equilibrio es fundamental para que el contrato cumpla su doble función: ofrecer experiencia profesional y proporcionar formación oficial vinculada al puesto.
En términos generales, la duración mínima del contrato de formación es de 3 meses, mientras que su duración máxima puede alcanzar los 2 años. No obstante, existen excepciones que permiten extenderlo hasta 3 años si así lo establece el convenio colectivo aplicable o si la formación así lo requiere. La duración concreta debe establecerse desde el inicio y figurar en el contrato firmado por ambas partes.
En ningún caso puede utilizarse este tipo de contrato para cubrir necesidades temporales o estacionales de la empresa. Su objetivo es formativo, por lo que la duración debe estar vinculada al proceso de aprendizaje y adquisición de competencias del trabajador.
En cuanto a la jornada laboral, debe ser siempre a tiempo completo y combinar actividades laborales con tiempo destinado a la formación. La normativa exige que el tiempo dedicado a formación teórica no sea inferior al 25% de la jornada durante el primer año, y del 15% durante el segundo. Esta formación puede realizarse de manera presencial, a distancia o en formato mixto, siempre que esté coordinada con el centro formativo acreditado.
- Duración mínima: 3 meses.
- Duración máxima: 2 años (hasta 3 en casos justificados).
- Jornada a tiempo completo con reparto entre trabajo y formación.
- Formación mínima del 25% en el primer año y 15% en el segundo.
- No se permiten horas extra, trabajo nocturno ni turnos.
Además, la jornada debe estar claramente definida y respetar los descansos legales establecidos por el Estatuto de los Trabajadores. El incumplimiento de estos límites puede suponer la nulidad del contrato y sanciones para la empresa. Por tanto, una correcta planificación y supervisión del horario es esencial para garantizar la legalidad y efectividad del contrato de formación y aprendizaje.
Ventajas para la empresa
El contrato de formación y aprendizaje no solo beneficia al trabajador, sino que también representa una oportunidad estratégica para las empresas. Esta modalidad contractual permite a las organizaciones incorporar talento joven en sus equipos, con una inversión económica ajustada y con importantes incentivos en cotizaciones a la Seguridad Social. Para muchas compañías, es una forma eficaz de formar a profesionales desde cero, adaptándolos a sus métodos de trabajo y cultura corporativa.
Desde el punto de vista económico, una de las principales ventajas es la posibilidad de acceder a bonificaciones que reducen considerablemente los costes laborales. Estas ayudas están diseñadas para fomentar la contratación juvenil y la formación profesional dentro del entorno empresarial. A continuación, se detallan algunas de las ventajas más relevantes:
- Bonificación del 100% en las cuotas a la Seguridad Social para empresas de menos de 250 trabajadores (75% para las demás).
- Financiación del coste de la formación teórica a través de bonificaciones en los seguros sociales.
- No aplicación de indemnización por finalización de contrato.
- Reducción del gasto en selección y formación, al formar al trabajador desde el inicio.
- Compatibilidad con otros incentivos por contratación de colectivos prioritarios.
Las empresas también pueden recibir una bonificación adicional por la labor de tutorización que realizan con el trabajador, incentivando así un acompañamiento de calidad durante el proceso formativo y profesional.
Además de los beneficios económicos, el contrato de formación permite a las empresas contribuir a la responsabilidad social corporativa, promoviendo el empleo juvenil y la capacitación profesional. Esta fórmula también permite detectar y retener talento, ya que al finalizar el contrato de formación, la empresa puede transformar el contrato en indefinido con bonificaciones adicionales por conversión.
En resumen, esta modalidad contractual se presenta como una opción rentable, flexible y con alto valor estratégico para las empresas que buscan crecer de forma sostenible, formar a sus futuros profesionales y optimizar sus recursos en materia de contratación.
Beneficios para el trabajador
El contrato de formación y aprendizaje no solo representa una puerta de entrada al mundo laboral, sino que también ofrece una serie de ventajas específicas para el trabajador que lo convierten en una opción altamente atractiva, especialmente para jóvenes sin experiencia previa. Este tipo de contrato combina la adquisición de competencias profesionales reales con una remuneración y derechos laborales plenos, lo cual supone una oportunidad única para crecer tanto personal como profesionalmente.
Una de las principales ventajas es la posibilidad de recibir una formación oficial y gratuita mientras se trabaja. Dicha formación está directamente relacionada con el puesto que se desempeña y se imparte a través de centros acreditados, lo que permite obtener una titulación reconocida en el sistema educativo o en el catálogo de cualificaciones profesionales.
- Acceso a formación reglada sin coste para el trabajador.
- Experiencia laboral remunerada desde el primer día.
- Alta en la Seguridad Social con todos los derechos laborales.
- Posibilidad de conversión a contrato indefinido al finalizar la formación.
- Mejora del perfil profesional y de la empleabilidad futura.
Al estar dado de alta desde el inicio, el trabajador cotiza para todas las prestaciones: jubilación, desempleo, incapacidad temporal, entre otras. Esto garantiza una protección social completa, incluso durante la etapa formativa, a diferencia de otras fórmulas como las prácticas extracurriculares o el voluntariado.
Además, el trabajador cuenta con un tutor o tutora dentro de la empresa, encargado de guiar su aprendizaje y resolver dudas relacionadas con las tareas encomendadas. Este acompañamiento facilita la adaptación al entorno laboral y potencia el aprendizaje práctico. La empresa, por su parte, se compromete a respetar los tiempos destinados a la formación, asegurando que el proceso educativo no se vea interrumpido o afectado por las necesidades productivas.
En definitiva, el contrato de formación y aprendizaje es una herramienta que empodera al trabajador, brindándole herramientas reales para desarrollarse en el mercado laboral. Es una alternativa sólida frente a empleos precarios o sin perspectiva de futuro, ya que permite construir una carrera profesional con base formativa sólida y experiencia laboral demostrable.
Obligaciones de las partes
El contrato de formación y aprendizaje implica una serie de obligaciones tanto para la empresa como para el trabajador. Estas obligaciones están diseñadas para garantizar que se cumpla el doble objetivo de esta modalidad contractual: la formación efectiva del trabajador y la correcta prestación de servicios en la empresa. El cumplimiento de estos compromisos es fundamental para mantener la validez del contrato y acceder a las bonificaciones correspondientes.
Por un lado, la empresa tiene el deber de proporcionar al trabajador las condiciones necesarias para que pueda desarrollar su actividad laboral de manera adecuada, respetando los tiempos de formación y asegurando su participación en el itinerario formativo. Además, debe formalizar un acuerdo con un centro de formación acreditado y nombrar a un tutor que acompañe al trabajador durante su aprendizaje.
- Facilitar el acceso a la formación teórica correspondiente.
- Designar un tutor responsable del seguimiento y evaluación del trabajador.
- Garantizar un entorno laboral seguro y ajustado a la normativa vigente.
- Respetar el tiempo de formación incluido dentro de la jornada laboral.
- Cumplir con las obligaciones contractuales y salariales establecidas.
La empresa no puede destinar al trabajador a realizar horas extraordinarias, turnos nocturnos ni trabajos en días festivos, salvo en los casos legalmente autorizados o excepcionales justificados.
Por su parte, el trabajador también tiene compromisos importantes. Su principal obligación es participar de forma activa tanto en la parte práctica como en la formación teórica. Debe asistir a las clases, seguir el plan formativo y cumplir con las tareas asignadas en su puesto de trabajo, además de respetar las normas internas de la empresa.
- Asistencia regular a las actividades formativas.
- Desempeño diligente de las tareas laborales asignadas.
- Respeto a las normas internas y a la organización del trabajo.
- Colaboración con el tutor asignado para la evaluación de su progreso.
En definitiva, el éxito del contrato de formación y aprendizaje depende de una relación equilibrada entre ambas partes, basada en el compromiso mutuo, la colaboración continua y el respeto a los objetivos formativos establecidos. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones administrativas y la pérdida de beneficios económicos para la empresa.
Bonificaciones y cotizaciones
El contrato de formación y aprendizaje ofrece importantes incentivos económicos para las empresas en forma de bonificaciones y reducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Estas medidas están diseñadas para fomentar la contratación de jóvenes y promover su cualificación profesional dentro del entorno laboral. Entender cómo funcionan las bonificaciones y cotizaciones asociadas a esta modalidad es clave para aprovechar al máximo sus beneficios.
Una de las ventajas más destacadas es la posibilidad de que las empresas reduzcan o incluso eliminen los costes de Seguridad Social asociados al contrato. Estas bonificaciones varían según el tamaño de la empresa y las condiciones del contrato, pero en general suponen un ahorro significativo para el empleador.
- Bonificación del 100% en las cuotas empresariales para empresas de menos de 250 trabajadores.
- Bonificación del 75% en empresas con más de 250 empleados.
- Financiación total de la formación teórica mediante bonificaciones aplicadas en los seguros sociales.
- Bonificación adicional por tutorización del trabajador (hasta 80 € al mes).
- Reducción del 100% en la cotización por contingencias comunes, desempleo, FOGASA y formación profesional.
En caso de que el contrato de formación se transforme en un contrato indefinido al finalizar el periodo formativo, la empresa podrá acceder a una bonificación adicional de hasta 1.500 € anuales durante tres años (1.800 € si se contrata a mujeres).
Desde el punto de vista del trabajador, aunque las bases de cotización son reducidas respecto a otros contratos, estas cubren todas las contingencias: jubilación, incapacidad temporal, desempleo y formación profesional. Por tanto, el empleado cuenta con la protección del sistema de Seguridad Social desde el primer día, lo que refuerza la seguridad y estabilidad de este tipo de contrato.
En resumen, las bonificaciones y cotizaciones del contrato de formación y aprendizaje representan un potente incentivo para que las empresas apuesten por esta modalidad. Al reducir costes sin renunciar a la calidad formativa ni a los derechos del trabajador, se convierte en una opción estratégica para incorporar y formar nuevo talento en condiciones beneficiosas para ambas partes.
Formación teórica y práctica
Una de las principales características del contrato de formación y aprendizaje es su naturaleza dual, que combina el trabajo en un entorno real con una formación teórica oficial. Este modelo garantiza que el trabajador no solo adquiera experiencia práctica, sino también conocimientos técnicos y habilidades que refuercen su desarrollo profesional. La estructura de esta formación está regulada para asegurar un equilibrio entre ambas partes del proceso.
La formación teórica debe estar directamente relacionada con la actividad laboral desempeñada y ser impartida por un centro de formación acreditado. Esta parte del contrato tiene como objetivo dotar al trabajador de una base sólida de conocimientos sobre su sector y sobre las competencias específicas de su puesto. Además, debe llevarse a cabo dentro de la jornada laboral y no puede sustituirse por experiencia práctica.
- Durante el primer año, al menos el 25% de la jornada se dedica a formación teórica.
- Durante el segundo año, este porcentaje se reduce al 15%.
- La formación puede realizarse en modalidad presencial, online o mixta.
- Debe conducir a la obtención de un certificado de profesionalidad o título oficial.
La empresa tiene la obligación de garantizar que el trabajador dispone del tiempo y los medios necesarios para realizar la formación teórica. Asimismo, debe coordinarse con el centro educativo para asegurar un seguimiento adecuado del progreso del alumno.
Por otro lado, la formación práctica se desarrolla en el propio centro de trabajo y permite al trabajador aplicar los conocimientos adquiridos en situaciones reales. Esta experiencia resulta esencial para interiorizar procedimientos, mejorar habilidades técnicas y adquirir autonomía en el desempeño del puesto. La empresa debe asignar un tutor responsable de guiar y evaluar al trabajador durante este proceso.
En resumen, la correcta integración de la formación teórica y práctica es fundamental para el éxito del contrato de formación. A través de este modelo, el trabajador no solo accede al mercado laboral, sino que también adquiere una cualificación profesional completa y alineada con las demandas del sector productivo.
Preguntas frecuentes
A continuación, respondemos a algunas de las preguntas más habituales relacionadas con el contrato de formación y aprendizaje. Estas dudas surgen tanto por parte de los trabajadores como de las empresas, y aclararlas es clave para garantizar el correcto entendimiento y aprovechamiento de esta modalidad contractual.
¿Puedo tener más de un contrato de formación a lo largo de mi vida?
Sí, siempre que sea para un puesto de trabajo diferente y una formación distinta a la ya realizada. No es posible repetir contrato de formación para la misma actividad y titulación previamente cursada.
¿Es obligatorio que la formación se imparta durante la jornada laboral?
Sí, la normativa establece que la formación debe realizarse dentro del horario laboral. El tiempo dedicado a esta formación no puede sustituirse por horas fuera del trabajo ni descontarse del salario.
¿Qué sucede si la empresa no cumple con la formación teórica?
Si la empresa no garantiza la formación, el contrato puede considerarse en fraude de ley, y transformarse automáticamente en indefinido. Además, podría perder las bonificaciones y recibir sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.
¿Qué salario recibe un trabajador con contrato de formación?
El salario se calcula en proporción al tiempo de trabajo efectivo, nunca pudiendo ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Lo habitual es que el salario se establezca en el convenio colectivo correspondiente.
¿Tiene derecho a paro el trabajador con contrato de formación?
Sí. Como cualquier contrato laboral, el de formación cotiza por desempleo. Al finalizar el contrato, el trabajador podrá acceder a la prestación por desempleo si cumple los requisitos generales (como haber cotizado al menos 360 días).
Estas preguntas reflejan solo una parte de las dudas más comunes. Es recomendable consultar con asesores laborales o el SEPE para obtener información actualizada y adaptada a cada situación concreta.
Conclusión
El contrato de formación y aprendizaje se ha consolidado como una herramienta eficaz para facilitar la inserción laboral de los jóvenes, al tiempo que permite a las empresas formar profesionales adaptados a sus necesidades. Su naturaleza dual, que combina el desempeño laboral con la adquisición de conocimientos teóricos, ofrece ventajas claras tanto para empleadores como para trabajadores.
A lo largo del artículo hemos analizado sus requisitos, duración, beneficios económicos y formativos, así como las obligaciones que conlleva para ambas partes. Esta modalidad contractual no solo favorece la cualificación profesional del trabajador, sino que también representa un ahorro importante en costes laborales para la empresa, gracias a sus bonificaciones en cotizaciones sociales y financiación de la formación.
El contrato de formación debe verse como una inversión a medio y largo plazo: permite incorporar talento joven, moldearlo según las exigencias del puesto y retenerlo posteriormente con contratos indefinidos con incentivos adicionales.
No obstante, es fundamental que se aplique con responsabilidad, asegurando que el trabajador recibe realmente la formación prometida y que no se convierte en una fórmula para reducir costes a costa de la calidad del empleo. La supervisión por parte del SEPE y los centros formativos acreditados es clave para garantizar que se cumplan los objetivos.
- Promueve el empleo juvenil con derechos laborales completos.
- Combina formación oficial con experiencia profesional real.
- Ofrece incentivos económicos significativos a las empresas.
- Permite construir trayectorias laborales sostenibles.
En definitiva, el contrato de formación y aprendizaje representa una vía realista y eficiente para impulsar el empleo cualificado y reducir la brecha entre formación y mercado laboral. Su correcta implementación no solo beneficia a los individuos, sino que también contribuye al fortalecimiento del tejido empresarial y al desarrollo de una sociedad más inclusiva y productiva.
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